10/28/2018

Proyecto Resolución Establecería Eps Emaq Srl RCD 042-2018-SUNASS-CD SUNASS

Proyecto, Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento Proyecto de resolución que establecería para la EPS EMAQ S.R.L. la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión del quinquenio regulatorio 2019-2024, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios RCD 042-2018-SUNASS-CD Lima, 25 de octubre de 2018 VISTO: El Memorándum
Proyecto, Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento
Proyecto de resolución que establecería para la EPS EMAQ S.R.L. la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión del quinquenio regulatorio 2019-2024, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios
RCD 042-2018-SUNASS-CD
Lima, 25 de octubre de 2018
VISTO:

El Memorándum Nº 1179-2018-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulación Tarifaria, mediante el cual se presenta el proyecto de estudio tarifario que sustenta la propuesta para el quinquenio regulatorio 2019-2024 de: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán aplicados por EPS EMAQ
S.R.L.

1

CONSIDERANDO:



Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria Nº 013-2018-SUNASS-GRT se inició el procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, que serán aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de EPS EMAQ S.R.L.


Que, conforme con lo establecido en los artículos 25, 26 y 52 del Reglamento General de Tarifas 2
, corresponde en esta etapa del procedimiento: i) publicar en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la SUNASS, el proyecto de resolución, y su exposición de motivos, que establecería la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales y ii) convocar a audiencia pública para que la SUNASS
exponga el referido proyecto.

Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de las gerencias de Asesoría Jurídica, Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 17 de octubre de 2018.


HA RESUELTO:



Artículo 1º.- Aprobar el proyecto de resolución que establecería para EPS EMAQ S.R.L.: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión del quinquenio regulatorio 2019-2024 y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios.

Artículo 2º.- Disponer la publicación en el diario oficial El Peruano del proyecto de resolución a que se refiere el artículo anterior y sus anexos, así como su exposición de motivos.

Artículo 3º.- Disponer la publicación en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe) del proyecto a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sus anexos, su exposición de motivos y el proyecto de estudio tarifario que sustenta la propuesta de fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, que serían aplicados por EPS
EMAQ S.R.L. en el quinquenio regulatorio 2019-2024 y la notificación de lo antes mencionado a la referida empresa.

Artículo 4º.- Convocar a audiencia pública para el día, hora y lugar que la Gerencia General de la SUNASS
señale oportunamente en el correspondiente aviso, la cual se realizará de acuerdo con las reglas consignadas 61
Domingo 28 de octubre de 2018
El Peruano / en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob. pe), encargándose a la Gerencia de Usuarios efectuar las coordinaciones necesarias para el desarrollo de la referida audiencia.

Artículo 5º.- Los interesados podrán remitir sus comentarios sobre el proyecto a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución a la sede de la SUNASS, ubicada en Av. Bernardo Monteagudo Nº 210-216, Magdalena del Mar, Lima o al correo electrónico audienciaepsemaq@sunass.gob.pe, hasta el quinto día hábil siguiente a la fecha de realización de la audiencia pública.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

IVÁN LUCICH LARRAURI
Presidente del Consejo Directivo 1
Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Quillabamba S.R.L.

2
Aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD y sus modificatorias.

Nº ---2018-SUNASS-CD
Lima,
VISTO:

El Memorándum Nº ---2018-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta el estudio tarifario que sustenta la propuesta final para el quinquenio regulatorio 2019-2024, de: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión y ii)
los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán aplicados por EPS
EMAQ S.R.L.

1

CONSIDERANDO:



Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria Nº 013-2018-SUNASS-GRT se inicia el procedimiento de aprobación de oficio de: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, que serán aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de EPS EMAQ
S.R.L.

Que, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas 2
, se ha cumplido con:
i) publicar en el diario oficial El Peruano el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales y ii) realizar la audiencia pública correspondiente el -- de - de --.

Que, la Gerencia de Regulación Tarifaria ha evaluado los comentarios realizados al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública, conforme se aprecia en el Anexo Nº-- del estudio tarifario que sustenta la propuesta final de fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán aplicados por EPS EMAQ S.R.L., para el quinquenio regulatorio 2019-2024.

Que, sobre la base del estudio tarifario, corresponde aprobar la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de EPS EMAQ
S.R.L. y disponer la constitución del fondo para financiar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa.

Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, se ha previsto en la fórmula tarifaria recursos que coadyuven al cumplimiento de la referida norma, considerando el efecto del cambio climático.

Que, teniendo en cuenta la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento 3
y su reglamento 4
, se ha previsto en la fórmula tarifaria recursos que coadyuven a la implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos.

Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de las gerencias de Asesoría Jurídica, de Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del -- de -- de --.

HA RESUELTO:



Artículo 1º.- Aprobar las metas de gestión que deberá cumplir EPS EMAQ S.R.L. en el quinquenio regulatorio 2019-2024, así como los mecanismos de evaluación de su cumplimiento, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 1 de la presente resolución.

