Inicio
Últimas normas legales
Asignación Financiera Favor Unidad Ejecutora 032: RM 544-2019-IN Interior
4/16/2019
Asignación Financiera Favor Unidad Ejecutora 032: RM 544-2019-IN Interior
Poder Ejecutivo, Interior Aprueban asignación financiera a favor de la Unidad Ejecutora 032: Oficina General de Infraestructura del Ministerio del Interior RM 544-2019-IN Lima, 12 de abril de 2019 VISTOS: La Hoja de Elevación Nº 000067-2019/ IN/OGPP de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, Informe Nº 000124-2019/IN/OGPP/OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, y el Informe Nº 000925-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría
Aprueban asignación financiera a favor de la Unidad Ejecutora 032: Oficina General de Infraestructura del Ministerio del Interior
RM 544-2019-IN
Lima, 12 de abril de 2019
VISTOS: La Hoja de Elevación Nº 000067-2019/ IN/OGPP de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, Informe Nº 000124-2019/IN/OGPP/OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, y el Informe Nº 000925-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 052-2011, se constituye en el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, el "Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana", cuyos recursos son de carácter intangible y permanente para ser destinados exclusivamente al financiamiento de actividades, proyectos, y programas destinados a combatir la inseguridad ciudadana, cuya vigencia es permanente, de conformidad con lo dispuesto en la Centésima Trigésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;
Que, el artículo 3 del acotado Decreto de Urgencia señala que el Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana cuenta con un Comité de Administración que asigna los recursos de acuerdo a los Planes de Seguridad Ciudadana aprobados en el marco de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN;
TAMBIEN PUEDES VER: Infundado Recurso Apelación Interpuesto Viettel RCD OSIPTEL
Que, asimismo, el artículo 4 del precitado Decreto de Urgencia establece que el Comité de Administración está integrado por el Presidente del Consejo de Ministros o su representante, quien lo preside, el Ministro de Economía y Finanzas o su representante y el Ministro del Interior o su representante; y cuenta con una Secretaría Técnica a cargo del Ministerio del Interior;
Que, el literal b) del numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 052-201 1, dispone que el Ministerio del Interior, mediante Resolución Ministerial, establece las entidades, finalidad y montos correspondientes para que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, efectúe directamente la asignación financiera correspondiente, con cargo a los citados recursos, a favor de la Unidad Ejecutora de Gobierno Nacional, Regional o Gobierno Local respectivo; por el monto que determine el Fondo;
MAS NORMAS LEGALES: Nombran Cónsul General Perú Bruselas Reino Bélgica RS 066-2019-RE Relaciones Exteriores
Que, conforme al inciso a) del artículo 18 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto de Sector Publico para el año fiscal 2019, se asigna en el Presupuesto Institucional del Pliego Ministerio del Interior la suma de S/ 115 294
889,00 (CIENTO QUINCE MILLONES DOSCIENTOS
NOVENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y
NUEVE Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, destinados exclusivamente para financiar la continuidad de la ejecución de proyectos de inversión previamente priorizados conforme a los fines del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, creado por Decreto de Urgencia Nº 052-2011;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 007-2012-PCM, se aprueban los Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, el cual en su artículo 11 establece las funciones de la Secretaría Técnica del Fondo, a cargo del Ministerio del Interior, encontrándose dentro de ellas "a. Identificar las actividades, proyectos y programas de alta prioridad y su presupuesto, comprendidas en los planes de seguridad ciudadana aprobados en el marco de la Ley Nº 27933, Ley de Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y su reglamento (...)";
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 458-2017-IN
se aprueba la Directiva Nº 001-2017/IN "Procedimiento para la Ejecución de los Recursos provenientes del "Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana" cuyo objeto es establecer los procedimientos para la priorización, aprobación, asignación y ejecución de los recursos provenientes del Fondo; y, su finalidad consiste en establecer que los recursos de dicho Fondo se transfieran a las Entidades solicitantes con criterios de eficiencia y equidad en actividades, proyectos y programas en materia de Seguridad Ciudadana;
Que, el literal c) del numeral 7.7 de la referida Directiva establece que la modificación, anulación y/o repriorización de la lista priorizada de proyectos es aprobada por Resolución del Ministro del Interior; debiendo ser puesta en conocimiento a los demás miembros del Comité de "El Fondo" en la Sesión del Consejo de Ministros, antes de su aprobación;
Que, mediante Memorando Nº 183-2019/IN/SG de fecha 11 de abril de 2019, la Secretaria General del Ministerio del Interior comunica a la Dirección General de Planificación y Presupuesto, que con fecha 10 de abril de 2019, se hizo de conocimiento de los miembros del Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana - FESC, la Repriorización de Proyectos de Inversión que el MININTER requiere efectuar para financiar su ejecución;
