2/26/2019

Transferencia Financiera Favor Unidad RM 0073-2019-JUS Justicia y Derechos Humanos

Poder Ejecutivo, Justicia y Derechos Humanos Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial RM 0073-2019-JUS Lima, 25 de febrero de 2019 VISTOS, el Oficio Nº 122-2019-UE-PMSAJ-MINJUS, de la Directora Ejecutiva del Programa de Modernización del Sistema de Administración de Justicia (PMSAJ)-Primera Etapa; el Informe Nº 061-2019-JUS/ OGPM-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización,
Poder Ejecutivo, Justicia y Derechos Humanos
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial
RM 0073-2019-JUS
Lima, 25 de febrero de 2019
VISTOS, el Oficio Nº 122-2019-UE-PMSAJ-MINJUS, de la Directora Ejecutiva del Programa de Modernización del Sistema de Administración de Justicia (PMSAJ)-Primera Etapa; el Informe Nº 061-2019-JUS/ OGPM-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y el Informe Nº 209-2019-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, la Ley Nº 30879, aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal y por Resolución Ministerial Nº 0540-2018-JUS se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el Año Fiscal 2019, a nivel de Unidad Ejecutora y Fuentes de Financiamiento, por la suma de S/ 463 818 315,00 (Cuatrocientos Sesenta y Tres Millones Ochocientos Dieciocho Mil Trescientos Quince con 00/100 Soles);

Que, la Ley Nº 30881, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2019, aprueba entre otros, los montos máximos y destinos generales de las operaciones de endeudamiento externo que puede acordar el Gobierno Nacional para el sector público durante el Año Fiscal 2019;


Que, mediante Decreto Supremo Nº 248-2011-EF, se aprobó una Operación de Endeudamiento Externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de US$ 26 000 000,00 (Veintiséis Millones con 00/100 Dólares americanos) destinada a financiar parcialmente la Primera Fase del Programa "Modernización del Sistema de Administración de Justicia para la Mejora de los Servicios Brindados a la Población Peruana (PMSAJ)-Primera Etapa", a ser ejecutado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; autorizándose al Ministerio de Economía y Finanzas, la suscripción de un Contrato de Préstamo, a mérito del cual se formalizó el Contrato de Préstamo Nº 2534/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), de fecha 09 de enero de 2012;


Que, el artículo 3 del acotado Decreto Supremo señala que la Unidad Ejecutora de la Primera Fase del Programa "Modernización del Sistema de Administración de Justicia para la Mejora de los Servicios Brindados a la Población Peruana (PMSAJ) - Primera Etapa" será el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), que actuará por intermedio de la Unidad Ejecutora del Programa (UE-PMSAJ-MINJUSDH), y el Poder Judicial (PJ), que actuará por intermedio de la Unidad Coordinadora del PMSAJ en el PJ (UCP-PMSAJ-PJ) que a su vez contará con el apoyo de la Unidad Ejecutora Nº 2: Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial (UE-002-PJ);

Que, con Resolución Ministerial Nº 0030-2012-JUS, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora Nº 003:

Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia, en el Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (UE-PMSAJ-MINJUSDH);

Que, el numeral 4.02 de la Cláusula Cuarta del Anexo Único del Contrato de Préstamo Nº 2534/OC-PE, establece que la UE-PMSAJ-MINJUS realizará las transferencias financieras a la Unidad Coordinadora de Proyectos del Poder Judicial (UE-002-PJ) de los recursos necesarios según la programación descrita en los Planes Operativos Anuales (POA), quedando la UE-002-PJ y la Unidad Coordinadora del Programa en el Poder Judicial (UCP-PMSAJ-PJ) obligadas a realizar los reportes de las transacciones financieras y de contrataciones y adquisiciones, de conformidad con las políticas del Banco y las normas nacionales;

Que, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2534/ OC-PE, con fecha 06 de julio 2012, se suscribió el Convenio Específico de Transferencia Financiera entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Poder Judicial;
estableciéndose en la Cláusula Quinta que los recursos que se indican en la Cláusula Cuarta-provenientes de la fuente de financiamiento "Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito"- serán transferidos por el MINJUSDH
al Poder Judicial de acuerdo al Plan de Desembolsos que estará contenido en el Plan de Ejecución y el Plan Operativo Anual del PROGRAMA, previa emisión de la norma que autoriza la citada transferencia;

Que, el Banco Interamericano de Desarrollo, mediante Carta Nº 1042/2018 de fecha 28 de mayo de 2018, comunica que ha procedido a extender la fecha final de desembolso del Programa hasta el 31 de marzo 2019;

