4/08/2019

Enmienda Protocolo Montreal Relativo Sustancias DS 017-2019-RE Relaciones Exteriores

Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores Ratifican la Enmienda del Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono DS 017-2019-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Enmienda del Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono, fue adoptada a través de la Decisión XXVIII/1 de la Vigésima Octava Reunión de las Partes del Protocolo de Montreal, celebrada del 10 al 15 de octubre de 2016, en la ciudad
Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores
Ratifican la Enmienda del Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono
DS 017-2019-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, la Enmienda del Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono, fue adoptada a través de la Decisión XXVIII/1 de la Vigésima Octava Reunión de las Partes del Protocolo de Montreal, celebrada del 10 al 15 de octubre de 2016, en la ciudad de Kigali, Ruanda;

Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57
y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;

DECRETA:



Artículo 1º.- Ratifícase la Enmienda del Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono, adoptada a través de la Decisión XXVIII/1 de la Vigésima Octava Reunión de las Partes del Protocolo de Montreal, celebrada del 10 al 15 de octubre de 2016, en la ciudad de Kigali, Ruanda.

Artículo 2º.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley Nº26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia.


Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Artículo 4º.- Dése cuenta al Congreso de la República.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de abril del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES
Ministro de Relaciones Exteriores

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 017-2019-RE Ratifican la Enmienda del Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 017-2019-RE
  • Emitida por : Relaciones Exteriores - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-04-08
  • Fecha de aplicacion : 2019-04-09

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