4/10/2019

Eliminación Simplificación Requisitos RM 0137-2019-JUS Justicia y Derechos Humanos

Poder Ejecutivo, Justicia y Derechos Humanos Eliminación y simplificación de requisitos de los procedimientos administrativos en el marco del Decreto Supremo Nº 046-2019-PCM RM 0137-2019-JUS 5 de abril de 2019 VISTOS: el Oficio Nº 572-2019-JUS/DGDPAJ de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia; el Oficio Nº 373-2019-JUS/CSF-ST del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones, el Oficio Nº 2066-2019-JUS/DGDPAJ-DCMA de la Dirección de
Poder Ejecutivo, Justicia y Derechos Humanos
Eliminación y simplificación de requisitos de los procedimientos administrativos en el marco del Decreto Supremo Nº 046-2019-PCM
RM 0137-2019-JUS
5 de abril de 2019
VISTOS: el Oficio Nº 572-2019-JUS/DGDPAJ de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia; el Oficio Nº 373-2019-JUS/CSF-ST del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones, el Oficio Nº 2066-2019-JUS/DGDPAJ-DCMA de la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Mecanismos Alternativos de Solución de Confl ictos; el Oficio Nº 809-2019-JUS/DGDPAJ de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia; el Informe Nº 044-2018-JUS-OGPM-OOM de la Oficina de Organización y Modernización; el Oficio Nº 870-2019-JUS/OGPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 405-2019-JUS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, el Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, establece disposiciones para la implementación del Análisis de Calidad Regulatoria; asimismo, dispone que todas las entidades del Poder Ejecutivo deben realizar dicho análisis sobre los procedimientos administrativos establecidos en normas de alcance general;


Que, conforme a lo establecido en el numeral 2.12, incorporado por el Decreto Legislativo Nº 1448 al artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria las entidades del Poder Ejecutivo, cuando corresponda, quedan obligadas a emitir las disposiciones normativas para eliminar o simplificar requisitos; así como a adecuar y depurar las disposiciones normativas que establecían los procedimientos administrativos no ratificados;

Que, según lo establecido en el artículo 15 del Reglamento para la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria de procedimientos administrativos establecidos en el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2017-PCM, para la aplicación del análisis de calidad regulatoria de las disposiciones normativas vigentes, las entidades del Poder Ejecutivo deben remitir a la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria el análisis de cada procedimiento administrativo a iniciativa de parte conforme al Cronograma aprobado en el Anexo del acotado Decreto Supremo, correspondiendo al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, como plazo máximo, el 31 de enero de 2018;


Que, en este contexto normativo, mediante la Resolución de Secretaría General Nº 0101-2017-JUS, se conformó el Equipo Técnico encargado de la Elaboración del Análisis de Calidad Regulatoria, el mismo que cumplió, dentro del plazo previsto en la norma, con la remisión de 39 fichas para la evaluación de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria, la misma que a través del Informe Nº 003-2019-CCR-ST, ha propuesto la ratificación de quince (15) procedimientos administrativos, de los cuales ocho (08) requieren de la emisión de una medida de simplificación;

Que, asimismo, se ha declarado la improcedencia de ocho (08) procedimientos, por encontrarse dentro de los supuestos establecidos en la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento para la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2017-PCM, de los cuales tres (03) corresponden ser retirados del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del MINJUSDH.

Por otro lado, en el citado Informe Nº 003-2019-CCR-ST, la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria también propuso la eliminación de ocho (08) procedimientos administrativos, los cuales requieren ser retirados del TUPA de la entidad;

Que, en ese sentido resulta necesario proceder con la eliminación y/o simplificación de requisitos en un total de ocho (08) procedimientos administrativos;
así como, la adecuación del TUPA a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial, en lo que corresponda;

Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 046-2019-PCM, que ratifica procedimientos administrativos de las entidades del Poder Ejecutivo como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria, dispone que es obligación de las entidades del Poder Ejecutivo entre otras del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, emitir o gestionar la emisión de disposiciones normativas para eliminar y simplificar requisitos de los procedimientos administrativos señalados en el numeral 4 de la sección B del Anexo del citado Decreto Supremo;

Que, conforme a lo establecido en el numeral 40.5 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos pueden aprobarse
mediante Resolución Ministerial en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo;

Que, asimismo, el numeral 44.5 del artículo 44 del T exto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que toda modificación al Texto Único de Procedimientos que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, debiendo publicar la misma según lo dispuesto en el numeral 44.3;

De conformidad con la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y sus modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1448; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Dispóngase la eliminación de los requisitos de los procedimientos administrativos, conforme al detalle señalado en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Dispóngase la simplificación y reemplazo de los requisitos de los procedimientos administrativos, conforme al detalle señalado en el Anexo 2 que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 3.- Adecúese los procedimientos administrativos que se encuentren contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2013-JUS y sus modificatorias a lo dispuesto en el artículo 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- Retírese del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tres (03) procedimientos administrativos que fueron declarados improcedentes, así como retirar los ocho (08) procedimientos administrativos eliminados, los cuales se señalan en los Anexos 3 y 4 respectivamente, que forman parte de la presente Resolución.

Artículo 5.- Dispóngase y comuníquese a las áreas técnicas responsables de los procedimientos administrativos y la Oficina de Administración Documentaria y Archivo el cumplimiento inmediato de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial, sin perjuicio de la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos conforme al Texto Único de Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Artículo 6.- Remítase a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria de la Presidencia del Consejo de Ministros, copia de la presente Resolución Ministerial, así como los Anexos a que se hacen referencia en el artículo precedente.

Artículo 7.- Publíquese la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en el Portal del Diario Oficial El Peruano (www.elperuano.pe) y en el Portal Web Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Ministro de Justicia y Derechos Humanos

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 0137-2019-JUS Eliminación y simplificación de requisitos de los procedimientos administrativos en el marco del Decreto Supremo Nº 046-2019-PCM
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 0137-2019-JUS
  • Emitida por : Justicia y Derechos Humanos - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-04-10
  • Fecha de aplicacion : 2019-04-11

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