Artículo 2º.- Aprobar la fórmula tarifaria que aplicará EPS EMAQ S.R.L. durante el quinquenio regulatorio 2019-2024, de acuerdo a lo especificado en el Anexo Nº 2 de la presente resolución.

Artículo 3º.- Aprobar la estructura tarifaria del quinquenio regulatorio 2019-2024 para los servicios de agua potable y alcantarillado que brinda EPS EMAQ
S.R.L., conforme al detalle contenido en el Anexo Nº 3 de la presente resolución.

Artículo 4º.- Disponer la creación de: el fondo para financiar las inversiones con recursos internamente generados por la empresa prestadora, asi como las reservas para la formulación del Plan de Gestión del Riesgo de Desastres y Adaptación al Cambio Climático, y la reserva que permita una serie de intervenciones para la implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos.

Para constituir el fondo de inversiones, las reservas para la formulación del Plan de Gestión del Riesgo de Desastres y Adaptación al Cambio Climático y la reserva para la implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos, EPS EMAQ S.R.L. deberá abrir las respectivas cuentas en el sistema bancario, así como depositar mensualmente durante los años del quinquenio regulatorio 2019-2024, los porcentajes de ingresos por la prestación de servicios de agua potable y alcantarillado y cargo fijo (sin considerar el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promoción Municipal) que se indican en el Anexo Nº 4 de la presente resolución.

Si se comprobara un uso distinto de los recursos o que no se hayan efectuado las transferencias correspondientes, tanto al fondo de inversiones como a las reservas antes señaladas, la SUNASS comunicará este hecho al titular de las participaciones representativas del capital social de EPS EMAQ S.R.L. y a la Contraloría General de la República.

Artículo 5º.- Aprobar los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que EPS EMAQ S.R.L. presta a sus usuarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo Nº 5 de la presente resolución y resultan de aplicación a partir del día siguiente de su publicación.

Artículo 6º.- El inicio del quinquenio regulatorio y la aplicación de la estructura tarifaria aprobada se considerarán a partir del primer ciclo de facturación inmediatamente posterior a la publicación de la presente resolución.

Artículo 7º.- La presente resolución, sus anexos y su exposición de motivos deberán publicarse en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la SUNASS
{G}PROYECTO
62
Domingo 28 de octubre de 2018 / El Peruano (www.sunass.gob.pe). El estudio tarifario se publicará en el portal institucional de la SUNASS.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

1
Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Quillabamba S.R.L.

2
Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD y sus modificatorias.

3
Decreto Legislativo Nº 1280, publicado el 29 de diciembre del 2016 en el Diario Oficial El Peruano.

4
Aprobado con Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, publicado el 26 de junio de 2017 en el Diario Oficial El Peruano.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I. SUSTENTO TÉCNICO DE LA FÓRMULA
TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA, METAS DE
GESTIÓN Y COSTOS MÁXIMOS DE LAS UNIDADES DE
MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA
DETERMINAR LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS
COLATERDE LA EPS EMAQ S.R.L.

El estudio tarifario elaborado por la Gerencia de Regulación Tarifaria contiene el análisis técnico con la propuesta de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a la EPS EMAQ S.R.L. para el quinquenio regulatorio 2019-2024. Dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotación e inversión eficientes de la empresa, que figuran en el citado estudio tarifario, el cual comprende básicamente los aspectos contemplados en el Anexo N
o 2 del Reglamento General de Tarifas 1
.

Asimismo, se ha evaluado la propuesta final de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, que serán aplicados por la EPS
EMAQ S.R.L. Dicha evaluación ha sido elaborada sobre la base de la cantidad y rendimientos de los recursos identificados por la empresa prestadora, así como los precios unitarios recabados por la SUNASS en el mercado local y los costos de personal incurridos por la empresa.

II. CONSIDERACIONES LEGALES
De acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 27332
2
, y los artículos 24 y 26 del Reglamento General de la SUNASS
3
, la SUNASS es competente para establecer la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento.

Asimismo, el artículo 70 del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, (en adelante, Ley Marco) señala que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad y los procedimientos aplicables a la regulación económica de los servicios de saneamiento, que comprende, entre otros, la fijación de tarifas a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento.

Por su parte, el Reglamento de la Ley Marco 4
, en su artículo 167, establece que la regulación económica tiene por finalidad propiciar progresivamente el incremento de la eficiencia técnica y económica, la sostenibilidad económico-financiera y ambiental en la prestación de los servicios de saneamiento, la equidad y el equilibrio económico-financiero de los prestadores de servicios regulados, el aseguramiento de la calidad integral en la prestación del servicio y la racionalidad en el consumo.

