11/17/2018

Excluyen Once Fichas Técnicas Rubro Medicamentos RJ 109-2018-PERU Seguro Integral de Salud

Organismos Ejecutores, Seguro Integral de Salud Excluyen once Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC RJ 109-2018-PERU COMPRAS Lima, 15 de noviembre de 2018 VISTOS: El Informe Nº 125-2018-PERU COMPRAS/ JEFATURA-DSI, emitido por la Dirección de Subasta Inversa, así como el Informe Nº 234-2018-PERU COMPRAS/SG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas
Organismos Ejecutores, Seguro Integral de Salud
Excluyen once Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC
RJ 109-2018-PERU COMPRAS
Lima, 15 de noviembre de 2018
VISTOS:

El Informe Nº 125-2018-PERU COMPRAS/ JEFATURA-DSI, emitido por la Dirección de Subasta Inversa, así como el Informe Nº 234-2018-PERU
COMPRAS/SG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS; y,

CONSIDERANDO:



Que, la Central de Compras Públicas - PERU
COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;
y tiene como funciones, entre otras, la de realizar las compras corporativas obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente, realizar las compras corporativas facultativas que le encarguen otras entidades del Estado, realizar las adquisiciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente, promover y conducir los procesos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes, y promover la Subasta Inversa, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1018, modificado por Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado;


Que, el artículo 78 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS genera y aprueba las fichas técnicas de los bienes y servicios transables, de acuerdo a lo previsto en la Directiva que emita para estos efectos, las que son incluidas en un Listado de Bienes y Servicios Comunes al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modificación o exclusión, previo sustento técnico;

Que, el numeral 8.14 de las Disposiciones Específicas de la Directiva Nº 006-2016-PERU COMPRAS, denominada "Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la obligatoriedad de su uso", aprobada por la Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERU

COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERU COMPRAS, en adelante "la Directiva", establece que PERU COMPRAS
podrá excluir una Ficha Técnica del Listado de Bienes
y Servicios Comunes, previo sustento técnico de la verificación de los siguientes supuestos: i) Inexistencia de demanda del bien o servicio, por las Entidades del Estado en un periodo de cuatro (04) años, contados a partir de su última contratación mediante el procedimiento de Subasta Inversa Electrónica; ii) Pérdida de la condición de común del bien o servicio; e iii) Inexistencia de la oferta del mercado de organismos evaluadores de conformidad, para verificar la calidad del bien o servicio, de ser el caso;

Que, el Anexo Único de Definiciones del Reglamento de la Ley de Contrataciones señala que son Bienes o Servicios Comunes, aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especificaciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados, como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan;

Que, el numeral 8.15 de las Disposiciones Específicas de la mencionada Directiva, establece que a través de Resolución Jefatural se aprobará la modificación o la exclusión de la ficha técnica del LBSC;

Que, mediante el Informe Nº 125-2018-PERU
COMPRAS/JEFATURA-DSI, la Dirección de Subasta Inversa sustenta la exclusión de once (11) Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, luego de haber verificado la pérdida de la condición de bien común al constatar que no existe más de un (01) proveedor en el mercado con Registro Sanitario vigente para la comercialización de los mencionados bienes;

Que, por medio del Informe Nº 234-2018-PERU
COMPRAS/SG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, de acuerdo al sustento técnico expuesto por la Dirección de Subasta Inversa, resulta procedente la exclusión de once (11) Fichas Técnicas del Rubro de Medicamentos y Productos Farmacéuticos, incluidas en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, al haberse incurrido en la causal de exclusión referida a la pérdida de la condición de bien común;

Con el visto bueno de la Secretaría General, la Dirección de Subasta Inversa, y la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1018; el artículo 78 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 350-2015-EF; la Directiva Nº 006-2016-PERU COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERU COMPRAS, modificada por la Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERU COMPRAS; y en uso de la atribución conferida por los literales c) y f) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo Nº 364-2015-EF;

SE RESUELVE:



Artículo Primero.- Excluir once (11) Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Disponer que la Dirección de Subasta Inversa cumpla con retirar las once (11)
Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, excluidas en el Artículo Primero de la presente Resolución.

Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS (www. perucompras.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERNANDO MASUMURA TANAKA
Jefe de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 109-2018-PERU COMPRAS Excluyen once Fichas Técnicas del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 109-2018-PERU COMPRAS
  • Emitida por : Seguro Integral de Salud - Organismos Ejecutores
  • Fecha de emision : 2018-11-17
  • Fecha de aplicacion : 2018-11-18

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