4/23/2019
Amplía Excepcionalmente Plazo Presentación DS 082-2019-PCM PCM
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Decreto Supremo que amplía excepcionalmente el plazo de presentación de la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas para las Autoridades Regionales y Municipales que asumieron funciones en el año 2019 DS 082-2019-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de la Ley Nº 27482, Ley que regula la publicación de la declaración jurada de ingresos, bienes y rentas de funcionarios
Decreto Supremo que amplía excepcionalmente el plazo de presentación de la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas para las Autoridades Regionales y Municipales que asumieron funciones en el año 2019
DS 082-2019-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento de la Ley Nº 27482, Ley que regula la publicación de la declaración jurada de ingresos, bienes y rentas de funcionarios y servidores públicos del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, señala en el literal a) del artículo 7, que la presentación de la declaración jurada de ingresos, bienes y rentas de inicio deberá producirse dentro de los quince (15) días útiles siguientes a la fecha en que se inicia la gestión, cargo o labor, convalidándose con su presentación oportuna los actos realizados con anterioridad a la fecha de su presentación;
Que, mediante Oficio Nº 00123-2019-CG/DC, la Contraloría General de la República solicita se modifique el Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, con la finalidad de incorporar una disposición transitoria que amplíe el plazo de manera excepcional para la presentación de la declaración jurada de ingresos, bienes y rentas de las autoridades regionales y municipales que han asumido funciones el 1 de enero del presente año;
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Que, en tal sentido, resulta necesario incorporar una disposición transitoria en el Reglamento de la Ley Nº 27482, Ley que regula la publicación de la declaración jurada de ingresos, bienes y rentas de funcionarios y servidores públicos del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, a fin de establecer que de manera excepcional, las autoridades regionales y municipales, obligadas por Ley a presentar la declaración jurada de ingresos, bienes y rentas, que asumieron funciones a partir del 1 de enero del presente año, tienen plazo para su presentación hasta el 30 de abril de 2019, bajo responsabilidad;
De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en el literal e) del numeral 2) del artículo 8 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Reglamento de la Ley Nº 27482, Ley que regula la publicación de la declaración jurada de ingresos, bienes y rentas de funcionarios y servidores públicos del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM;
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DECRETA:
Artículo 1.- Incorporación de la Tercera Disposición Transitoria al Reglamento de la Ley Nº 27482, Ley que regula la publicación de la declaración jurada de ingresos, bienes y rentas de funcionarios y servidores públicos del Estado, aprobado por Decreto Supremo
Nº 080-2001-PCM
Incorpórase la Tercera Disposición Transitoria al Reglamento de la Ley Nº 27482, Ley que regula la publicación de la declaración jurada de ingresos, bienes y rentas de funcionarios y servidores públicos del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, de acuerdo al siguiente texto:
"DISPOSICIONES TRANSITORIAS (...)
Tercera.- Excepcionalmente, las autoridades regionales y municipales, obligadas por Ley a presentar la declaración jurada de ingresos, bienes y rentas, que asumieron funciones a partir del 1 de enero de 2019, tienen plazo para su presentación hasta el 30 de abril de 2019, bajo responsabilidad".
Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil diecinueve.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE
Presidente del Consejo de Ministros
VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 082-2019-PCM que amplía excepcionalmente el plazo de presentación de la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas para las Autoridades Regionales y Municipales que asumieron funciones en el año 2019
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 082-2019-PCM
- Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-04-23
- Fecha de aplicacion : 2019-04-24
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