11/08/2018

Aceptan Cooperación Financiera No Reembolsable RM 378-2018-EF/52 Aate

Poder Ejecutivo, Aate Aceptan Cooperación Financiera No Reembolsable del BID para financiar la ejecución de proyectos a cargo del Ministerio del Ambiente a través del Programa Nacional de Conservación de Bosques y Mitigación del Cambio Climático RM 378-2018-EF/52 Lima, 5 de noviembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, los párrafos 35.1 y 35.3 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, establecen
Poder Ejecutivo, Aate
Aceptan Cooperación Financiera No Reembolsable del BID para financiar la ejecución de proyectos a cargo del Ministerio del Ambiente a través del Programa Nacional de Conservación de Bosques y Mitigación del Cambio Climático
RM 378-2018-EF/52
Lima, 5 de noviembre de 2018

CONSIDERANDO:



Que, los párrafos 35.1 y 35.3 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, establecen que la programación, gestión, negociación, aprobación, suscripción y registro de las cooperaciones internacionales no reembolsables, de carácter técnico o financiero, directamente ligadas a Operaciones de Endeudamiento del Gobierno Nacional, que se otorguen a favor del Estado, están a cargo de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, las cuales se aprueban mediante resolución ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID)
otorga una Cooperación Financiera No Reembolsable a la República del Perú hasta por la suma de US$ 19
500 000,00 (DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS
MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), para financiar parcialmente la ejecución de los proyectos "Mejoramiento de los servicios de apoyo al aprovechamiento sostenible de la biodiversidad de los ecosistemas en el paisaje forestal en el corredor Tarapoto - Yurimaguas, de los Departamentos de San Martín y Loreto", "Mejoramiento de los servicios de apoyo al aprovechamiento sostenible de la biodiversidad de los ecosistemas en el paisaje forestal en el corredor Puerto Maldonado - Iñapari y en el ámbito de la Reserva Comunal Amarakaeri, en el departamento de Madre de Dios" y "Mejoramiento de los servicios de Información ambiental para el mapeo de la deforestación en los bosques amazónicos del Perú";


Que, la citada Cooperación Financiera No Reembolsable busca lograr un adecuado aprovechamiento sostenible de la biodiversidad de los ecosistemas en el paisaje forestal en los corredores Yurimaguas-Tarapoto (San Martín, Loreto), Puerto Maldonado-Iñapari-Amarakaeri (Madre de Dios) y un mejoramiento de los servicios de información ambiental para el mapeo de la deforestación en los bosques amazónicos del Perú;


Que, resulta necesario formalizar la aceptación de la referida Cooperación Financiera No Reembolsable
y autorizar la suscripción del Convenio que lo implementa;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público y;

SE RESUELVE:



Artículo 1. Aceptar la Cooperación Financiera No Reembolsable que otorga el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), hasta por la suma de US$ 19
500 000,00 (DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS
MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para financiar parcialmente la ejecución de los proyectos "Mejoramiento de los servicios de apoyo al aprovechamiento sostenible de la biodiversidad de los ecosistemas en el paisaje forestal en el corredor Tarapoto - Yurimaguas, de los Departamentos de San Martín y Loreto", "Mejoramiento de los servicios de apoyo al aprovechamiento sostenible de la biodiversidad de los ecosistemas en el paisaje forestal en el corredor Puerto Maldonado - Iñapari y en el ámbito de la Reserva Comunal Amarakaeri, en el departamento de Madre de Dios" y "Mejoramiento de los servicios de Información ambiental para el mapeo de la deforestación en los bosques amazónicos del Perú", a ser ejecutados por el Ministerio del Ambiente, a través del Programa Nacional de Conservación de Bosques y Mitigación del Cambio Climático (PNCBMCC).

Artículo 2. Autorizar al Director General de Endeudamiento y Tesoro Público, o a quien éste designe, a suscribir el Convenio y demás documentación correspondiente que permita la implementación de la Cooperación Financiera No Reembolsable referida en el artículo 1 precedente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 378-2018-EF/52 Aceptan Cooperación Financiera No Reembolsable del BID para financiar la ejecución de proyectos a cargo del Ministerio del Ambiente a través del Programa Nacional de Conservación de Bosques y Mitigación del Cambio Climático
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 378-2018-EF/52
  • Emitida por : Aate - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-11-08
  • Fecha de aplicacion : 2018-11-09

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.