1/29/2019

Anexo 147 2018 sucamec Contiene Tabla Aranceles RS 114-2019-SUCAMEC Autoridad Portuaria Nacional

Organismos Tecnicos Especializados, Autoridad Portuaria Nacional Modifican el anexo de la Resolución de Superintendencia Nº 147-2018-SUCAMEC, que contiene la Tabla de Aranceles de Costas y Gastos Procesales para los Procedimientos de Ejecución Coactiva seguidos por la SUCAMEC RS 114-2019-SUCAMEC Lima, 23 de enero de 2019 VISTO: el Informe Nº 00003-2019-SUCAMEC-OGA-EC de fecha 03 de enero de 2019, del Ejecutor Coactivo de la Oficina General de Administración; El
Organismos Tecnicos Especializados, Autoridad Portuaria Nacional
Modifican el anexo de la Resolución de Superintendencia Nº 147-2018-SUCAMEC, que contiene la Tabla de Aranceles de Costas y Gastos Procesales para los Procedimientos de Ejecución Coactiva seguidos por la SUCAMEC
RS 114-2019-SUCAMEC
Lima, 23 de enero de 2019
VISTO: el Informe Nº 00003-2019-SUCAMEC-OGA-EC de fecha 03 de enero de 2019, del Ejecutor Coactivo de la Oficina General de Administración; El Informe Técnico Nº 002-2019-SUCAMEC-OGPP de fecha 09 de enero de 2019, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal Nº 00070-2019-SUCAMEC-OGAJ de fecha 18 de enero de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:



Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127 se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones;

Que, el literal n) del artículo 27º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN, establece como función de la Oficina General de Administración ejercer la potestad de ejecución coactiva;


Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 9.1 del artículo 9º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, se considera obligación exigible coactivamente a la establecida mediante acto administrativo emitido conforme a ley, debidamente notificado y que no haya sido objeto de recurso impugnatorio alguno en la vía administrativa, dentro de los plazos de ley o en el que hubiere recaído resolución firme confirmando la obligación. También serán exigibles en el mismo procedimiento las costas y gastos en que la Entidad hubiere incurrido durante la tramitación de dicho procedimiento;


Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 147-2018-SUCAMEC de fecha 07 de febrero 2018, publicada en el diario oficial El Peruano el día 08 de febrero 2018, se aprobó la Tabla de Aranceles de Costas y Gastos Procesales de los Procedimientos de Ejecución Coactiva seguidos por la SUCAMEC, en la que se detalla los actos procesales con indicación del monto en soles y el porcentaje correspondiente a cada uno de ellos;

Que, con Informe Nº 00003-2019-SUCAMEC-OGA-EC de fecha 03 de enero de 2019, el Área de Ejecución Coactiva de la Oficina General de Administración señala que la Resolución de Superintendencia Nº 147-2018-SUCAMEC ha especificado de manera individual el monto en soles a cobrar a los administrados por concepto de costas y gastos del procedimiento de cobranza coactiva, teniendo como base la UIT vigente al año de aprobación de la referida norma; sin embargo, dado que ha variado el monto de la UIT para el presente año 2019, es necesario que se proceda a la actualización o modificación de la Tabla de Aranceles de Costas y Gastos Procesales de los Procedimientos de Ejecución Coactiva seguidos por la SUCAMEC, de acuerdo al valor de la UIT para el presente Año Fiscal, fijado por Decreto Supremo Nº 298-2018-EF, siendo el valor de la UIT para el ejercicio del Año Fiscal de cuatro mil doscientos y 00/100 soles (S/ 4,200.00);

Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe Técnico Nº 002- 2019-SUCAMEC-OGPP de fecha 09 de enero de 2019, emitió opinión técnica favorable en relación a la modificación de los valores monetarios de la Tabla de Aranceles de Costas y Gastos de los Procedimientos de Ejecución Coactiva, conforme a la aplicación de la UIT
vigente para el Año Fiscal 2019;

Que, asimismo, mediante Informe Legal Nº 00070- 2019-SUCAMEC-OGAJ de fecha 18 de enero de 2019, la Oficina General de Asesoría Jurídica otorgó viabilidad desde el punto de vista legal respecto a la modificación de la referida Tabla de Aranceles;