Por otro lado, el artículo 77 de la Ley Marco y el artículo 182 del Reglamento de la Ley Marco, facultan a la SUNASS a mejorar el sistema de subsidios cruzados sin afectar el equilibrio económico financiero del prestador, aplicable a usuarios en situación de pobreza y extrema pobreza. En ese sentido, la estructura tarifaria propuesta para EPS EMAQ S.R.L. contempla el uso de los "Planos Estratificados por Ingreso a Nivel de Manzanas de las Grandes Ciudades 2017", elaborados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática.

III. IMPACTO ESPERADO
La aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, aplicables por la EPS
EMAQ S.R.L. favorece, por un lado, a la empresa y, por el otro, a la población atendida. A la empresa prestadora, debido a que su aplicación coadyuvará a su sostenibilidad económica y viabilidad financiera; y a la población, porque se beneficiará del compromiso de la empresa refl ejado en las metas de gestión, cuyo cumplimiento traerá consigo una mejora en la calidad y continuidad de los servicios.

1
Aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD y sus modificatorias.

2
Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos.

3
Aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM.

4
Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, publicado el 26 de junio de 2017 en el diario oficial El Peruano.

ANEXO Nº 1
METAS DE GESTIÓN BASE DE EPS EMAQ S.R.L.

PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2019-2024 Y
MECANISMOS DE EVALUACIÓN
A. METAS DE GESTIÓN BASE
Corresponde a las metas de gestión base de los proyectos ejecutados y financiados con recursos internamente generados por la empresa y financiados con transferencias del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento.

Metas de Gestión Base Unidad de Medida Año 0 Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5
Instalación anual de nuevos medidores 1/
Nº - 1 578 132 144 177 164
Continuidad promedio Horas/ día 23,2 24 24 24 24 24
Relación de Trabajo 2/ % 89% 83% 83% 80% 80% 80%
Actualización de catastro técnico georreferenciado de Agua Potable y Alcantarillado % - 0% 0% 50% 100% 100%
Actualización de catastro comercial georreferenciado de Agua Potable y Alcantarillado % - 0% 0% 50% 100% 100%
Macromedidores operativos 3/ und 2 7 9 9 9 9
Proyecto Elaboración del expediente y ejecución del proyecto de Galerías Filtrantes en Poromate (Q=
q l/s)
4/ l/s - - q l/s q l/s q l/s q l/s
{G}PROYECTO
63
Domingo 28 de octubre de 2018
El Peruano / 1/ Se refiere a la instalación de nuevos medidores para conexiones que no contaban con medidor. Para el primer año regulatorio se han considerado en la meta el financiamiento de 1578 medidores por parte del OTASS.

2/ Se obtiene de dividir los costos totales de operación -deducidos la depreciación, amortización de intangibles, costos por servicios colaterales, provisión por cobranza dudosa y costos asociados al programa de inversiones financiados por el OTASS- entre los ingresos operacionales totales -referidos al importe facturado por servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fijo.

3/ Se refiere a los macromedidores operativos instalados en el sistema de agua potable.

4/ El expediente técnico de este proyecto se formulará en el año 1, en el cual se definirá el caudal de diseño (q). A partir del año 2 se evaluará la puesta en operación del proyecto de Galerías Filtrantes con el caudal propuesto en el expediente.

B. EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS
METAS DE GESTIÓN BASE POR PARTE DE EPS
EMAQ S.R.L. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO
2019-2024
I.- DEFINICIONES
Año: Es el periodo que comprende un año calendario computado a partir del primer ciclo de facturación inmediatamente posterior a la publicación de la presente resolución.

Metas de Gestión: Son los parámetros seleccionados por la Gerencia de Regulación T arifaria para el seguimiento y evaluación sistémica del cumplimiento del programa de inversiones y las acciones de mejora en la gestión de la empresa prestadora, establecidos en el estudio tarifario.

Las metas de gestión son aprobadas en el Consejo Directivo de SUNASS.

Valor Meta (VM): Es el valor de la meta de gestión, establecido por el Consejo Directivo a propuesta de la Gerencia de Regulación Tarifaria, que indica el objetivo a alcanzar por la empresa prestadora al final del año regulatorio.

Valor Obtenido (VO): Es el valor de la meta de gestión alcanzado por la empresa prestadora como resultado de la gestión realizada durante el año regulatorio.
Índice de Cumplimiento Individual a nivel de EPS (ICI a nivel de EPS): Es el índice que se utiliza para medir el nivel de cumplimiento de un determinado Valor Meta a nivel de EPS y en un año regulatorio en específico. Se expresa en porcentaje.
• Para las Metas de Gestión "Instalación anual de nuevos medidores", "Continuidad Promedio", "Macromedidores operativos", "Actualización de catastro técnico georreferenciado de Agua Potable y Alcantarillado "
y "Actualización de catastro comercial georreferenciado de Agua Potable y Alcantarillado"
y "Proyecto Elaboración del expediente y ejecución del proyecto de Galerías Filtrantes en Poromate (Q=
q l/s)".
ܫܥܫ ௜ ൌ ܸ݈ܽ݋ݎܱܾݐ݁݊݅݀݋
௜ ܸ݈ܽ݋ݎܯ݁ݐܽ ௜ ൈͳͲͲ
Donde:
i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir.

