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Conclusión Procedimiento Aprobación Oficio RGRT 008-2019-SUNASS-GRT SUNASS
6/22/2019
Conclusión Procedimiento Aprobación Oficio RGRT 008-2019-SUNASS-GRT SUNASS
Organismos Reguladores, Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento Declaran la conclusión del procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como la determinación de costos máximos de las unidades de medida, aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de EMAPA HUARAL S.A. RGRT 008-2019-SUNASS-GRT EXP.: 005-2019-SUNASS-GRT-FT Lima, 20 de junio de 2019 VISTO: La Carta Nº 124-2019-EMAPA
Declaran la conclusión del procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como la determinación de costos máximos de las unidades de medida, aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de EMAPA HUARAL S.A.
RGRT 008-2019-SUNASS-GRT
EXP.: 005-2019-SUNASS-GRT-FT
Lima, 20 de junio de 2019
VISTO:
La Carta Nº 124-2019-EMAPA HUARAL-SA-GG1
mediante la cual EMAPA HUARAL S.A.2 (en adelante, EMAPA HUARAL) solicita la aprobación de su fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión, así como la aprobación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar la prestación de los servicios colaterales.
CONSIDERANDO:
Que, el párrafo 173.1 del artículo 173 del Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento3 establece que la Sunass define y aprueba la fórmula tarifaria que corresponde a las empresas prestadoras considerando una vigencia no menor de tres ni mayor de cinco años, en función al Plan Maestro Optimizado (PMO) que presenten.
Que, ante el incumplimiento de EMAPA HUARAL
referido a la presentación de su PMO dentro del plazo previsto por el Reglamento General de Tarifas (RGT), mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria Nº 007-2019-SUNASS-GRT, publicada en el diario oficial El Peruano el 7 de junio último, se dio inicio al procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión; así como la determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, que serán aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de EMAPA HUARAL.
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Que, no obstante lo anterior, el 13 de junio de los corrientes, es decir con posterioridad a la publicación de la resolución a que se refiere el considerando anterior, con el documento de visto, EMAPA HUARAL
solicita la aprobación de su fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión, así como la aprobación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, adjuntando a su solicitud el
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PMO.
Que, de conformidad con el numeral 4 del artículo 42 del Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, constituye una obligación de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS) formular y presentar su PMO, el cual contiene el planeamiento de largo plazo con un horizonte de 30 años, razón por la cual el inicio de aprobación de oficio establecido en los artículos 34 y 35 del RGT es un supuesto de excepción por el cual la Sunass elabora un estudio tarifario sin contar con un PMO presentado por la EPS, a fin de que no se vea afectada la sostenibilidad de la prestación de los servicios de saneamiento.
Que, teniendo en cuenta lo antes señalado corresponde declarar la conclusión del procedimiento iniciado a través de la Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria Nº 007-2019-SUNASS-GRT.
De conformidad con lo dispuesto por el párrafo 197.2 del artículo 197 del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo, Ley Nº 274444.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- CONCLUIR el procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión; así como la determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, que serán aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de EMAPA HUARAL
S.A., iniciado mediante la Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria Nº 007-2019-SUNASS-GRT.
Artículo 2º.- DISPONER el archivo del presente expediente.
Artículo 3º. - NOTIFICAR a EMAPA HUARAL S.A. la presente resolución.
Artículo 4º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAX ARTURO CARBAJAL NAVARRO
Gerente (e) de Regulación Tarifaria 1
Recibido en Sunass el 13 de junio de 2019.
2
Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Huaral Sociedad Anónima.
3
Aprobado por Decreto Supremo 019-2017-VIVIENDA y sus modificatorias.
4
Aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.
NORMA LEGAL:
- Titulo: RGRT 008-2019-SUNASS-GRT Declaran la conclusión del procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como la determinación de costos máximos de las unidades de medida, aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de EMAPA HUARAL S.A.
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA
- Numero : 008-2019-SUNASS-GRT
- Emitida por : Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - Organismos Reguladores
- Fecha de emision : 2019-06-22
- Fecha de aplicacion : 2019-06-23
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