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Proyecto Norma Técnica Dicta lineamientos RAD 011-2019-APN/DIR Autoridad Portuaria Nacional
2/27/2019
Proyecto Norma Técnica Dicta lineamientos RAD 011-2019-APN/DIR Autoridad Portuaria Nacional
Organismos Tecnicos Especializados, Autoridad Portuaria Nacional Aprueban Proyecto de Norma Técnica que dicta "Lineamientos mínimos para la modificación de la metodología de medición de los niveles de servicio y productividad, aprobados por la Autoridad Portuaria Nacional, en caso de los terminales portuarios concesionados" RAD 011-2019-APN/DIR Callao, 14 de febrero de 2019 VISTO: El Informe Legal Nº 026-2019-APN/UAJ de fecha 25 de enero de 2019, emitido por
Aprueban Proyecto de Norma Técnica que dicta "Lineamientos mínimos para la modificación de la metodología de medición de los niveles de servicio y productividad, aprobados por la Autoridad Portuaria Nacional, en caso de los terminales portuarios concesionados"
RAD 011-2019-APN/DIR
Callao, 14 de febrero de 2019
VISTO:
El Informe Legal Nº 026-2019-APN/UAJ de fecha 25 de enero de 2019, emitido por la Unidad de Asesoría Juridica, mediante el cual recomienda la aprobación de los lineamientos mínimos para la modificación de la metodología de medición de los niveles de servicio y productividad, aprobados por la Autoridad Portuaria Nacional, en caso de los terminales portuarios concesionados;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 19 de la Ley Nº 27943 - Ley del Sistema Portuario Nacional (en adelante, LSPN), crea la Autoridad Portuaria Nacional (en adelante, APN), como Organismo Técnico Especializado encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, y financiera, y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones;
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Que, el artículo 2 de la LSPN dispone que su ámbito de aplicación son las actividades portuarias y servicios portuarios realizados dentro de las zonas portuarias, así como las competencias y atribuciones de las autoridades vinculadas al Sistema Portuario Nacional; mientras que el artículo 3 de la misma norma, establece que constituyen lineamientos esenciales de la Política Portuaria Nacional, el fomento y planeamiento de la competitividad de los servicios portuarios y la promoción del comercio nacional, regional e internacional; así como la promoción de la competitividad internacional del Sistema Portuario Nacional;
Que, el artículo 19 del Reglamento de Organización y Funciones de APN, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC, establece, entre otros, que la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente (en adelante, DOMA)
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es el órgano de línea dependiente de la Gerencia General, encargado de promover, normar y controlar el ordenamiento administrativo y operativo de las actividades y servicios portuarios conforme a criterios de libre acceso, leal competencia y libre concurrencia en el mercado de servicios portuarios;
Que, mediante Informe Ejecutivo del visto, la DOMA
somete a consideración y aprobación del Directorio, una norma técnica que dicta "Lineamientos para la modificación de la metodología de medición de los niveles de servicio y productividad de los terminales portuarios concesionados"; tomando en consideración que en virtud a lo establecido en los diversos contratos de concesión vigentes, la APN ha elaborado y aprobado las metodologías para medición de los niveles de servicio y productividad para los siguientes terminales portuarios: (i)
Terminales Portuarios Euroandinos Paita S.A., mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 019-2011-APN/ DIR de fecha 06 de setiembre del 2011; (ii) Terminal Norte Multipropósito del Puerto del Callao, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 012-2012-APN/DIR de fecha 12 de marzo del 2012; (iii) Terminal de Embarque de Concentrados de Minerales en el Terminal Portuario del Callao, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 003-2015-APN/DIR de fecha 22 de enero del 2015; (iv)
Terminal Portuario General San Martín - Pisco, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 029-2015-APN/ DIR de fecha 16 de julio del 2015 y (v) Terminal Portuario de Yurimaguas - Nueva Reforma, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 041-2017-APN/DIR de fecha 11 de julio del 2017;
Que, las referidas metodologías permiten el control y supervisión por parte del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público del cumplimiento de los niveles de servicio y productividad establecidos en los Contratos de Concesión;