Que, mediante Oficio Nº 041-2019-OCP-PJ, el Jefe de la Oficina de Coordinación de Proyectos Unidad Ejecutora Nº 002 del Poder Judicial envía a la Directora Ejecutiva del Programa de Modernización del Sistema de Administración de Justicia (PMSAJ)-Primera Etapa, el Oficio Nº 045-2019-PJ-UCP-PMSAJ, de la Unidad Coordinadora del PMSAJ del Poder Judicial, a través del cual solicita una transferencia financiera con cargo al desembolso de recursos provenientes del Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de S/ 4 406 489,00 (Cuatro Millones Cuatrocientos Seis Mil Cuatrocientos Ochenta y Nueve con 00/100 Soles), precisando que dichos recursos estarán orientados para la continuidad de la Obra del CISAJ el Porvenir;

Que, con el Oficio Nº 122-2019-UE-PMSAJ-MINJUS, la Directora Ejecutiva del Programa de Modernización del Sistema de Administración de Justicia (PMSAJ)-Primera Etapa; adjunta al expediente la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000051, de fecha 18 de febrero 2019, por un monto de S/ 4 137 963,00 (Cuatro Millones Ciento Treinta y Siete Mil Novecientos Sesenta y Tres con 00/100 soles), certificación que permite contar con el crédito presupuestario para realizar parcialmente en un primer tramo la Trasferencia Financiera solicitada;

Que, mediante el Informe Nº 061-2019-JUS/OGPM-OPRE, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Justicia y Derechos, informa que ha verificado la documentación remitida por la Directora Ejecutiva del Programa "Modernización del Sistema de Administración de Justicia para la Mejora de los Servicios Brindados a la Población Peruana (PMSAJ)
- Primera Etapa", comprobándose la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000051 por un monto de S/ 4 137 963,00 (Cuatro Millones Ciento Treinta y Siete Mil Novecientos Sesenta y Tres con 00/100 soles), dicha Certificación sustenta el crédito presupuestario para realizar en un primer tramo la Trasferencia Financiera solicitada;

Que, el literal d) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza la realización, de manera excepcional, de las transferencias financieras que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables y las operaciones oficiales de crédito, celebrados en el marco de la normativa vigente;

Que, el numeral 16.2 del mismo dispositivo legal, establece que las citadas transferencias se realicen, en el caso de la entidad del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego;

Con el visado de la Dirección Ejecutiva del Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia PMSAJ - Primera Etapa; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, y el Decreto Supremo Nº 248-2011-EF;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 006:

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Unidad Ejecutora 003: Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia, por el monto de S/ 4 137 963,00 (Cuatro Millones Ciento Treinta y Siete Mil Novecientos Sesenta y Tres con 00/100 soles), proveniente de la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor de la Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial (UE-002-PJ), para financiar
las intervenciones a cargo de la Unidad Coordinadora del PMSAJ en el Poder Judicial (UCP-PMSAJ-PJ).

Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 006:

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Unidad Ejecutora 003: Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia, Programa 9002 Asignaciones Presupuestales que no Resultan en Productos, Producto 3999999, Sin Producto, Actividad 5001253: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias; 2.4.2
Donaciones y Transferencias de Capital, específica del gasto 2.4 2.3 1 1 A otras Unidades del Gobierno Nacional;
fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito.

Artículo 3.- Monitoreo En el marco de los dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, la Unidad Ejecutora 003: Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas, para los cuales les fueron entregados los recursos.

Artículo 4.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados bajo responsabilidad a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5.- Información Conforme a lo establecido en el Contrato de Préstamo Nº 2534/OC-PE, la Unidad Ejecutora Nº 2: Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial (UE002-PJ)
y la Unidad Coordinadora del PMSAJ en el Poder Judicial (UCP-PMSAJ-PJ) están obligadas a realizar los reportes de las transacciones financieras y de contrataciones y adquisiciones, de conformidad con las políticas del Banco Interamericano de Desarrollo y las normas nacionales, así como con las disposiciones contenidas en el Convenio Específico de Transferencia Financiera entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Poder Judicial, para los efectos correspondientes de lo dispuesto en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese, publíquese.

VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Ministro de Justicia y Derechos Humanos

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 0073-2019-JUS Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 0073-2019-JUS
  • Emitida por : Justicia y Derechos Humanos - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-02-26
  • Fecha de aplicacion : 2019-02-27

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.