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Segunda Modificación Concesión Definitiva RM 287-2018-MEM/DM Energia y Minas
8/05/2018
Segunda Modificación Concesión Definitiva RM 287-2018-MEM/DM Energia y Minas
Poder Ejecutivo, Energia y Minas Aprueban segunda modificación de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación eléctrica en la Central Hidroeléctrica Machupicchu, solicitada por EGEMSA RM 287-2018-MEM/DM Lima, 24 de julio de 2018 VISTOS: El Expediente Nº 11005993 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Machupicchu (en adelante, C.H. Machupicchu), cuyo titular
Aprueban segunda modificación de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación eléctrica en la Central Hidroeléctrica Machupicchu, solicitada por EGEMSA
RM 287-2018-MEM/DM
Lima, 24 de julio de 2018
VISTOS: El Expediente Nº 11005993 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Machupicchu (en adelante, C.H.
Machupicchu), cuyo titular es Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A. (en adelante, EGEMSA); la solicitud de segunda modificación de dicha concesión y aprobación de la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesión Nº 030-94 (en adelante, el CONTRATO); la Resolución Ministerial Nº 286-2018-MEM/DM; los Informes Nº 145-2018-MEM/DGE-DCE y Nº 185-2018-MEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad; y, el Informe Nº 587-2018-MEM/OGJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 076-94-EM, publicada el 8 de noviembre de 1994, se otorga a favor de EGEMSA la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la C.H.
Machupicchu, con una potencia instalada de 107,2 MW, ubicada en el distrito de Machupicchu, provincia de Urubamba y departamento de Cusco, aprobándose el
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CONTRATO;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 055-2012-EM, publicada el 6 de junio de 2012, se aprueba la Adenda Nº 1 al CONTRATO, a fin de incorporar las obras de rehabilitación de la primera fase (construidas entre los años 1999-2001), las obras del túnel de desvío de la central (ejecutadas entre diciembre de 2003 y setiembre de 2004) y las obras de rehabilitación de la segunda fase (iniciadas en julio de 2009, cuya conclusión estaba prevista para el 18 de abril de 2012; sin embargo, según EGEMSA, finalizó recién el 15 de agosto de 2015); para incrementar la potencia instalada de 107,2 MW a 193,6 MW;
Que, mediante documento con Registro Nº 2775359, de fecha 8 de enero de 2018, EGEMSA solicita la segunda modificación de la concesión definitiva de generación de la C.H. Machupicchu, a fin de modificar la fecha de la Puesta en Operación Comercial (en adelante, POC) de las obras de rehabilitación de la segunda fase de dicha central, efectuada el 15 de agosto de 2015, debido a eventos de fuerza mayor que retrasaron la ejecución de estas;
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Que, la modificación de concesión definitiva es un procedimiento administrativo de evaluación previa indicado en el Código CE03A del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Energía y Minas;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 286-2018-MEM/DM, de fecha 24 de julio de 2018, se calificó como fuerza mayor los eventos (i) paralización del proyecto por encontrarse algunos vestigios de muro inca, (ii)
postergación de la parada de la Central Hidroeléctrica Machupicchu para la interconexión entre la segunda y primera fase de la central, (iii) cambios del diseño por incertidumbre para conexión al SEIN y (v) procesos arbitrales con la contratista de la obra, invocados por EGEMSA mediante documento con Registro Nº 2775359;
Que, asimismo, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que recomiendan aprobar la segunda modificación de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la C.H. Machupicchu; y, en consecuencia, aprobar la Adenda Nº 2 al CONTRATO, a fin de establecer que la POC de las obras de rehabilitación de la segunda fase de la C.H. Machupicchu se efectuó el 15 de agosto de 2015, en los términos y condiciones que se describen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del citado Reglamento;
De conformidad con la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, y la Resolución Ministerial Nº 184-2018-MEM/ DM, que establece la dependencia funcional de los órganos del Ministerio de Energía y Minas, así como el nivel de coordinación con los órganos dependientes, en tanto se apruebe el nuevo Reglamento de Organización y Funciones y su estructura organizacional;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la segunda modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Machupicchu y la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesión Nº 030-94, solicitada por Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A., en lo referido a la modificación del Anexo Nº 5, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad o quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, la Minuta de la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesión Nº 030-94, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente.
Artículo 3.- Incorporar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesión Nº 030-94, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A., de conformidad con el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.
Regístrese, publíquese y comuníquese.
FRANCISCO ISMODES MEZZANO
Ministro de Energía y Minas
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 287-2018-MEM/DM Aprueban segunda modificación de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación eléctrica en la Central Hidroeléctrica Machupicchu, solicitada por EGEMSA
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 287-2018-MEM/DM
- Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2018-08-05
- Fecha de aplicacion : 2018-08-06
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