3/26/2019

Guía Planeamiento Institucional Establecen Plazo RPCD Centro Nacional de Planeamiento Estrategico

Organismos Tecnicos Especializados, Centro Nacional de Planeamiento Estrategico Modifican la Guía para el Planeamiento Institucional y establecen plazo máximo para el registro y aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual por parte de los Titulares de las entidades de los tres niveles de gobierno RPCD 00016-2019/CEPLAN/PCD Lima, 25 de marzo de VISTO: El Informe Nº D000002-2019-CEPLAN-DE de la Dirección Ejecutiva; y el Informe Nº D000048-2019-CEPLAN-OAJ
Organismos Tecnicos Especializados, Centro Nacional de Planeamiento Estrategico
Modifican la Guía para el Planeamiento Institucional y establecen plazo máximo para el registro y aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual por parte de los Titulares de las entidades de los tres niveles de gobierno
RPCD 00016-2019/CEPLAN/PCD
Lima, 25 de marzo de VISTO: El Informe Nº D000002-2019-CEPLAN-DE de la Dirección Ejecutiva; y el Informe Nº D000048-2019-CEPLAN-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; y,

CONSIDERANDO:



Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1088 se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, el numeral 3 del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1088 dispone que una de las funciones generales del CEPLAN es asesorar a las Entidades del Estado y a los gobiernos regionales y orientar a los gobiernos locales en la formulación, el seguimiento y la evaluación de políticas y planes estratégicos de desarrollos, con la finalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional;


Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017/CEPLAN/PCD se aprobó la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", que establece los lineamientos para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y con una visión de largo plazo;

Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva Nº 001-2017/CEPLAN/PCD, "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", establece que la Presidencia del Consejo Directivo del CEPLAN aprueba las guías e instrumentos metodológicos necesarios para orientar la actualización de planes y políticas a diferentes niveles, considerando el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y los lineamientos para casos de desastre, de conformidad con el artículo 6 de la referida Directiva;


Que, por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD se aprobó la Guía para el Planeamiento Institucional, cuyo contenido y sus modificatorias son aplicables para las entidades que integran el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico en los tres niveles de gobierno, y que establecen pautas para la elaboración, implementación, seguimiento, evaluación y mejora continua de las políticas y planes institucionales de las entidades, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, las Políticas de Estado, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, la propuesta de imagen de futuro del Perú al 2030, la Política General de Gobierno al 2021, y las políticas nacionales, sectoriales y territoriales;

Que, en el marco de la Ley Nº 30823, mediante la cual se delegó en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar respecto de, entre otras materias, modernización de la gestión del Estado, el Poder Ejecutivo aprobó y publicó el Decreto Legislativo Nº 1432, Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; el Decreto Legislativo Nº 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento; y el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, normas que establecen la articulación de los sistemas administrativos bajo su ámbito con el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;

Que, en atención de los cambios normativos antes mencionados, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 053-2018/CEPLAN/PCD se aprobó la modificación de la Guía para el Planeamiento Institucional, la cual dispuso que los pliegos de los tres niveles de gobierno aprueben al 31 de marzo su Plan Operativo Institucional (POI) Multianual;

Que, durante la implementación de la Guía para el Planeamiento Institucional modificada, se ha aprobado normativa complementaria que regula a los sistemas administrativos y se ha observado la necesidad de modificar el plazo para la aprobación del POI Multianual, por lo que se ha estimado pertinente ampliar dicho plazo;

Que el Reglamento de Organización y Funciones del CEPLAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM, establece en el literal w) de su artículo 13 que es una atribución del Presidente del Consejo Directivo de la entidad emitir las Resoluciones y Directivas pertinentes que regulen el marco conceptual, técnico, metodológico y operativo de las actividades inherentes al Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;

Con el visado del Director Ejecutivo, del Director Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos, del Director Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, del Director Nacional de Seguimiento y Evaluación y del Jefe (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017/CEPLAN/PCD; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM;

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- Modificar la sección 6 de la Guía para el Planeamiento Institucional, modificada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 053-2018/ CEPLAN/PCD y establecer el 30 de abril como plazo máximo para el registro y aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual por parte de los Titulares de las entidades de los tres niveles de gobierno.

Artículo 2º.-. Disponer que la Oficina General de Administración realice las gestiones para la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano", así como en el portal institucional: www.ceplan.gob.pe.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Única.- Para el registro y aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual, al 15 de abril de las entidades de los tres niveles de gobierno deberán haber validado internamente su Plan Estratégico Institucional (PEI) con un horizonte temporal mínimo al año 2022, con cargo a su aprobación formal posterior. Los Pliegos deberán dejar constancia de dicha validación en documento escrito.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER EDMUNDO ABUGATTÁS FATULE
Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RPCD 00016-2019/CEPLAN/PCD Modifican la Guía para el Planeamiento Institucional y establecen plazo máximo para el registro y aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual por parte de los Titulares de las entidades de los tres niveles de gobierno
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO
  • Numero : 00016-2019/CEPLAN/PCD
  • Emitida por : Centro Nacional de Planeamiento Estrategico - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2019-03-26
  • Fecha de aplicacion : 2019-03-27

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