3/19/2019
T Exto Único Procedimientos Administrativos RM 250-2019/MINSA Salud
Poder Ejecutivo, Salud Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio RM 250-2019/MINSA Lima, 14 de marzo del 2019 Vistos, los Expedientes Nºs. 18-134994-001 y 18-134994-002, que contienen la Nota Informativa Nº 794-2018-DIGEMID-DG-EA/MINSA y el Memorándum Nº 250-2019-DIGEMID-DG-EA/MINSA de la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas; los Informes Nºs. 11232-2018/DCEA/DIGESA y 001054-2019/DCEA/DIGESA de la Dirección
Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio
RM 250-2019/MINSA
Lima, 14 de marzo del 2019
Vistos, los Expedientes Nºs. 18-134994-001 y 18-134994-002, que contienen la Nota Informativa Nº 794-2018-DIGEMID-DG-EA/MINSA y el Memorándum Nº 250-2019-DIGEMID-DG-EA/MINSA de la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas; los Informes Nºs. 11232-2018/DCEA/DIGESA y 001054-2019/DCEA/DIGESA de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria; así como, los Informes Nºs. 265-2018-OOM-OGPPM/MINSA y 027-2019-OOM-OGPPM/MINSA de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Modernización; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, se aprueban los Lineamientos para la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos, que las Entidades deberán tener en cuenta para dar cumplimiento a la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en lo que respecta a la elaboración, aprobación y publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos;
Que, con Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, se aprueba la Metodología de Simplificación Administrativa y se establece disposiciones para su implementación, para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad por las entidades de la Administración Pública, cuyo objetivo general es brindar pautas a las entidades públicas para la eliminación y simplificación de procedimientos administrativos utilizando un modelo estandarizado bajo un enfoque integral;
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Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2016-SA, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Salud, modificado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 242-2016/MINSA, 263-2016/MINSA y 041-2018/MINSA y el Decreto Supremo Nº 037-2016/SA;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, establece disposiciones para la implementación del Análisis de Calidad Regulatoria - ACR, señalando que las entidades del Poder Ejecutivo deben realizar dicho análisis, respecto de todas las disposiciones normativas de alcance general, a excepción de las contenidas en leyes o normas con rango de ley, que establezcan procedimientos administrativos, a fin de identificar, reducir y/o eliminar aquellos que resulten innecesarios, injustificados, desproporcionados, redundantes o no se encuentren adecuados a la Ley del Procedimiento Administrativo General o a las normas con rango de ley que les sirven de sustento;
MAS NORMAS LEGALES: Infundada Solicitud Vacancia Contra Regidor RE 3362-2018-JNE JNE
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 075-2017-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento para la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria de procedimientos administrativos establecido en el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, precisa que no se encuentran comprendidas en el análisis de calidad regulatoria, entre otras, las Resoluciones Ministeriales que se emiten dentro de un proceso de simplificación administrativa por parte de las entidades del Poder Ejecutivo, referidas a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, así como aquellas referidas a modificaciones que no impliquen la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos;
Que, el numeral 40.5 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial; y el numeral 44.5 del artículo 44 dispone que toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector;
Que, como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria - ACR, mediante Nota Informativa Nº 794-2018-DIGEMID-DG-EA/MINSA y el Memorándum Nº 250-2019-DIGEMID-DG-EA/MINSA, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID
propone y sustenta la eliminación de cuarenta y dos (42)
requisitos, la simplificación de diecisiete (17) requisitos y la eliminación de una (1) tasa administrativa de procedimientos administrativos a su cargo, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Salud; lo que implica la modificación de treinta y dos (32) procedimientos administrativos;
Que, con Informes Nºs. 11232-2018/DCEA/DIGESA
y 001054-2019/DCEA/DIGESA, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria - DIGESA
propone y sustenta la eliminación de cinco (5) requisitos, así como la simplificación de diecinueve (19) requisitos de procedimientos administrativos a su cargo, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Salud; lo que implica la modificación de quince (15) procedimientos administrativos;
Que, mediante Informe Nº 001-2019-HEV-OGA/ MINSA, la Oficina General de Administración emite opinión favorable respecto a la propuesta formulada por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID sobre eliminación de una (1) tasa administrativa, validando la misma;
Que, a través de los Informes Nºs. 265-2018-OOM-OGPPM/MINSA y 027-2019-OOM-OGPPM/MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización - OGPPM emite opinión favorable con relación a las propuestas de modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Salud efectuadas por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID y por la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria - DIGESA, según el detalle siguiente:
Órganos # Procedimientos Modificados # Requisitos Eliminados # Requisitos Simplificados # Tasa administrativa eliminada
DIGEMID 32 42 17 1
DIGESA 15 5 19
TOTAL 47 47 36 1
Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Salud Pública;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1611, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por Ley Nº 30895;
el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decretos Supremos Nºs. 011-2017-SA y 032-2017-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dispóngase la eliminación de cuarenta y siete (47) requisitos correspondiente a los procedimientos administrativos Nºs. 37, 48, 49, 54, 62, 63, 64, 115, 116, 136, 137, 138, 139, 140, 141, 143, 145, 146, 149, 151, 153, 165 y 166; así como de una (1) tasa administrativa correspondiente al procedimiento administrativo Nº 148, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Salud, conforme se detalla en los Anexos 1 y 2, respectivamente, y que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Dispóngase la simplificación de treinta y seis (36) requisitos correspondiente a los procedimientos administrativos Nºs. 9, 10, 25, 27, 30, 36, 37, 39, 40, 41, 48, 49, 52, 54, 55, 56, 57, 59, 60, 62, 63, 65, 66, 68, 69, 70, 71, 72 y 74 contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Salud, conforme se detalla en el Anexo 3 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Adecuar los procedimientos administrativos Nºs. 9,10, 25, 27, 30, 36, 37, 39, 40, 41, 48, 49, 52, 54, 55, 56, 57, 59, 60, 62, 63, 64, 65, 66, 68, 69, 70, 71, 72, 74, 115, 116, 136, 137, 138, 139, 140, 141, 143, 145, 146, 148, 149, 151, 153, 165 y 166, que se encuentren contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Salud, a lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, y conforme se detalla en el Anexo 4 que forma parte integrante de la misma.
Artículo 4.- Remitir a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria de la Presidencia del Consejo de Ministros, copia de la presente Resolución Ministerial, así como de los Anexos a que se hace referencia en los artículos precedentes.
Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial y sus Anexos, así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Salud, se publican en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob. pe), en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www. minsa.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES
Ministra de Salud
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 250-2019/MINSA Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 250-2019/MINSA
- Emitida por : Salud - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-03-19
- Fecha de aplicacion : 2019-03-20
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