En el caso de la Meta de Gestión "Continuidad promedio", el valor resultante deberá redondearse al valor más cercano sin decimales.
• Para la Meta de Gestión "Relación de Trabajo":
ܫܥܫ ݅ ൌ ܸ݈ܽ݋ݎܯ݁ݐܽ ݅ ܸ݈ܽ݋ݎܱܾݐ݁݊݅݀݋ ݅ ൈͳͲͲ
Donde:
i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir.

Para efectos de la evaluación del cumplimiento de la meta de gestión señalada, si el ICI resulta mayor al 100%, se considerará un cumplimiento individual del 100%.
Índice de Cumplimiento Global (ICG): Es el índice que se utiliza para medir el nivel de cumplimiento promedio de las metas de gestión en un año regulatorio.

Se define como la media aritmética de los ICI a nivel EPS de cada meta de gestión. Se expresa en porcentaje, de la siguiente manera:
ܫܥܩ ݅ൌ෍
ܫܥܫ ݅ ݊ ܰ ܰ ݊ൌͳ Donde:

N : es el número total de metas de gestión.
i : es el año del quinquenio regulatorio que se desea medir.

II.- SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LAS
METAS DE GESTIÓN BASE
Para efecto de las acciones de supervisión, fiscalización y sanción, la SUNASS verificará que al final de cada año del quinquenio regulatorio EPS EMAQ S.R.L.
haya cumplido como mínimo las siguientes condiciones:
- El 85% del ICG.
- El 80% del ICI a nivel de EPS.

El cumplimiento de los índices antes señalados será evaluado conforme a lo establecido en el numeral anterior.

ANEXO Nº 2
FÓRMULA TARIFARIA DE EPS EMAQ S.R.L.

PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO
2019-2024 Y CONDICIONES DE APLICACIÓN
DE LOS INCREMENTOS TARIFARIOS BASE
A. FÓRMULA TARIFARIA E INCREMENTOS TARIFARIOS
BASE
1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado
T
1
= T
o (1 + 0,150) (1 + Φ)T
1
= T
o (1 + 0,150) (1 + Φ)
T
2
= T
1 (1 + 0,000) (1 + Φ)T
2
= T
1 (1 + 0,000) (1 + Φ)
T
3
= T
2 (1 + 0,126) (1 + Φ)T
3
= T
2 (1 + 0,092) (1 + Φ)
T
4
= T
3 (1 + 0,000) (1 + Φ)T
4
= T
3 (1 + 0,000) (1 + Φ)
T
5
= T
4 (1 + 0,000) (1 + Φ)T
5
= T
4 (1 + 0,000) (1 + Φ)
Donde:

T
o : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente a la fecha de elaboración del estudio tarifario.

T
1
: Tarifa media que corresponde al año 1
T
2
: Tarifa media que corresponde al año 2
T
3
: Tarifa media que corresponde al año 3
T
4
: Tarifa media que corresponde al año 4
T
5
: Tarifa media que corresponde al año 5
Φ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor Para el primer año regulatorio, se ha establecido el reordenamiento de la estructura tarifaria que deberá aplicar la EPS EMAQ S.R.L., el cual se traduce en un incremento de la tarifa media de 15%, con respecto al año base. El impacto tarifario por tipo de usuario, producto del mencionado reordenamiento, se muestra en el estudio tarifario.
{G}PROYECTO
64
Domingo 28 de octubre de 2018 / El Peruano Los incrementos tarifarios aplicables para el tercer año regulatorio de 12,6%, para agua potable y 9,2%
para alcantarillado, serán destinados a cubrir: i) los costos de operación y mantenimiento de la empresa prestadora, ii) los costos de inversión de los proyectos a ser financiados con recursos internamente generados, iii) la formulación del Plan de Gestión de Riesgo de Desastres y Adaptación al Cambio Climático, iv) la implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos.

B. CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LOS
INCREMENTOS TARIFARIOS BASE
La verificación por el organismo regulador del cumplimiento de las metas de gestión base autoriza a EPS EMAQ S.R.L. a aplicar los incrementos tarifarios base considerados en la fórmula tarifaria.

El incremento tarifario base establecido para el tercer año regulatorio se aplicará en forma proporcional al porcentaje del ICG obtenido al término del segundo año regulatorio. La empresa prestadora podrá acceder al saldo del referido incremento tarifario en los siguientes años del quinquenio regulatorio, en forma proporcional al ICG obtenido en cada año.

