11/01/2018

Tarifario Servicios Tecnológicos Dirección RE 228-2018-ITP/DE Produce

Poder Ejecutivo, Produce Modifican Tarifario de Servicios Tecnológicos de la Dirección de Investigación, Desarrollo, Innovación y Transferencia Tecnológica INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RE 228-2018-ITP/DE Lima, VISTO: Los Memorandos Nº 1070 y 1197-2018-ITP/DIDITT de fecha 7 de septiembre y 11 de octubre de 2018, respectivamente, emitidos por la Dirección de Investigación, Desarrollo, Innovación y Transferencia Tecnológica; los Memorandos Nº 12259
Poder Ejecutivo, Produce
Modifican Tarifario de Servicios Tecnológicos de la Dirección de Investigación, Desarrollo, Innovación y Transferencia Tecnológica INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN
RE 228-2018-ITP/DE
Lima,
VISTO:

Los Memorandos Nº 1070 y 1197-2018-ITP/DIDITT de fecha 7 de septiembre y 11 de octubre de 2018, respectivamente, emitidos por la Dirección de Investigación, Desarrollo, Innovación y Transferencia Tecnológica; los Memorandos Nº 12259 y 12318-2018-ITP/OA de fecha 18
y 19 de septiembre de 2018, respectivamente, emitidos por la Oficina de Administración; el Memorando Nº 1225-2018-ITP/OGRRHH de fecha 20 de septiembre de 2018, emitido por la Oficina de Gestión de Recursos Humanos;
el Informe Nº 384-2018-ITP/OPPM de fecha 29 de octubre de 2018, emitido por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº 749-2018-ITP/OAJ de fecha 30 de octubre de 2018, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451 se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP);

Que, el ITP tiene como parte de sus recursos los provenientes de los directamente recaudados que se generen de la prestación de servicios, conforme lo dispone el literal d) del artículo 16 del Decreto Legislativo Nº 92; Ley de creación del ITP, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451;


Que, de acuerdo a lo previsto por el numeral 44.2 del artículo 44 del Reglamento de Organización y Funciones del ITP (en adelante el ROF), aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, son recursos del ITP los directamente recaudados, que se generen en el marco de su competencia; siendo que el ITP tiene sus competencias establecidas de acuerdo al artículo 2 del ROF, las siguientes: en materia de investigación, desarrollo, innovación, adaptación, transformación y transferencia tecnológica, con el propósito de lograr el óptimo aprovechamiento de los recursos para contribuir al incremento de la competitividad del sector producción.


Asimismo, promueve el aprovechamiento sostenible de recursos hidrobiológicos;

Que, el artículo 45 del ROF dispone que los ingresos propios provenientes del desarrollo de las actividades que realiza el ITP así como los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica constituyen tasas o tarifas, según correspondan, las cuales serán determinadas en cada caso, en el marco de la legislación vigente;

Que, en ese contexto normativo por Resolución Ejecutiva Nº 150-2017-ITP/DE, se aprueba el "Tarifario de Servicios Tecnológicos de la Dirección de Investigación, Desarrollo, Innovación y Transferencia Tecnológica", modificado por la Resolución Ejecutiva Nº 195-2017-ITP/ DE y por la Resolución Ejecutiva Nº 119-2018-ITP/DE;

Que, la Dirección de Investigación, Desarrollo, Innovación y Transferencia Tecnológica, mediante los Memorandos Nº 1070 y 1197-2018-ITP/DIDITT de fecha 7 de septiembre y 11 de octubre de 2018, respectivamente, presenta la propuesta de modificación del Tarifario de Servicios Tecnológicos de la referida dirección, con la finalidad de incorporar dieciséis (16) servicios;

Que, teniendo en cuenta que los servicios que propone brindar la Dirección de Investigación, Desarrollo, Innovación y Transferencia Tecnológica no son prestados en exclusividad, corresponde aplicar lo señalado en el numeral 42.4 del artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, que dispone para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución de Titular del Pliego establecen los requisitos y costos correspondientes a ellos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal;

Que, asimismo, corresponde aplicar lo indicado por el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, que señala que el Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá la descripción clara y precisa de los servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago;

Que, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos mediante el Memorando Nº 1225-2018-ITP/OGRRHH, remite el Cuadro Nº 1 "Cuadro de Equivalencias" y el Cuadro Nº 2 "Cuadro de Mano de Obra por minuto de personal CAS de la Dirección de Investigación, Desarrollo, Innovación y Transferencia Tecnológica;

