2/10/2019

Tarifario Servicios No Prestados Exclusividad RJ 029-2019-BNP Biblioteca Nacional del Peru

Organismos Ejecutores, Biblioteca Nacional del Peru Aprueban el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú - 2019 RJ 029-2019-BNP Lima, 8 de febrero de 2019 VISTOS: el Memorando Múltiple Nº 049-2018-BNP-GG de fecha 17 de octubre de 2018, de la Gerencia General; el Memorando Nº 36-2019-BNP-GG-OA de fecha 10 de enero de 2019, de la Oficina de Administración; los Informes Técnicos Nº 000019-2019-BNP-GG-OPP-EMO
Organismos Ejecutores, Biblioteca Nacional del Peru
Aprueban el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú - 2019
RJ 029-2019-BNP
Lima, 8 de febrero de 2019
VISTOS: el Memorando Múltiple Nº 049-2018-BNP-GG de fecha 17 de octubre de 2018, de la Gerencia General; el Memorando Nº 36-2019-BNP-GG-OA de fecha 10 de enero de 2019, de la Oficina de Administración;
los Informes Técnicos Nº 000019-2019-BNP-GG-OPP-EMO y Nº 000023-2019-BNPGG-OPP-EMO de fechas 31 de enero y 07 de febrero de 2019, del Equipo de Trabajo de Modernización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; los Memorandos Nº 000162-2019-BNP-GG-OPP y Nº 000196-2018-BNP-GG-OPP de fechas 31 de enero y 07 de febrero de 2019, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal Nº 000017-2019-BNP-GG-OAJ de fecha 07 de febrero de 2019, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 3 de la Ley Nº 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú establece que "La Biblioteca Nacional del Perú tiene personería jurídica pública, autonomía económica, administrativa y financiera y ajusta su actuación a lo dispuesto en la presente ley y a la Ley 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, y normas aplicables que regulan el sector cultura";


Que, el inciso b) del artículo 7 de la citada Ley indica que una de las fuentes de los recursos económicos de la Biblioteca Nacional del Perú proviene de los recursos directamente recaudados;

Que, el inciso 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, el inciso 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone lo siguiente:

"Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal."
Que, el primer párrafo del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, señala que "El Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá: la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago. (...)";

Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 066-2017-BNP de fecha 12 de mayo de 2017, se aprobó el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú - 2017 (en adelante, el Tarifario), siendo modificado por las Resoluciones Directorales Nacionales Nº 099-2017-BNP, Nº 147-2017-BNP y Nº 159-2017-BNP de fechas 20 de julio, 23 de octubre y 23 de noviembre de 2017, respectivamente;

Que, a través de los Decretos Legislativos Nº 1272
que modifica la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley Nº 29060; y, Nº 1246, que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa, se estableció que las entidades de la Administración Pública se encuentran prohibidas de exigir a los/as administrados/as o usuarios/as, diversa documentación;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1246, que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa establece la interoperabilidad entre entidades de la Administración Pública para la tramitación de los procedimientos administrativos y para los actos de
administración interna, en beneficio de los/as usuarios/as y administrados/as;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2018-MC
publicado en el Diario Oficial El Peruano el 11 de enero de 2018 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, el cual modificó la estructura organizacional de la entidad;

Que, en virtud a ello, mediante Memorando Nº 36-2019-BNP-GG-OA de fecha 10 de enero de 2019, la Oficina de Administración informó que había culminado con las acciones orientadas a determinar la estructura de costos de los servicios no prestados en exclusividad en las sedes San Borja y Lima de la Biblioteca Nacional del Perú, remitiendo para tales efectos diversa documentación, entre ella, el Informe Técnico "Determinación de la estructura de costos de los servicios no prestados en exclusividad del TUSNE para el año fiscal 2019";

Que, a través de los Informes Técnicos Nº 000019-2019-BNP-GG-OPP-EMO y Nº 000023-2019-BNPGG-OPP-EMO y de los Memorandos Nº 000162-2019-BNP-GG-OPP y Nº 000193-2018-BNP-GG-OPP de fechas 31 de enero y 07 de febrero de 2019, el Equipo de Trabajo de Modernización y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto concluyeron que correspondía continuar con el trámite para la aprobación de la actualización del Tarifario, precisando que "El proceso de actualización del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú, se viene desarrollando con la participación de los órganos de línea, de asesoramiento y apoyo, en el marco de las funciones del Reglamento de Organización y Funciones vigente (...)";

Que, mediante Informe Legal Nº 000017-2019-BNP-GG-OAJ de fecha 07 de febrero de 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica consideró legalmente viable emitir el acto resolutivo a través del cual se actualice el Tarifario de la entidad;

Con el visado del Equipo de Trabajo de Modernización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; de la Oficina de Administración; de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; de la Dirección de Gestión de las Colecciones; de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; y, de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; el Decreto Legislativo Nº 1246, que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa; el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; y, demás normas pertinentes;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- APROBAR el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú - 2019.

Artículo 2.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Directoral Nacional Nº 066-2017-BNP de fecha 12 de mayo de 2017, que aprobó el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú - 2017, y sus modificatorias realizadas mediante Resoluciones Directorales Nacionales Nº 099-2017-BNP, 147-2017-BNP y 159-2017-BNP de fechas 20 de julio, 23 de octubre y 23 de noviembre de 2017, respectivamente.

Artículo 3.- DISPONER que la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística publique la presente Resolución y su Anexo en el portal web institucional (www. bnp.gob.pe), en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIA EMMA MANNARELLI CAVAGNARI
Jefa Institucional Biblioteca Nacional del Perú

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 029-2019-BNP Aprueban el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú - 2019
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 029-2019-BNP
  • Emitida por : Biblioteca Nacional del Peru - Organismos Ejecutores
  • Fecha de emision : 2019-02-10
  • Fecha de aplicacion : 2019-02-11

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