EPS EMAQ S.R.L. deberá acreditar ante la Gerencia de Supervisión y Fiscalización de la SUNASS el cumplimiento del ICG obtenido para la aplicación de los referidos incrementos tarifarios.

ANEXO Nº 3
ESTRUCTURA TARIFARIA DEL QUINQUENIO
REGULATORIO 2019-2024 PARA LOS SERVICIOS
DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
DE EPS EMAQ S.R.L.

Cargo fijo (S//Mes): 2,094, se reajusta por efecto de la infl ación de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas.

Estructuras tarifarias:

Para la estructura tarifaria propuesta, en atención al principio de equidad, se aplica el criterio de jerarquía de las tarifas cobradas a los usuarios, estableciendo un subsidio cruzado, de modo que los usuarios de las categorías con menor capacidad adquisitiva paguen menos que aquellos de las otras categorías con mayor capacidad de pago.

En concordancia con los criterios de reordenamiento tarifario establecidos en el Reglamento General de Tarifas, se efectuaron las siguientes modificaciones en las estructuras tarifarias:
• Se ha establecido una única tarifa para los usuarios no residenciales (Comercial y Otros, Industrial y Estatal).
• La tarifa del primer rango de la categoría doméstica se iguala a la tarifa de la categoría social.

I. Estructura Tarifaria Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE RANGOS Tarifa (S//m 3
)
CATEGORÍA (m 3
/mes) Año 1
RESIDENCIAL
Social 0 a más 0,5101
Doméstica 0 a 10 0,5101
10 a más 0,5402
NO RESIDENCIAL
Comercial y Otros 0 a más 0,6046
Industrial 0 a más 0,8127
Estatal 0 a más 0,8127
Cargo por Volumen de Alcantarillado CLASE RANGOS Tarifa (S//m 3
)
CATEGORÍA (m 3
/mes) Año 1
RESIDENCIAL
Social 0 a más 0,1319
Doméstica 0 a 10 0,1319
10 a más 0,1397
NO RESIDENCIAL
Comercial y Otros 0 a más 0,1564
Industrial 0 a más 0,2103
Estatal 0 a más 0,2103
II. Factor de ajuste sobre las tarifas de la categoría doméstico por aplicación del Sistema de Subsidios Cruzados Focalizados Rangos Beneficiarios No Beneficiarios 0 a 10 0,6065 0,000
II.1 MECANISMOS PARA MINIMIZAR ERRORES DE
EXCLUSIÓN
1. A fin de minimizar posibles errores de exclusión, los hogares que no se ubican en manzanas de estrato bajo y medio bajo sobre la base de los Planos Estratificados y que consideran que, dada su condición socioeconómica, deberían acceder al beneficio establecido para dicho estrato, podrán solicitar dicho beneficio acreditando su condición de pobre o pobre extremo sobre la base de la Clasificación Socioeconómica (CSE) otorgada por el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) cuya vigencia no sea mayor a seis meses a la fecha de la presentación de su solicitud. Ante ello, EPS EMAQ S.R.L.
deberá otorgar el beneficio a dichos usuarios.

2. Los usuarios que: i) no cuenten con CSE o ii) cuenten con CSE cuya vigencia es mayor a seis meses o iii) que su CSE ha caducado o ha sido cancelada, deberán solicitar la determinación de su CSE o su actualización, de acuerdo al procedimiento establecido por el MIDIS, y el resultado de ello comunicarlo a EPS EMAQ S.R.L. para acceder al beneficio en caso su CSE sea de pobre o pobre extremo.

3. Respecto a los dos párrafos anteriores, es preciso señalar que los usuarios podrán solicitar el acceso al beneficio establecido siempre y cuando la dirección de la unidad de uso corresponda a la de la vivienda registrada en su CSE.

4. De lo expuesto, en caso el usuario resulte ser beneficiario sobre la base de su CSE de pobre o pobre extremo, este mantendrá dicho beneficio en tanto se encuentre vigente su CSE o, de no ser así, solicite su actualización manteniendo su condición de pobre o pobre extremo. Para ello, EPS EMAQ S.R.L. deberá comunicarles el próximo vencimiento de la CSE por lo menos 2 meses antes de que pierda su vigencia.

II.2 MECANISMOS PARA MINIMIZAR ERRORES DE
INCLUSIÓN
5. En caso EPS EMAQ S.R.L. considere que algún usuario doméstico que accede al beneficio establecido en la presente resolución no cumple con la condición de pobre o pobre extremo o que esta haya variado por alguna circunstancia, el usuario pierde el beneficio sólo en caso el SISFOH lo declare así. EPS EMAQ S.R.L. podrá realizar la consulta correspondiente al SISFOH respecto del hogar que cuente con CSE de no pobre otorgada por dicho sistema cuya vigencia no sea mayor a seis meses a la fecha de presentación de la referida consulta.

