10/16/2018

Comisión Especial Cautela Auditoría Financiera RM 562-2018-MINEDU Educacion

Poder Ejecutivo, Educacion Conforman la Comisión Especial de Cautela para la auditoría financiera gubernamental al período año 2018 del Ministerio de Educación RM 562-2018-MINEDU Lima, 12 de octubre de 2018 CONSIDERANDO: Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que las sociedades de auditoría, para efectos de la citada Ley, son personas jurídicas calificadas e
Poder Ejecutivo, Educacion
Conforman la Comisión Especial de Cautela para la auditoría financiera gubernamental al período año 2018 del Ministerio de Educación
RM 562-2018-MINEDU
Lima, 12 de octubre de 2018

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que las sociedades de auditoría, para efectos de la citada Ley, son personas jurídicas calificadas e independientes en la realización de las labores de control posterior externo, que son designadas por la Contraloría General, previo Concurso Público de Méritos, y contratadas por las entidades para examinar actividades y operaciones de las mismas, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados; asimismo, establece que el proceso de designación y contratación de las sociedades de auditoría, el seguimiento y evaluación de informes, las responsabilidades, así como su registros, es regulado por la Contraloría General;

Que, mediante la Resolución de Contraloría Nº 469-2018-CG se aprobó la Directiva Nº 009-2018-CG/NORM, denominada "Gestión de Sociedades de Auditoría", en adelante la Directiva, la cual tiene como objetivo establecer el marco normativo que desarrolla los procesos de registro, designación, contratación y supervisión de las Sociedades de Auditoría - SOA conformantes del Sistema Nacional de Control, soportados en el Sistema Informático de Sociedades de Auditoría y Auditores Financieros-INFOSOA;


Que, el numeral 6.5 de la Directiva dispone que la Comisión Especial de Cautela (CEC) es el órgano colegiado nombrado por el titular o representante legal de la Entidad; y está conformado como mínimo por tres (03) integrantes con igual número de suplentes; dos (02)
funcionarios públicos que mantengan relación laboral con la Entidad y no estén vinculados a la materia a examinar en el período sujeto a evaluación; y un (01) integrante que será el Jefe del Órgano de Control Institucional personal a su cargo que este último designe, quien integrará el CEC

en calidad de Presidente;

Que, el numeral antes señalado establece que la CEC tiene las siguientes funciones: i) Comunicar simultáneamente a la Subgerencia de Gestión de Sociedades de Auditoría y al titular de la Entidad, la negativa, demora o entrega incompleta de la información requerida por las SOA al día hábil siguiente de vencido el plazo otorgado para la entrega de la información; ii)
Comunicar simultáneamente a la Subgerencia de Gestión de Sociedades de Auditoría y al titular de la Entidad sobre los casos de incumplimiento contractual o de la presente Directiva, al día hábil siguiente de conocido el hecho; iii)
Verificar el registro de asistencia de la comisión auditora realizado por la Entidad y comunicar simultáneamente al coordinador de la Entidad y a la Subgerencia de Gestión de las Sociedades de Auditoría las inconsistencias advertidas, dentro del día hábil siguiente; y, iv) Enviar a la Subgerencia de Gestión de Sociedades de Auditoría, dentro de los cinco (05) días hábiles de entregado el último informe de auditoría, el informe sobre el cumplimiento de obligaciones contractuales de la SOA y la Entidad.

Que, mediante Oficio Nº 896-2018-MINEDU/OCI se propone e identifica a los funcionarios del Órgano de Control Institucional que integrarían la CEC;

Que, por lo expuesto, resulta necesario designar a los miembros Titulares y Suplentes de la Comisión Especial de Cautela para el período 2018;

De conformidad con los dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por Ley Nº 26510, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
y la Directiva Nº 009-2018-CG/NORM, denominada "Gestión de Sociedades Auditoría", aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 469-2018-CG/NORM;

SE RESUELVE
Artículo 1.- Conformar la Comisión Especial de Cautela para la auditoría financiera gubernamental al período año 2018 del Ministerio de Educación, la misma que estará integrada por los siguientes funcionarios:

TITULARES
- El/La Jefe/Jefa del Órgano de Control Institucional;
quien la presidirá;
- El/La Jefe/Jefa de la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción; y , - El/La Jefe/Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

SUPLENTES
- Sr. JOSÉ HERNÁN TAFUR GRÁNDEZ, identificado con DNI Nº 06710585, Contador Público del Órgano de Control Institucional.
- Sr. JOSÉ FERNANDO ÁLVAREZ FERRANDO, identificado con DNI Nº 25764832, Abogado de la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción.
- Sr. ALVARO JOSÉ ANICAMA GONZÁLEZ, identificado con DNI Nº 09338147, Abogado de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución al Órgano de Control Institucional - OCI, para su conocimiento y fines.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 562-2018-MINEDU Conforman la Comisión Especial de Cautela para la auditoría financiera gubernamental al período año 2018 del Ministerio de Educación
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 562-2018-MINEDU
  • Emitida por : Educacion - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-10-16
  • Fecha de aplicacion : 2018-10-17

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