10/05/2018

Primera Modificación Contrato Concesión 463 2014 RM 368-2018-MEM/DM Energia y Minas

Poder Ejecutivo, Energia y Minas Aprueban la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 463-2014 solicitada por la Empresa de Generación Eléctrica Santa Ana S.R.L. RM 368-2018-MEM/DM Lima, 27 de setiembre de 2018 VISTOS: El Expediente Nº 14344214 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. H1 - S.E. Chanchamayo, cuyo titular es Empresa de Generación Eléctrica Santa
Poder Ejecutivo, Energia y Minas
Aprueban la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 463-2014 solicitada por la Empresa de Generación Eléctrica Santa Ana S.R.L.
RM 368-2018-MEM/DM
Lima, 27 de setiembre de 2018
VISTOS: El Expediente Nº 14344214 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. H1 - S.E. Chanchamayo, cuyo titular es Empresa de Generación Eléctrica Santa Ana S.R.L.; la solicitud de la primera modificación de dicha concesión y aprobación de la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 463-2014 (en adelante, el CONTRATO);
y, los Informes Nº 296-2018-MEM/DGE-DCE y Nº 950-2018-MEM/OGAJ elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:



Que, con fecha 30 de setiembre de 2011, Renovables de los Andes S.A.C. y el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Energía y Minas, suscriben el contrato de concesión para el suministro de energía renovable al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (en adelante, Contrato de Concesión RER), correspondiente a la Central Hidroeléctrica RenovAndes H1, estableciéndose el día 31 de diciembre de 2014 como fecha prevista de la Puesta en Operación Comercial (en adelante, POC);


Que, mediante Resolución Suprema Nº 016-2015-EM, publicada el 23 de abril de 2015, se otorga a favor de Empresa de Generación Eléctrica Santa Ana S.R.L. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. H1 - S.E. Chanchamayo, ubicada en los distritos de Chanchamayo, Perené y San Ramón, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, aprobándose el CONTRATO;

Que, mediante Carta SA 150.18 con Registro Nº 2844782, de fecha 13 de agosto de 2018, Empresa de Generación Eléctrica Santa Ana S.R.L. solicita modificar la cláusula séptima y el Anexo Nº 4 del CONTRATO, a fin de consignar la fecha de su POC en el correspondiente contrato de concesión definitiva, y de esta manera sea congruente con las fechas señaladas en el Cronograma de Ejecución de Obras que figura en el Contrato de Concesión RER;


Que, mediante Resolución Ministerial Nº 358-2018-MEM/DM, de fecha 18 de setiembre de 2018, se aprueba el texto de la Adenda Nº 4 al Contrato de Concesión RER, autorizándose la modificándose de la fecha de la POC del Cronograma de Ejecución de Obras al 20 de marzo de 2018, debido a eventos de fuerza mayor; dicha Resolución Ministerial se sustenta en el Informe Nº 303-2018-MEM-DGE, elaborado por la DGE;

Que, los Informes de Vistos indican que el artículo 37-D del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que "cuando el peticionario solicite una concesión definitiva o autorización de generación como consecuencia de un proceso de promoción de la inversión privada a cargo del Estado, la concesión definitiva o autorización de generación recogerá el cronograma de ejecución de obras establecido en dicho proceso (...)"; en dicho sentido, recomiendan aprobar la Cláusula Séptima del CONTRATO; no siendo necesaria la modificación del Anexo Nº 4;

Que, según los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas han verificado que se ha cumplido con lo establecido en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento; por lo que recomienda aprobar la Primera Modificación al CONTRATO, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, sus normas reglamentarias y modificaciones, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 038-2014 y sus modificatorias, la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 463-2014, solicitada por Empresa de Generación Eléctrica Santa Ana S.R.L., en lo referido a modificar la Cláusula Séptima, con relación a la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. H1 - S.E.

Chanchamayo, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad o a quien haga sus veces a suscribir, en representación del Estado, la Minuta de la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 463-2014, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 3.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública a que dé origen la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 463-2014, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Empresa de Generación Eléctrica Santa Ana S.R.L., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO ISMODES MEZZANO
Ministro de Energía y Minas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 368-2018-MEM/DM Aprueban la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 463-2014 solicitada por la Empresa de Generación Eléctrica Santa Ana S.R.L.
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 368-2018-MEM/DM
  • Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-10-05
  • Fecha de aplicacion : 2018-10-06

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