6/08/2019

Modificación Guía Servicios Servicio Nacional RJ Agricultura y Riego

Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Aprueban la Modificación de la Guía de Servicios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA RJ 0069-2019-MINAGRI-SENASA 21 de mayo del 2019 VISTO: El INFORME-0015-2019-MINAGRI-SENASA-OPDI-RSARMIENTO, de fecha 13 de mayo de 2019, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 60º de la Constitución Política del Perú estipula que, la economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego
Aprueban la Modificación de la Guía de Servicios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA
RJ 0069-2019-MINAGRI-SENASA
21 de mayo del 2019
VISTO:

El INFORME-0015-2019-MINAGRI-SENASA-OPDI-RSARMIENTO, de fecha 13 de mayo de 2019, y;

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 60º de la Constitución Política del Perú estipula que, la economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa. Sólo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por razón de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional;

Que, el numeral 43.4 del artículo 43º del Texto Único de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº004-2019-JUS, dispone que "Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción oclara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundido para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal";


Que, por su parte, el Decreto Supremo Nº088-2001-PCM, Establecen disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, publicado el 18 de julio de 2001
faculta al Titular de las Entidades del Sector Público, establecer mediante Resolución la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones
y limitaciones para su comercialización si las hubiera y el monto del precio expresado en porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) y su forma de pago.

Asimismo, de acuerdo al artículo 2 de la referida norma, toda modificación a la Resolución debe aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0144-2015-MINAGRI-SENASA del 10 de junio de 2015

se aprobó la Guía de Servicios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, que establece los precios que cobrarán las dependencias del SENASA por los servicios que brinda en forma no exclusiva;

Que, la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional del SENASA, a través el Informe-0015-2019-MINAGRI-SENASA-OPDI-RSARMIENTO, ha propuesto la modificatoria de la Guía de Servicios del SENASA para la incorporación de cincuenta y cinco (55) nuevos servicos, asimismo sugiere la aprobación de la modificatoria de la Guía de Servicios mediante Resolución Jefatural;

Que, siendo el rol principal del SENASA servir a los administrados, es necesario aprobar la modificación de la Guía de Servicios con la finalidad de atender los requerimientos que estos solicitan;

Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Sanidad Agraria - Decreto Legislativo Nº 1059, el Reglamento de Organización y Funciones del SENASA - Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM y con los vistos buenos de los Directores Generales de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la Modificación de la Guía de Servicios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria -
SENASA, en las especificaciones consignadas en el Anexo "Modificación de Guía de Servicios del SENASA"
adjunto, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los precios por los conceptos señalados en el Anexo adjunto, se calculan en función de las unidades de medida.

Artículo 3.- Los ingresos recaudados por los conceptos señalados en la presente Resolución constituirán Recursos Directamente Recaudados del
SENASA.

Artículo 4.- Los precios por los conceptos señalados en la Guía de Servicios están afectos al Impuesto General a las Ventas (IGV), artículo 1º de la Ley 27039, Ley que modifica el Decreto Legislativo Nº 821, Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, publicada el 15 de abril de 1999, excepto en los casos en que constituyan parte de un procedimiento administrativo destinado a emitir un pronunciamiento del SENASA.

Artículo 5.- Publicar la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano, y en el portal institucional (www.senasa.gob.pe) conjuntamente con su Anexo "Modificación de Guía de Servicios del SENASA".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO J. MOLINA SALCEDO
Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 0069-2019-MINAGRI-SENASA Aprueban la Modificación de la Guía de Servicios del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 0069-2019-MINAGRI-SENASA
  • Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-06-08
  • Fecha de aplicacion : 2019-06-09

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