5/23/2019

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 157-2019-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Gobierno Regional del departamento de Loreto DS 157-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, los párrafos 49.1 y 49.2 del artículo 49 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que los Pliegos que cuenten con programas presupuestales pueden
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Gobierno Regional del departamento de Loreto
DS 157-2019-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, los párrafos 49.1 y 49.2 del artículo 49 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que los Pliegos que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos del mismo programa, siendo que, dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público;

Que, asimismo, el párrafo 49.3 del citado artículo señala que cada pliego presupuestario que transfiera recursos es responsable del monitoreo, seguimiento y verificación del cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron transferidos los recursos, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos;

Que, de acuerdo a la Nota Informativa Nº 152-2019-DPCEM-DGIESP/MINSA, la Dirección de Prevención y Control de Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud, sustenta la priorización de las intervenciones enmarcadas en el "Plan Malaria Cero Período 2017-2021", aprobado con Resolución Ministerial Nº 244-2017/MINSA, con el fin de combatir la malaria en el Departamento de Loreto;


Que, a través del Informe Nº 145-2019-OP-OGPPM/ MINSA, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud sustenta que cuenta con los recursos necesarios para efectuar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor del pliego 453: Gobierno Regional del Departamento de Loreto, para financiar intervenciones priorizadas en el marco del "Plan Malaria Cero Período 2017-2021", con el fin de combatir la malaria en dicho departamento; en virtud de lo cual, a través del Oficio Nº 924-2019-SG/MINSA, el citado Ministerio de Salud solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos;


Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de
S/ 7 068 000,00 (SIETE MILLONES SESENTA Y OCHO
MIL Y 00/100 SOLES), del pliego 011: Ministerio de Salud a favor del pliego 453: Gobierno Regional del Departamento de Loreto para el financiamiento de intervenciones de salud priorizadas, de acuerdo a lo señalado en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el artículo 49 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

DECRETA:



Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 7 068 000,00 (SIETE
MILLONES SESENTA Y OCHO MIL Y 00/100 SOLES), del pliego 011: Ministerio de Salud a favor del pliego 453:

Gobierno Regional del Departamento de Loreto, para el financiamiento de intervenciones de salud priorizadas en el marco del "Plan Malaria Cero Período 2017-2021", de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central-MINSA
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0017 : Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5000085 : Monitoreo, Supervisión, Evaluación y Control Metaxénicas y Zoonosis FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 7 068 000,00
——————
TOTAL EGRESOS 7 068 000,00
===========
A LA: En Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 453 : Gobierno Regional del Departamento de Loreto UNIDAD EJECUTORA 400 : Salud Loreto
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0017 : Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 4 593 784,00
UNIDAD EJECUTORA 401 : Salud Yurimaguas
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0017 : Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 727 153,00
UNIDAD EJECUTORA 404 : Red de Salud Datem del Marañón
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0017 : Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 1 747 063,00
———————
TOTAL EGRESOS 7 068 000,00
===========
1.2 El pliego habilitado en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia por unidad ejecutora se detallan en el Anexo "Transferencia de Partidas del Ministerio de Salud al Gobierno Regional del Departamento de Loreto en el marco del Programa Presupuestal 0017: Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis", que forma parte integrante de este Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa. gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1 de esta norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05)
días calendario de la vigencia de este dispositivo legal.

Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05)
días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos 3.1 Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 de este Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

3.2 El Gobierno Regional del Departamento de Loreto informa al Ministerio de Salud el cumplimiento de los fines y metas de los recursos transferidos a que se hace referencia en el párrafo 1.1 del artículo 1 de este Decreto Supremo.

3.3 El Ministerio de Salud es responsable del monitoreo, seguimiento y verificación del cumplimiento de los fines y metas para los cuales son transferidos los recursos, lo que incluye el monitoreo financiero de dichos
recursos, debiendo elaborar y publicar trimestralmente en su portal institucional (www.minsa.gob.pe) un informe sobre las citadas acciones.

Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES
Ministra de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 157-2019-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Gobierno Regional del departamento de Loreto
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 157-2019-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-05-23
  • Fecha de aplicacion : 2019-05-24

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