Que, en cumplimiento de sus funciones, la Oficina de Administración mediante los Memorandos Nº 12259 y 12318-2018-ITP/OA, remite los Anexos 02 y 04 respecto al "Costo de los materiales Fungibles" y "Costo de los materiales no Fungibles", los mismos que fueron validados y que corresponden a las compras realizadas por el ITP e indica que se verifico los cálculos presentados en el Anexo Nº 5 "Costo de Depreciación. Mantenimiento y Consumo de Energía", dando la conformidad de los mismos;

Que, mediante el Informe Nº 384-2018-ITP/OPPM, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite opinión favorable para la modificación del T arifario de Servicios Tecnológicos de la Dirección de Investigación, Desarrollo, Innovación y Transferencia Tecnológica (DIDITT), incorporando dieciséis (16) servicios en el Tarifario de Servicios Tecnológicos de la Dirección de Investigación, Desarrollo, Innovación y Transferencia T ecnológica;

Que, por el Informe Nº 749-2018-ITP/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica, opina que resulta jurídicamente viable aprobar la modificación del Tarifario de Servicios Tecnológicos de la Dirección de Investigación, Desarrollo, Innovación y Transferencia Tecnológica, incorporando los dieciséis (16) servicios propuestos. al encontrarse dichos servicios dentro de las funciones del ITP y por cumplirse con los supuestos establecidos en la normatividad vigente sobre la materia;

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la modificación del Tarifario de Servicios del Tarifario de Servicios Tecnológicos de la Dirección de Investigación, Desarrollo, Innovación y Transferencia Tecnológica, incorporando los dieciséis (16) servicios propuestos por la citada dirección;

Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451 se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, norma que
establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes;
el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Modificar el "Tarifario de Servicios Tecnológicos de la Dirección de Investigación, Desarrollo, Innovación y Transferencia Tecnológica", aprobado por la Resolución Ejecutiva Nº 150-2017-ITP/DE, modificado por la Resolución Ejecutiva Nº 195-2017-ITP/DE y por la Resolución Ejecutiva Nº 119-2018-ITP/DE, incluyendo dieciséis (16) servicios, en virtud de los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al Anexo adjunto.

Artículo 2.- Publíquese la presente Resolución y su Anexo en el Diario Oficial "El Peruano".

Artículo 3.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) www.itp.gob.pe, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO VILLARÁN CÓRDOVA
Director Ejecutivo
ANEXO
TARIFARIO DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS
DE LA DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO,
INNOVACIÓN Y TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA - DIDITT
Nº Denominación del Servicio Tecnológico Requisitos Unidad de Medida Valor del Servicio (S/)
% UIT
SERVICIOS DE LABORATORIO
001 Detección de Vibrio cholerae Solicitud dirigida al Director/a de DIDITT con carácter de Declaración Jurada y obligatoria según Formulario
ITP-00-FR-0001
Por ensayo 103.60 2.50 %
002
Numeración de Vibrio parahaemolyticus Por ensayo 89.30 2.15 %
003
Detección y recuento de Enterococos intestinales (método por filtración de membrana)
Por ensayo 102.40 2.47 %
004
Detección y recuento de Escherichia coli y de bacterias coliformes (método por filtración de membrana)
Por ensayo 79.80 1.92 %
005 Detección huevos de Helmintos Por ensayo 65.60 1.58 %
006
Numeración de Bacterias Heterotróficas Por ensayo 36.80 0.89 %
007
Numeración de coliformes termotolerantes Por ensayo 43.90 1.06 %
008 Detección de Parásitos en peces Por ensayo 63.60 1.53 %
009
Numeración de Escherichia coli glucoronidasa positiva Por ensayo 47.80 1.15 %
010
Determinación de Cloro Residual en agua Por ensayo 25.00 0.60 %
011
Determinación de Aminas Biogenas (Histamina) por HPLC
Por ensayo 75.00 1.81 %
012
Determinación de materia oxidable en agua Por ensayo 15.00 0.36 %
013
Determinación de residuos tras evaporación del agua en calentamiento Por ensayo 18.00 0.43 %
014 Determinación de Mercurio Por ensayo 70.00 1.69 %
015
Determinación de Nitrógeno de Bases Volátiles Totales (N-BVT)
Por ensayo 36.00 0.87 %
016
Determinación del Índice de Anisidina Por ensayo 60.00 1.45 %
Notas: * El pago se hará en efectivo, cheque o transferencia bancaria a la cuenta del ITP (Banco de la Nación), proporcionada por la DIDITT.
* La tarifa expresada en porcentaje de la UIT no incluye el Impuesto General a las Ventas (IGV).

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RE 228-2018-ITP/DE Modifican Tarifario de Servicios Tecnológicos de la Dirección de Investigación, Desarrollo, Innovación y Transferencia Tecnológica INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN EJECUTIVA
  • Numero : 228-2018-ITP/DE
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-11-01
  • Fecha de aplicacion : 2018-11-02

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