6. En el caso de los hogares que: i) no cuenten con CSE
o ii) cuenten con CSE cuya vigencia es mayor a seis meses o iii) que su CSE ha caducado o ha sido cancelada, EPS
EMAQ S.R.L. podrá solicitar al MIDIS la actualización o la determinación de la CSE respetando los procedimientos y plazos establecidos por dicha entidad. En tanto, no se cuente con un procedimiento por parte del MIDIS, EPS
EMAQ S.R.L. no podrá retirar el beneficio.
{G}PROYECTO
65
Domingo 28 de octubre de 2018
El Peruano / 7. De confirmarse la condición del usuario como pobre o pobre extremo, este mantendrá dicha condición hasta que cambie su clasificación con relación a los Planos Estratificados.

8. De resultar la CSE del usuario como no pobre, EPS
EMAQ S.R.L. deberá comunicarles, con dos meses de anticipación a la facturación correspondiente, respecto a la pérdida del beneficio establecido.

II.3 CONSIDERACIONES ADICION
PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS PLANOS
ESTRATIFICADOS
9. EPS EMAQ S.R.L. debe comunicar de manera simultánea a los usuarios de la categoría doméstico sobre su acceso al beneficio establecido en el numeral 420 del proyecto de estudio tarifario de la referida empresa, así como el procedimiento a seguir por aquellos usuarios que soliciten acceder al mencionado beneficio según lo referido en el numeral XIII.5 del proyecto de estudio tarifario.

10. La actualización de la relación de usuarios de la categoría doméstico que acceden al beneficio establecido durante el quinquenio regulatorio se realizará ante la ocurrencia de los siguientes supuestos: i) atención de solicitudes de acceso al beneficio en función a la CSE
cuya vigencia no sea mayor a 6 meses, ii) nuevos usuarios de EPS EMAQ S.R.L., los cuales accederán al beneficio en primer lugar en base a los Planos Estratificados y en su defecto en función a su CSE, y iii) actualización de los Planos Estratificados. EPS EMAQ S.R.L. deberá llevar un registro para los supuestos (i) y (ii), el cual será remitido periódicamente a la SUNASS.

Asignación Máxima de Consumo VOLUMEN ASIGNADO (m 3
/mes)
Social Doméstica Comercial y Otros /1
Industrial Estatal /2
20 20
30
50
120
30
50
1/ La asignación de consumo de 30 m3 estará vigente sólo el primer año regulatorio; y a partir del segundo año regulatorio esta asignación será reemplazada por una asignación de 50 m3.

2/ La asignación de consumo de 30 m3 y 50 m3 estarán vigente sólo el primer año regulatorio; y a partir del segundo año regulatorio, estas asignaciones serán reemplazadas por una asignación de 100 m3.

Para determinar el importe a facturar por el servicio de agua potable, se aplicará el siguiente procedimiento:
a) A los usuarios de la categoría social, comercial y otros, industrial y estatal se le aplicará la tarifa correspondiente a todo el volumen consumido.
b) A los usuarios de la categoría doméstico se les aplicará las tarifas establecidas para cada nivel de consumo, de acuerdo con el procedimiento siguiente:
b.1. No Beneficiarios:
• Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del primer rango (0 a 10 m3), se les aplicará la tarifa correspondiente a dicho rango.
• Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del segundo rango (más de 10 m3), se les aplicará:
i) la tarifa correspondiente al primer rango por los primeros 10 m3 consumidos, y ii) la tarifa correspondiente al segundo rango por el volumen en exceso de 10 m3. La suma de los resultados parciales determinará el importe a facturar.
b.2. Beneficiarios:
• Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del primer rango (0 a 10 m3), se les aplicará la tarifa resultante de la aplicación del factor de ajuste, correspondiente a dicho rango.
• Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del segundo rango (más de 10m3), se le aplicará:
i) la tarifa resultante de la aplicación del factor de ajuste, correspondiente al primer rango por los primeros 10 m3
consumidos, y ii) la tarifa correspondiente al segundo rango por el volumen en exceso de 10 m3. La suma de los resultados parciales determinará el importe a facturar.

La determinación del importe a facturar para el servicio de alcantarillado se realizará utilizando el mismo procedimiento descrito para el servicio de agua potable, según la categoría tarifaria correspondiente, salvo para el caso de los usuarios de la categoría doméstico beneficiarios con el factor de ajuste, el importe a facturar por el servicio de alcantarillado es igual al de los usuarios no beneficiarios de dicha categoría.

La empresa prestadora dará a conocer a los usuarios la estructura tarifaria que se derive de la aplicación de los incrementos previstos en la fórmula tarifaria y los reajustes de tarifa que se efectúen por efecto de la infl ación utilizando el Índice de Precios al por Mayor (IPM).

ANEXO Nº 4
FONDO DE INVERSIONES Y RESERVAS DE EPS EMAQ S.R.L.

PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2019-2024
Fondo de Inversiones Período Porcentajes de los Ingresos 1/ Año 1 16%
Año 2 17%
Año 3 15%
Año 4 16%
Año 5 15%
1/ Los ingresos están referidos al importe total facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fijo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal.

Reserva para la Formulación del Plan de Gestión del Riesgo de Desastres (GRD) y Adaptación al Cambio Climático (ACC)
Período Porcentajes de los Ingresos 1/ Año 1 0,0%
Año 2 0,0%
Año 3 0,7%
Año 4 0,7%
Año 5 0,8%
1/ Los ingresos están referidos al importe total facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fijo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal.

Reserva para la Implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MRSE)
1/ Período Porcentajes de los Ingresos 2/ Año 1 0,5%
Año 2 0,5%
Año 3 1,3%
Año 4 1,4%
Año 5 1,5%
1/ Los ingresos están referidos al importe total facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fijo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal. El aporte promedio mensual por conexión es de S/ 0,33 en el quinquenio regulatorio.
{G}PROYECTO
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Domingo 28 de octubre de 2018 / El Peruano
ANEXO Nº 5
COSTOS MÁXIMOS DE LAS UNIDADES DE MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA DETERMINAR LOS PRECIOS DE LOS
SERVICIOS COLATERDE EPS EMAQ S.R.L. EN EL QUINQUENIO REGULATORIO 2019-2024
ACTIVIDAD Medida
COSTO
S/
CONEXION DE AGUA
CONEXIÓN DE AGUA DE 1/2"
Instalación de un metro de tubería de 1/2" de PVC m 14,84
Instalación de caja de medidor, accesorios y empalme a la red de 2" con 1/2" und 338,26
Instalación de caja de medidor, accesorios y empalme a la red de 3" con 1/2" und 345,32
Instalación de caja de medidor, accesorios y empalme a la red de 4" con 1/2" und 362,87
Instalación de caja de medidor, accesorios y empalme a la red de 6" con 1/2" und 456,64
CONEXIÓN DE AGUA DE 3/4"
Instalación de un metro de tubería de 3/4" de PVC m 16,40
Instalación de caja de medidor, accesorios y empalme a la red de 2" con 3/4" und 359,99
Instalación de caja de medidor, accesorios y empalme a la red de 3" con 3/4" und 370,36
Instalación de caja de medidor, accesorios y empalme a la red de 4" con 3/4" und 387,91
Instalación de caja de medidor, accesorios y empalme a la red de 6" con 3/4" und 481,68
CONEXIÓN DE AGUA DE 1"
Instalación de un metro de tubería de 1" de PVC m 18,76
Instalación de caja de medidor, accesorios y empalme a la red de 2" con 1" und 405,79
Instalación de caja de medidor, accesorios y empalme a la red de 3" con 1" und 416,18
Instalación de caja de medidor, accesorios y empalme a la red de 4" con 1" und 433,72
Instalación de caja de medidor, accesorios y empalme a la red de 6" con 1" und 459,13
CONEXIÓN DE AGUA DE 1 1/4"
Instalación de un metro de tubería de 1 1/4" de PVC m 20,24
Instalación de caja de medidor, accesorios y empalme a la red de 2" con 1 1/4" und 478,49
Instalación de caja de medidor, accesorios y empalme a la red de 3" con 1 1/4" und 488,88
Instalación de caja de medidor, accesorios y empalme a la red de 4" con 1 1/4" und 506,42
Instalación de caja de medidor, accesorios y empalme a la red de 6" con 1 1/4" und 531,83
CONEXIÓN DE AGUA DE 1 1/2"
Instalación de un metro de tubería de 1 1/2" de PVC m 23,68
Instalación de caja de medidor, accesorios y empalme a la red de 4" con 1 1/2" und 557,59
Instalación de caja de medidor, accesorios y empalme a la red de 6" con 1 1/2" und 583,00
CONEXIONES DE DESAGÜE
INSTALACIÓN DE CAJAS Y EMPALME A COLECTOR
Instalación de conexión de desagüe de 6" con empalme a colector de 8" und 308,43
Instalación de conexión de desagüe de 6" con empalme a colector de 10" und 314,65
Instalación de conexión de desagüe de 8" con empalme a colector de 10" und 327,10
INSTALACIÓN DE TUBERÍAS
Instalación de tubería de desagüe 6" m 22,44
Instalación de tubería de desagüe 8" m 45,14
AMPLIACIÓN DE CONEXIÓN DOMICILIARIA DE AGUA POTABLE
Ampliación de la conexión de 1/2" a 3/4" und 349,40
Ampliación de la conexión de 1/2" a 1" und 399,17
Ampliación de la conexión de 1/2" a 1 1/4" und 483,62
Ampliación de la conexión de 1/2" a 1 1/2" und 531,34
Ampliación de la conexión de 3/4" a 1" und 399,17
Ampliación de la conexión de 3/4" a 1 1/4" und 483,62
Ampliación de la conexión de 3/4" a 1 1/2" und 531,34
