5/23/2019

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 160-2019-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Instituto Peruano del Deporte DS 160-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 000120-2019-OPP/IPD, la Oficina de Presupuesto y Planificación del Instituto Peruano del Deporte sustenta la necesidad de financiar la organización del evento deportivo internacional denominado GRAND PRIXCSLP
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Instituto Peruano del Deporte
DS 160-2019-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, mediante el Informe Nº 000120-2019-OPP/IPD, la Oficina de Presupuesto y Planificación del Instituto Peruano del Deporte sustenta la necesidad de financiar la organización del evento deportivo internacional denominado GRAND PRIXCSLP - IWF ODESUR en Lima - Perú de Levantamiento de Pesas, e indica que el pliego 342 Instituto Peruano del Deporte no cuenta con recursos para su financiamiento; en virtud de lo cual, mediante el Oficio Nº 322-2019-IPD/P, el Instituto Peruano del Deporte solicita una demanda adicional de recursos para financiar la ejecución del mencionado evento, señalando que la atención de la misma es de urgente prioridad, debido a que expondrá al Perú a nivel mundial y generará un impacto económico importante para nuestro país;

Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;


Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del pliego 009
Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 8 560 000,00 (OCHO MILLONES QUINIENTOS
SESENTA MIL Y 00/100 SOLES), a favor del pliego 342
Instituto Peruano del Deporte, para el financiamiento de la organización del evento deportivo internacional denominado GRAND PRIXCSLP - IWF ODESUR en Lima - Perú de Levantamiento de Pesas, teniendo en cuenta que dichos recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del citado pliego en el presente año fiscal;


De conformidad con lo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

DECRETA:



Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 8 560 000,00 (OCHO
MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL Y 00/100
SOLES), a favor del Instituto Peruano del Deporte, para financiar la organización del evento deportivo internacional denominado GRAND PRIXCSLP - IWF ODESUR en Lima - Perú de Levantamiento de Pesas, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 8 560 000,00
------------------ TOTAL 8 560 000,00
===========
A LA: En Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 342 : Instituto Peruano del Deporte UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Peruano del Deporte -
IPD
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0101 : Incremento de práctica de actividades físicas, deportivas y recreativas en la población peruana PRODUCTO 3000423 : Deportistas acceden a desarrollo deportivo de alta competencia ACTIVIDAD 5003258 : Subvención a las federaciones deportivas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.5 Otros Gastos 8 560 000,00
------------------- TOTAL 8 560 000,00
===========
Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de esta norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05)
días calendario de la vigencia de este dispositivo legal.

Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05)
días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos 3.1 Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 de este Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

3.2 El Instituto Peruano del Deporte es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les son transferidos los recursos a que hace referencia el artículo 1 de este Decreto Supremo.

Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Educación.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
FLOR AIDEÉ PABLO MEDINA
Ministra de Educación

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 160-2019-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Instituto Peruano del Deporte
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 160-2019-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-05-23
  • Fecha de aplicacion : 2019-05-24

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