Que, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planificación y Presupuesto con Informe Nº 000124-2019/IN/OGPP/ OPMI en el marco de la citada directiva, realizó la evaluación de dieciséis (16) Proyectos de Inversión que cuentan con asignación de recursos, obteniendo como resultado un monto disponible de S/ 16 917 052,00 (DIECISÉIS MILLONES NOVECIENTOS DIECISIETE
MIL CINCUENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), recursos que financiaran tres (03) Proyectos de Inversión: i)
"Mejoramiento del Servicio Policial de las Comisarias PNP Congalla D, Ccochaccasa D y Julcamarca D de la Provincia de Angaraes - Región de Huancavelica", con
CUI 2235168, ii) "Mejoramiento del Servicio Policial de las Comisarias PNP Yauli D y Huando D de la Provincia de Huancavelica de la Región Huancavelica" con CUI
2250455 y iii) "Mejoramiento del Servicio Policial en la Comisaria PNP Pilpichaca D de la Provincia de Huaytara - Región Huancavelica", con CUI 2235208;
Que, en aplicación del numeral 7.4 de la Directiva Nº 001-2017/IN, la Oficina General de Planificación y Presupuesto con Hoja de Elevación Nº 000067-2019/IN
/OGPP, sustentado en el Informe Nº 000124-2019/IN/ OGPP/OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, propone la aprobación de la asignación financiera de recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana por el importe total de S/ 16 917 052,00 (DIECISÉIS MILLONES NOVECIENTOS
DIECISIETE MIL CINCUENTA Y DOS Y 00/100 SOLES)
a favor de la Unidad Ejecutora 032: Oficina General de Infraestructura para la ejecución de tres (03) Proyectos de Inversión relacionados a la seguridad ciudadana; para lo cual propone dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 261-2019-IN de fecha 19 de febrero de 2019, través de la cual se aprobó la asignación financiera de los recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana por el importe total de S/ 21 314 142,00 (VEINTIÚN MILLONES TRESCIENTOS CATORCE MIL
CIENTO CUARENTA Y DOS CON 00/100 SOLES), a favor de la Unidad Ejecutora 032: Oficina General de Infraestructura del Ministerio del Interior;
Con, los vistos de la Secretaría General, de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, de la Oficina General de Infraestructura y de la Oficina General de Asesoría Jurídica y;
De conformidad con la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año fiscal 2019, El Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organizaciones y Funciones del Ministerio del Interior y modificatorias, el Decreto de Urgencia Nº 052-2011, que crea el Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; el Decreto Supremo Nº 007-2012-PCM, que aprueba los Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 0004-2017-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Asignación Financiera Apruébese la asignación financiera de los recursos provenientes de los recursos del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana por el importe total de S/ 16 917052, 00 (DIECISÉIS MILLONES NOVECIENTOS DIECISIETE
MIL CINCUENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor de la Unidad Ejecutora 032: Oficina General de Infraestructura del Ministerio del Interior, de conformidad con el anexo adjunto a la presente Resolución.
Artículo 2.- Dejar sin efecto Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 261-2019-IN, de fecha 19 de febrero de 2019.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos asignados por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos, bajo responsabilidad.
Artículo 4.- Presentación de la Resolución Copia de la presente Resolución se presenta dentro de los cinco (05) días de aprobada a la Dirección General de Tesoro y Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 13.1 del artículo 13 de los Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del "Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana" aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2012-PCM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MORÁN SOTO
Ministro del Interior Anexo de la Resolución Ministerial
Nº 544-2019-IN
ÍTEM
UNIDAD
EJECUTORA
CÓDIGO
ÚNICO DE
INVERSIO-NES
NOMBRE DEL PROYECTO
RECUR-SOS HABI-LITADOS
EN SOLES
Unidad Ejecutora 032: OFICINA GENERAL DE INFRAESTRUCTURA (M. INTERIOR)
1
032: OFICINA
GENERAL DE
INFRAESTRUC-TURA MININTER
2235168
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO
POLICIAL DE LAS COMISARIAS
PNP CONGALLA D, CCOCHAC-CASA D Y JULCAMARCA D DE
LA PROVINCIA DE ANGARAES -
REGIÓN DE HUANCAVELICA
8 148
727,00
2 2250455
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO
POLICIAL DE LAS COMISARIAS
PNP YAULI D Y HUANDO D DE LA
PROVINCIA DE HUANCAVELICA
DE LA REGIÓN HUANCAVELICA
5 974
629,00
3 2235208
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO
POLICIAL EN LA COMISARIA PNP
PILPICHACA D DE LA PROVIN-CIA DE HUAYTARA - REGIÓN
HUANCAVELICA
2 793
696,00
TOTAL DE RECURSOS A FINANCIAR GOBIERNO NACIONAL -OGIN
16 917
052,00
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 544-2019-IN Aprueban asignación financiera a favor de la Unidad Ejecutora 032: Oficina General de Infraestructura del Ministerio del Interior
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 544-2019-IN
- Emitida por : Interior - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-04-16
- Fecha de aplicacion : 2019-04-17
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- noviembre 2024 (6)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)