10/19/2018

Agenda Conmemoración Bicentenario Independencia DS 009-2018-MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Decreto Supremo que aprueba la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú DS 009-2018-MC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29565 se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, constituyendo pliego presupuestal del Estado; Que, el literal a) del artículo 5 de la precitada Ley señala que el Ministerio
Poder Ejecutivo, Cultura
Decreto Supremo que aprueba la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú
DS 009-2018-MC
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, mediante la Ley Nº 29565 se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, constituyendo pliego presupuestal del Estado;

Que, el literal a) del artículo 5 de la precitada Ley señala que el Ministerio de Cultura es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, en la formulación, planeación, dirección, coordinación, ejecución, supervisión, evaluación y fiscalización de las políticas nacionales y sectoriales del Estado en materia de cultura, aplicables y de cumplimiento en todos los niveles de gobierno y por todas las entidades del sector cultura;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 004-2018-MC se crea el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, adscrito al Ministerio de Cultura, con el objeto de formular la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, y ejecutar, articular y dar seguimiento a las acciones requeridas para dicha conmemoración, con alto valor simbólico para el ejercicio de una ciudadanía democrática y de fortalecimiento de la identidad nacional;


Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del precitado Decreto Supremo dispone que el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, a través del Ministerio de Cultura, presenta para aprobación del Consejo de Ministros, el proyecto de Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú;

Que, mediante el Informe Nº 000006-2018/PE
BCN/MC, el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú remite al Despacho Ministerial, el proyecto de Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, para su evaluación y aprobación correspondiente;

Que, en ese sentido, resulta conveniente aprobar la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, formulada por el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú;


De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú;

Contando con la aprobación del Consejo de Ministros:

DECRETA:



Artículo 1.- Aprobación de la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú Apruébase la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú; la misma que como Anexo forma parte del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Actualización de la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú La Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú aprobada mediante el artículo 1 precedente, tiene naturaleza dinámica; producto de lo cual, la misma puede ser actualizada mediante Decreto Supremo, previa aprobación del Consejo de Ministros.

Artículo 3.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente norma se sujeta a la disponibilidad presupuestal de las entidades involucradas, en el marco del Presupuesto del Sector Público para cada año fiscal, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público Artículo 4.- Publicación El presente decreto supremo y su anexo son publicados en el portal del Estado peruano (www.peru. gob.pe) y en los portales institucionales de las entidades que lo refrendan, el mismo día de la publicación del Decreto Supremo en el Diario Oficial "El Peruano".

Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Cultura.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros
PATRICIA BALBUENA PALACIOS
Ministra de Cultura

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 009-2018-MC que aprueba la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 009-2018-MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-10-19
  • Fecha de aplicacion : 2018-10-20

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