6/23/2019
Crea sello Intercultural DS 006-2019-MC Cultura
Poder Ejecutivo, Cultura Decreto Supremo que crea el "Sello Intercultural" DS 006-2019-MC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Constitución Política del Perú señala que la defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; y, el numeral 19 del artículo 2 dispone que toda persona tiene derecho a su identidad étnica y cultural y que el Estado reconoce y protege la pluralidad étnica
Decreto Supremo que crea el "Sello Intercultural"
DS 006-2019-MC
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 de la Constitución Política del Perú señala que la defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; y, el numeral 19 del artículo 2 dispone que toda persona tiene derecho a su identidad étnica y cultural y que el Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación;
Que, mediante la Ley Nº 29565 se crea el Ministerio de Cultura, como organismo rector en materia de cultura, ejerciendo competencia, exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar, evaluar y fiscalizar las políticas nacionales y sectoriales del Estado en materia de cultura, aplicables y de cumplimiento en todos los niveles de gobierno y por todas las entidades del sector cultura;
Que, el inciso k) del artículo 7 de la citada Ley establece que el Ministerio de Cultura tiene como función exclusiva, planificar, concertar, articular y coordinar con los niveles de gobierno que corresponda las actividades de fomento, asistencia técnica, apoyo y consulta popular para el desarrollo integral de los pueblos andinos, amazónicos y afroperuano;
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Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2015-MC, se aprueba la Política Nacional para la Transversalización del Enfoque Intercultural, que tiene objetivo de orientar, articular y establecer los mecanismos de acción del Estado para garantizar el ejercicio de los derechos de la población culturalmente diversa del país, particularmente de los pueblos indígenas y la población afroperuana;
estableciendo como Eje I el fortalecimiento de la capacidad de gestión intercultural del Estado Peruano, el cual contiene como Lineamiento 2 el garantizar estándares de calidad en la prestación de servicios públicos a la ciudadanía que cumplan con criterios pertinentes a las realidades socioculturales y lingüísticas de los diversos grupos culturales;
Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 005-2017-MC se aprueba la Política Nacional de Lenguas Originarias, Tradición Oral e Interculturalidad cuyo objetivo es garantizar los derechos lingüísticos de los hablantes de lenguas indígenas u originarias en el ámbito nacional;
MAS NORMAS LEGALES: Admiten Trámite Solicitud Presentada Emapa San RGRT SUNASS
Que, resulta prioritario promover y garantizar el respeto del derecho a la identidad cultural y a la no discriminación, el acceso de todos los ciudadanos y ciudadanas a los servicios públicos, al incremento de los niveles de confianza en el Estado y cumplir con los objetivos de reforma y modernización del Estado;
Que, en dicho contexto, el Despacho Viceministerial de Interculturalidad propone que, en el marco de la Política Nacional para la Transversalización del Enfoque Intercultural y de la Política Nacional de Lenguas Originarias, Tradición Oral e Interculturalidad, se otorgue un reconocimiento a los establecimientos del Estado que cumplan eficazmente con los criterios e indicadores para la prestación de servicio con pertinencia cultural y lingüística a los pueblos indígenas u originarios y población afroperuana;
Que, este reconocimiento denominado "Sello Intercultural", contribuirá a garantizar el ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas u originarios y población afroperuana, así como reducir las brechas sociales existentes; por lo que resulta pertinente su creación;
Que, en uso de las facultades previstas en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura;
DECRETA:
Artículo 1.- Creación del reconocimiento "Sello Intercultural"
Créase el "Sello Intercultural" con el objeto de otorgar reconocimiento a los establecimientos del Estado, de los tres niveles de gobierno, que cumplan eficazmente con los criterios e indicadores para la prestación de servicios con pertinencia cultural y lingüística a los pueblos indígenas u originarios y población afroperuana.
Artículo 2.- Finalidad del "Sello Intercultural"
El Sello Intercultural tiene por finalidad promover
que el Estado, a través de los tres niveles de gobierno, brinde servicios con pertinencia cultural y lingüística a las ciudadanas y ciudadanos de los pueblos indígenas u originarios y de la población afroperuana, contribuyendo a garantizar el ejercicio de sus derechos, así como reducir las brechas sociales existentes.
Artículo 3.- Organización e implementación del reconocimiento "Sello Intercultural"
El Viceministerio de Interculturalidad, a través de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural, tiene a su cargo la coordinación, implementación y monitoreo del Sello Intercultural.
El Sello se implementará de manera progresiva de acuerdo a los lineamientos operativos y metodológicos del "Sello Intercultural" que contengan los criterios e indicadores necesarios para su aplicación y demás disposiciones necesarias para tal fin, los cuales son aprobados mediante Resolución de el/la Titular del Ministerio de Cultura.
Artículo 4.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo se atiende con cargo al presupuesto institucional del Pliego 003: Ministerio de Cultura, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Cultura.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de junio del año dos mil diecinueve.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
ULLA SARELA HOLMQUIST PACHAS
Ministra de Cultura
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 006-2019-MC que crea el "Sello Intercultural"
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 006-2019-MC
- Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-06-23
- Fecha de aplicacion : 2019-06-24
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