Que, en el informe de visto la DOMA señala que la APN no cuenta con lineamientos de verificación, como herramienta de gestión, que permitan asegurar la consistencia y exhaustividad de la revisión preliminar de la información presentada por el usuario o solicitud formulada por un organismo del estado, para la modificación de la metodología para la medición de los niveles de servicio y productividad y/o requerimiento de opinión técnica sobre la actualización de los contratos de concesión vigentes; representando de suma importancia contar con los referidos lineamientos que permitan revisar, estandarizar, evaluar y/o analizar objetivamente cada cambio o modificación de los mencionados instrumentos de gestión;
Que, de acuerdo con el informe de la DOMA, los lineamientos propuestos permiten contar con elementos de juicio técnicos-operativos para un análisis objetivo y práctico sustentado, para casos en que se requiera actualizar y/o modificar la metodología para la medición de los niveles de servicio y productividad, el cual puede ser solicitado por el concesionario conforme se cite en el Contrato de Concesión vigente;
Que, mediante Informe Legal Nº 026-2019-APN/UAJ de fecha 25 de enero del 2019, la Unidad de Asesoría Jurídica concluye que es legalmente viable que el Directorio apruebe el proyecto de norma técnica que dicta
"Lineamientos para la modificación de la metodología de medición de los niveles de servicio y productividad de los terminales portuarios concesionados;
Que, el numeral 1 del artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS "Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General", señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal Electrónico de la entidad o mediante cualquier otro medio, por un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, con la finalidad que las personas interesadas formulen comentarios sobre la medidas propuestas; por lo que para el presente caso se requiere la pre publicación en mención;
Que, en Sesión de Directorio Nº 483 de fecha 12 de febrero del 2019, el Directorio acordó, entre otros, aprobar la norma técnica de lineamientos para la modificación de la metodología de medición de los niveles de servicio y productividad de los terminales concesionados, disponiendo su pre publicación, para recibir los comentarios de la comunidad en general;
Que, a efectos de materializar el acuerdo adoptado por el Directorio de la APN, resulta necesario emitir el acto administrativo correspondiente;
De conformidad con la Ley Nº 27943 - Ley del Sistema Portuario Nacional y su respectivo reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional, aprobado con Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC y el Decreto Supremo Nº 122-2017-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el proyecto de Norma Técnica que dicta "Lineamientos mínimos para la modificación de la metodología de medición de los niveles de servicio y productividad, aprobados por la Autoridad Portuaria Nacional, en caso de los terminales portuarios concesionados", la misma que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Relaciones Institucionales de la Autoridad Portuaria Nacional efectúe la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en la página web de la Autoridad Portuaria Nacional, www.apn.gob.pe, a efectos de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de la ciudadanía en general, durante el plazo de treinta (30)
días.
Artículo 3.- Designar al señor Johnny Najarro Guzmán, especialista de la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente de la Autoridad Portuaria Nacional, para que acopie y compile todas las observaciones y comentarios que realice la comunidad portuaria y personas interesadas, así como elabore la matriz correspondiente y proponga los cambios o modificaciones necesarias al proyecto de norma técnica, para lo cual se debe habilitar el correo electrónico jnajarro@apn.gob.pe, para que, por medio de ello, se hagan llegar las observaciones y comentarios respectivos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDGAR PATIÑO GARRIDO
Presidente del Directorio
NORMA LEGAL:
- Titulo: RAD 011-2019-APN/DIR Aprueban Proyecto de Norma Técnica que dicta "Lineamientos mínimos para la modificación de la metodología de medición de los niveles de servicio y productividad, aprobados por la Autoridad Portuaria Nacional, en caso de los terminales portuarios concesionados"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO
- Numero : 011-2019-APN/DIR
- Emitida por : Autoridad Portuaria Nacional - Organismos Tecnicos Especializados
- Fecha de emision : 2019-02-27
- Fecha de aplicacion : 2019-02-28
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