11/30/2018

Otorgan Delegación Facultad Emitir Certificados RM 477-2018-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo

Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Otorgan la delegación de la facultad de emitir Certificados de Origen a la Cámara de Comercio e Industria de Ilo RM 477-2018-MINCETUR Lima, 27 de noviembre de 2018 Visto, el Expediente Nº 1176241, presentado por la Cámara de Comercio e Industria de Ilo, el Informe Técnico Nº 25-2018-MINCETUR/VMCE/DGFCE-DUO-JSS y el Informe Legal Nº 12-2018-MINCETUR/VMCE/DGFCE-DUO-JBS de la Dirección de la Unidad de Origen de la
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo
Otorgan la delegación de la facultad de emitir Certificados de Origen a la Cámara de Comercio e Industria de Ilo
RM 477-2018-MINCETUR
Lima, 27 de noviembre de 2018
Visto, el Expediente Nº 1176241, presentado por la Cámara de Comercio e Industria de Ilo, el Informe Técnico Nº 25-2018-MINCETUR/VMCE/DGFCE-DUO-JSS y el Informe Legal Nº 12-2018-MINCETUR/VMCE/DGFCE-DUO-JBS de la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior, el Memorándum Nº 469-2018-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior, el Informe Nº 469-2018-MINCETUR/SG/OGPPD y el Memorándum Nº 763-2018-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

CONSIDERANDO:



Que, de acuerdo a lo señalado en los documentos del Visto, la Cámara de Comercio e Industria de Ilo ha
solicitado al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, se le otorgue la delegación de la facultad de emitir Certificados de Origen a las empresas exportadoras de la región de Moquegua;

Que, la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, a través de los documentos del Visto, estima viable otorgar la delegación de la facultad de emitir Certificados de Origen a la Cámara de Comercio e Industria de Ilo, sustentando la emisión de la presente Resolución;


Que, el numeral 5 del artículo 5 de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el artículo 53-C del Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias, señalan que el MINCETUR, a través de la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, es el organismo competente para emitir Certificados de Origen, en el marco de los acuerdos suscritos por el Perú, en los regímenes preferenciales y no preferenciales, así como mantener un registro de los mismos;


Que, el Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo tiene la facultad de delegar dicha competencia en personas jurídicas del sector privado cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hacen conveniente y en forma temporal, conforme a lo dispuesto en los artículos 76 y 79 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS;

Que, existen razones de orden técnico, económico, social y territorial para delegar la facultad de emitir Certificados de Origen a la Cámara de Comercio e Industria de Ilo y, asimismo, se cuenta con la opinión favorable de la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior al respecto; por lo que, resulta conveniente otorgar la delegación solicitada en la entidad antes mencionada;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Otorgar la delegación de la facultad de emitir Certificados de Origen a la Cámara de Comercio e Industria de Ilo, a fin que pueda emitir certificados de origen a las mercancías producidas en la región de Moquegua, por un plazo de un (01) año, el mismo que se computará a partir de la fecha de suscripción del convenio a que se hace referencia en el artículo 2 de la presente Resolución.

Artículo 2.- La delegación será ejercida de acuerdo a los términos del convenio que se suscribirá entre el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Cámara de Comercio e Industria de Ilo, conforme a las normas vigentes.

Artículo 3.- Autorizar al Viceministro de Comercio Exterior a suscribir, en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el convenio a que se refiere el artículo 2 de la presente Resolución.

Artículo 4.- Vencido el plazo señalado en el artículo 1 de la presente Resolución, la Cámara de Comercio e Industria de Ilo no podrá continuar emitiendo Certificados de Origen; salvo para la atención de aquellas solicitudes que fueran presentadas dentro del plazo establecido. De requerir una nueva delegación, ésta deberá solicitarse al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, previo cumplimiento de los requisitos de Ley.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROGERS VALENCIA ESPINOZA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 477-2018-MINCETUR Otorgan la delegación de la facultad de emitir Certificados de Origen a la Cámara de Comercio e Industria de Ilo
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 477-2018-MINCETUR
  • Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-11-30
  • Fecha de aplicacion : 2018-12-01

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