3/29/2019

Y Está Disponible Solución Sus Trámites RM 0124-2019-MINAGRI Agricultura y Riego

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Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego
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RM 0124-2019-MINAGRI
Lima, 28 de marzo de 2019
VISTOS:

Los Oficios Nº 148, Nº 220 y Nº 264-2019-MINAGRI-DVDIAR/DGAAA, de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, el Memorando Nº 341-2018-MINAGRI-SG/OGPP/OPLA, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal Nº 343-2019-MINAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, por Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, se crea el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA, el cual está a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, como ente rector;

dicho Sistema rige para toda persona natural o jurídica, pública o privada, principalmente para las entidades del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local que ejerzan funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental;

Que, de conformidad con lo dispuesto numeral 11.2 del artículo 11 de la citada Ley, el OEFA ejerce, entre otras funciones, la función normativa, que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materia de sus competencias, las normas que regulen el ejercicio de la fiscalización ambiental en el marco del SINEFA, y otras de carácter general referidas a la verificación del cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables de los administrados a su cargo; así como aquellas necesarias para el ejercicio de la función de supervisión de entidades de fiscalización ambiental, las que son de obligatorio cumplimiento para dichas entidades en los tres niveles de gobierno;


Que, los "Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - Planefa", aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA-CD, define al Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA)
como el instrumento a través del cual cada Entidad de Fiscalización Ambiental (EFA), planifica las acciones de fiscalización ambiental de su competencia a ser efectuadas durante el año calendario siguiente; el artículo 7 de los acotados Lineamientos dispone que "Para la priorización de las acciones en el Planefa se consideran los siguientes criterios, en lo que corresponda: a) Riesgo de afectación al medio ambiente y/o sus componentes, a la salud o vida de las personas por actividades bajo el ámbito de competencia de la EFA. b) Presencia de confl ictos socio-ambientales. c) Denuncias ambientales.
d) Presencia de áreas naturales protegidas y/o zonas de amortiguamiento. e) Actividades económicas con mayor número de sanciones y/o medidas administrativas impuestas. f) Administrados no fiscalizados previamente. (...)";

Que, el numeral 8.1 del artículo 8 de los citados Lineamientos, establece que el PLANEFA es aprobada por resolución de la Entidad de Fiscalización Ambiental - EFA;

Que, conforme a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, este Ministerio cumple funciones generales vinculadas a su rol rector de la Política Nacional Agraria, en los siguientes términos "5.2.2 Cumplir y hacer cumplir la normatividad en materia agraria, ejerciendo la potestad sancionadora correspondiente"; asimismo, acorde con el numeral 4.2 del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, el MINAGRI, en el marco de sus competencias compartidas, tiene la función de: "m.

Ejercer las competencias ambientales en el Sector, en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y de la normatividad vigente";

Que, al respecto, el artículo 64 del ROF del MINAGRI, dispone que la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios - DGAAA es el órgano encargado de implementar acciones en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental para la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables de competencia, en concordancia con los lineamientos de las Políticas Nacionales Agraria y Ambiental; así como promover la gestión eficiente del recurso suelo para uso agrario; asimismo, conforme al artículo 65 del citado Reglamento, la DGAAA, tiene como funciones, entre otras, "h. Conducir la supervisión, fiscalización y la auditoría ambiental de los proyectos o de las actividades en el marco de los estudios ambientales aprobados; así como el monitoreo del uso de plaguicidas químicos de uso agrícola; i. Aplicar sanciones por las infracciones ambientales en el ámbito de su competencia, de acuerdo a la normatividad vigente";

Que, mediante los Informes Nº 0009 y Nº 0032-2019-MINAGRI-DVDIAR/DGAAA-DGAA-RWZJ, remitidos con los Oficios Nº 148 y Nº 264-2019-MINAGRI-DVDIAR/DGAAA, respectivamente, la DGAAA, sustenta el proyecto de "Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental del Ministerio de Agricultura y Riego" correspondiente al año 2019, solicitando su aprobación;

Que, por Memorando Nº 341-2018 MINAGRI-SG/ OGPP/OPLA, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, remite y hace suyo el Informe Nº 018-2019-MINAGRI-SG/OGPP-OPLA de la Oficina de Planeamiento, concluyendo que "(...) el PLANEFA se encuentra alineado al Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2015-2021 y al Plan Estratégico Institucional (PEI) del MINAGRI"; recomendando continuar con las gestiones pertinentes para la aprobación del citado Plan;

Que, en consecuencia, corresponde aprobar el PLANEFA del Ministerio de Agricultura y Riego del año 2019, que desarrolla las acciones en materia de fiscalización ambiental que se ejecutan a través de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, sobre los proyectos o actividades vinculadas a la materia agraria, en el marco del SINEFA;

Con los respectivos visados del Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y sus modificatorias; en el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley Nº 30048; en el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias;
y, en los "Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - Planefa", aprobados por Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA-CD;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del Ministerio de Agricultura y Riego correspondiente al año 2019, que en Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer que la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios de acuerdo a sus funciones y en el marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA, ejecute las acciones contenidas en el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del Ministerio de Agricultura y Riego correspondiente al año 2019, que se aprueba en el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 3.- Disponer que dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, se registre el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del Ministerio de Agricultura y Riego correspondiente al año 2019, en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (www.oefa.gob.pe/aplicativos/ planefa), de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9.1 del artículo 9 de los "Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - Planefa", aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA-CD.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del Ministerio de Agricultura y Riego correspondiente al año 2019, en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri), el mismo día de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABIOLA MARTHA MUÑOZ DODERO
Ministra de Agricultura y Riego

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 0124-2019-MINAGRI Y a está disponible la solución para sus trámites de publicación de Normas Legales 6LPSOLƬFDQGRDFFLRQHV DJLOL]DQGRSURFHVRV www.elperuano.com.pe/pga Ingrese a nuestra plataforma desde una PC o laptop y realice sus trámites en el lugar donde se encuentre. SENCILLO Obtenga cotizaciones más rápidas y de manera online. RÁPIDO &HUWLƬFDGRVGLJLWDOHVTXH aseguran y protegen la integridad de su información. SEGURO Email: pgaconsulta@editoraperu.com.pe Central Telefónica : 315-0400 Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del Ministerio de Agricultura y Riego correspondiente al año 2019
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 0124-2019-MINAGRI
  • Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-03-29
  • Fecha de aplicacion : 2019-03-30

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