Que, por lo expuesto, resulta viable la modificación de la Tabla de Aranceles de Costas y Gastos Procesales de los Procedimientos de Ejecución Coactiva seguidos por la SUCAMEC;

Con el visado de la Jefa de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Oficina General de Administración, de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Gerente General;

De conformidad con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo Nº 1127 que crea la SUCAMEC, y el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Modificar el anexo de la Resolución de Superintendencia Nº 147-2018-SUCAMEC, publicada en el diario oficial El Peruano el día 08 de febrero 2018,
que contiene la Tabla de Aranceles de Costas y Gastos Procesales para los Procedimientos de Ejecución Coactiva seguidos por la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, a fin de actualizarla conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC (www.sucamec.gob. pe).

Artículo 3.- Poner la presente resolución en conocimiento de la Oficina General de Administración de la SUCAMEC, para los fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS ANTONIO RIVERA BECERRA
Superintendente Nacional
ACTOS PROCESALES
Monto 2019 (S/.)
% de la UIT
2019
INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN COACTIVA
EMISIÓN DE RESOLUCIÓN DE INICIO DE PEC 28.50 0.68%
NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN 18.10 0.43%
SUSPENSIÓN DE PEC 22.80 0.54%
MEDIDAS CAUTELARES
MEDIDA CAUTELAR DE RETENCIÓN BANCARIA 271.40 6.46%
MEDIDA CAUTELAR DE RETENCIÓN A TERCEROS 135.10 3.22%
MEDIDA CAUTELAR DE INSCRIPCIÓN VEHICULAR 72.50 1.72%
MEDIDA CAUTELAR DE INSCRIPCIÓN INMUEBLE 72.50 1.72%
MEDIDA CAUTELAR DE SECUESTRO CONSERVATIVO
VEHICULAR
110.20 2.62%
MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE
DEPÓSITO SIN EXTRACCIÓN
195.10 4.64%
MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE
INTERVENCIÓN EN RECAUDACIÓN
162.80 3.88%
MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE
DEPÓSITO CON EXTRACCIÓN
218.80 5.21%
MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE
INTERVENCIÓN EN INFORMACIÓN
162.30 3.86%
MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE
INTERVENCIÓN EN ADMINISTRACIÓN DE BIENES
162.30 3.86%
REMATE PÚBLICO
INICIO DE EJECUCIÓN FORZADA 59.30 1.41%
DESIGNACIÓN DE PERITOS 37.40 0.89%
TRASLADO DE INFORME PERICIAL 35.50 0.84%
CONVOCATORIA A REMATE 37.40 0.89%
PUBLICIDAD Y PEGADO DE CARTELES 45.90 1.09%
ACTAS DE REMATE 58.00 1.38%
ADJUDICACIÓN DE BIEN 22.20 0.53%
CONSENTIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 22.40 0.53%
GASTOS DENTRO DEL PROCEDIMIENTO
Los Gastos por actuaciones de Peritos, Martilleros Públicos, Interventores Recaudadores y otros que intervengan en el Procedimiento de Ejecución Coactiva además de cualquier otro gasto dentro del procedimiento coactivo serán sufragados por la SUCAMEC, los mismos que serán reembolsados por el obligado, previo proceso de liquidación de gastos, los cuales serán sustentados con los comprobantes de pago válidamente emitidos de acuerdo a lo que establece la SUNAT en la norma sobre la materia.

Según honorarios o tarifario de la entidad donde se efectúe el gasto.

1/ UIT: Unidad Impositiva Tributaria vigente a la fecha en la que se disponga la medida cautelar.

UIT DEL (S/.)
4,200.00
2/ el monto se establece sobre la base del valor de la unidad impositiva tributaria (UIT) vigente a la fecha en la que se disponga la medida cautelar.

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RS 114-2019-SUCAMEC Modifican el anexo de la Nº 147-2018-SUCAMEC, que contiene la Tabla de Aranceles de Costas y Gastos Procesales para los Procedimientos de Ejecución Coactiva seguidos por la SUCAMEC
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
  • Numero : 114-2019-SUCAMEC
  • Emitida por : Autoridad Portuaria Nacional - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2019-01-29
  • Fecha de aplicacion : 2019-01-30

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