Ampliación de la conexión de 1" a 1 1/4" und 483,62
Ampliación de la conexión de 1" a 1 1/2" und 531,34
{G}PROYECTO
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Domingo 28 de octubre de 2018
El Peruano / Ampliación de la conexión de 1 1/4" a 1 1/2" und 531,34
Instalación de un metro de tubería de 1/2" de PVC m 14,84
Instalación de un metro de tubería de 3/4" de PVC m 16,40
Instalación de un metro de tubería de 1" de PVC m 18,76
Instalación de un metro de tubería de 1 1/4" de PVC m 20,24
Instalación de un metro de tubería de 1 1/2" de PVC m 23,68
RETIRO DE CONEXIONES DOMICILIARIAS
Retiro de caja y corte en coorporation de conexión de agua potable de 1/2", 3/4" y 1" und 9,03
Retiro de caja y corte en coorporation de conexión de agua potable de 1 1/4" y 1 1/2" und 39,36
Retiro de conexión de desagüe und 58,09
REUBICACIÓN DE CAJAS DE CONEXIÓN DOMICILIARIA
REUBICACIÓN DE CAJAS DE MEDIDOR DE CONEXIONES DOMICILIARIAS DE AGUA POTABLE
Reubicación de caja de medidor de 1/2" und 293,72
Reubicación de caja de medidor de 3/4" und 309,84
Reubicación de caja de medidor de 1" und 338,80
Reubicación de caja de medidor de 1 1/4" und 388,17
Reubicación de caja de medidor de 1 1/2" und 428,99
REUBICACIÓN DE CAJA DE MEDIDOR DE CONCEXIÓN DE DESAGÜE
Reubicación de conexión de desagüe de 6" und 310,72
Reubicación de conexión de desagüe de 8" und 329,40
FACTIBILIDAD DE SERVICIOS
FACTIBILIDAD DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE
Factibilidad de servicios para nuevas conexiones de agua potable conex 49,80
Factibilidad de servicios para habilitaciones urbanas - agua potable ha 229,91
FACTIBILIDAD DE SERVICIOS DE ALCANTARILLADO
Factibilidad de servicios para nuevas conexiones de alcantarillado conex 49,80
Factibilidad de servicios para habilitaciones urbanas - alcantarillado ha 229,91
CIERRE Y APERTURA DE SERVICIOS
CIERRE DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE (CIERRE SIMPLE)
Cierre simple de conexión de agua potable de 1/2" und 18.68
Cierre simple de conexión de agua potable de 3/4" und 18.68
Cierre simple de conexión de agua potable de 1" und 18.68
Cierre simple de conexión de agua potable de 1 1/4" und 22.08
Cierre simple de conexión de agua potable de 1 1/2" und 29.29
REAPERTURA DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE DE CIERRE SIMPLE
Reapertura de conexión de agua potable de 1/2" und 21,23
Reapertura de conexión de agua potable de 3/4" und 25,73
Reapertura de conexión de agua potable de 1" und 25,73
Reapertura de conexión de agua potable de 1 1/4" und 28,69
Reapertura de conexión de agua potable de 1 1/2" und 31,65
CIERRE DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE (CIERRE DRASTICO)
Cierre con retiro de 1/2 m de tubería antes de la caja de conexión de 1/2" und 32,66
Cierre con retiro de 1/2 m de tubería antes de la caja de conexión de 3/4" und 35,88
Cierre con retiro de 1/2 m de tubería antes de la caja de conexión de 1" und 43,81
Cierre con retiro de 1/2 m de tubería antes de la caja de conexión de 1 1/4" und 44,96
Cierre con retiro de 1/2 m de tubería antes de la caja de conexión de 1 1/2" und 56,42
REAPERTURA DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE DE CIERRE DRASTICO
Reapertura con reposición de 1/2 m de tubería antes de la caja de conexión de 1/2" und 41,56
Reapertura con reposición de 1/2 m de tubería antes de la caja de conexión de 3/4" und 45,34
Reapertura con reposición de 1/2 m de tubería antes de la caja de conexión de 1" und 56,89
Reapertura con reposición de 1/2 m de tubería antes de la caja de conexión de 1 1/4" und 63,51
Reapertura con reposición de 1/2 m de tubería antes de la caja de conexión de 1 1/2" und 70,05
{G}PROYECTO
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Domingo 28 de octubre de 2018 / El Peruano
{G}PROYECTO

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RCD 042-2018-SUNASS-CD Proyecto de resolución que establecería para la EPS EMAQ S.R.L. la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión del quinquenio regulatorio 2019-2024, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
  • Numero : 042-2018-SUNASS-CD
  • Emitida por : Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - Proyecto
  • Fecha de emision : 2018-10-28
  • Fecha de aplicacion : 2018-10-29

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El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.