9/08/2018

Clasificador Cargos Ministerio Trabajo Promoción RSG 021-2018-TR/SG Trabajo y Promocion del Empleo

Poder Ejecutivo, Trabajo y Promocion del Empleo Modifican el Clasificador de Cargos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RSG 021-2018-TR/SG Lima, 7 de setiembre de 2018 VISTOS: Los Informes Nrs. 019 y 031-2018-MTPE/4/12.VHM, de la Oficina General de Recursos Humanos, el Memorándum Nº 663-2018-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 2249-2018-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que,
Poder Ejecutivo, Trabajo y Promocion del Empleo
Modifican el Clasificador de Cargos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RSG 021-2018-TR/SG
Lima, 7 de setiembre de 2018
VISTOS: Los Informes Nrs. 019 y 031-2018-MTPE/4/12.VHM, de la Oficina General de Recursos Humanos, el Memorándum Nº 663-2018-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 2249-2018-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:



Que, la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece el ámbito de competencia, funciones y estructura orgánica básica del referido Ministerio;

Que, por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones -
ROF del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a partir del cual se establece su estructura orgánica y definición de funciones, acorde con los criterios de diseño y estructura de la administración pública que establece la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado;

Que mediante Resolución Ministerial Nº 122-2010-TR se aprueba el Clasificador de Cargos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, modificado mediante Resolución Ministerial Nº 151-2012-TR, Resolución Ministerial Nº 063-2014-TR, Resolución Ministerial Nº 336-2016-TR y Resolución del Secretario General Nº 017-2018-TR/SG:


Que, el inciso e) del artículo 3 del Título I de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil señala que el servidor de confianza es un servidor civil que forma parte del entorno directo e inmediato de los funcionarios públicos o directivos públicos y cuya permanencia en el Servicio Civil está determinada y supeditada a la confianza por parte de la persona que lo designó. Puede formar parte del grupo de directivos públicos, servidor civil de carrera, o servidor de actividades complementarias. Ingresa sin concurso público de méritos, sobre la base del poder discrecional con que cuenta el funcionario que lo designa. No conforma un grupo y se sujeta a las reglas que correspondan al puesto que ocupa;


Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM, que precisa la designación y los límites de empleados de confianza en las entidades públicas, establece que el término "cargo de confianza técnico o político", establecido en el numeral 2) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, puede comprender a todos los grupos previstos en el numeral 3) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público y que en ningún caso los empleados de confianza y servidores designados o removidos libremente, serán un número superior al cinco por ciento (5%) de servidores públicos existentes en cada entidad;

Que, mediante informes de vistos, la Oficina General de Recursos Humanos sustenta la propuesta de modificar el Clasificador de Cargos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, señalando que se requiere actualizar dicho documento de gestión para ampliar la condición de cargos de confianza a determinados puestos, acorde a la normativa enunciada precedentemente;

Que, a través de documentos de vistos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable a la propuesta de modificación del referido Clasificador de Cargos, formulada por la Oficina General de Recursos Humanos, en el ámbito de sus funciones;

Con las visaciones de la Jefa de la Oficina General de Recursos Humanos, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, modificado por Decreto Supremo Nº 020-2017-TR; el Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM, que precisa la designación y los límites de empleados de confianza en las entidades públicas; y con la facultad conferida en el inciso b) del artículo 1 de la Resolución Ministerial
Nº 001-2018-TR;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Modificar el Clasificador de Cargos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 122-2010-TR y modificatorias, en el extremo referido a los cargos de Jefe del Órgano de Control Institucional - OCI, Procurador Público y Coordinador II, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob. pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VERONICA ROJAS MONTES
Secretaria General

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RSG 021-2018-TR/SG Modifican el Clasificador de Cargos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL
  • Numero : 021-2018-TR/SG
  • Emitida por : Trabajo y Promocion del Empleo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-09-08
  • Fecha de aplicacion : 2018-09-09

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