6/26/2019

Prepublicación Portal Ministerio Proyecto Decreto RM 163-2019-TR Trabajo y Promocion del Empleo

Poder Ejecutivo, Trabajo y Promocion del Empleo Disponen la prepublicación en el portal del Ministerio del Proyecto de Decreto Supremo que crea y regula el procedimiento administrativo "Inscripción en el Registro Nacional de Empresas Promocionales de Personas con Discapacidad - RENEP" RM 163-2019-TR Lima, 25 de junio de 2019 VISTOS: El Informe Técnico Nº 06-2019-MTPE/3/17.4-MHOG y el Oficio Nº 168-2019-MTPE/3/17.4 de la Dirección de Promoción Laboral para Personas
Poder Ejecutivo, Trabajo y Promocion del Empleo
Disponen la prepublicación en el portal del Ministerio del Proyecto de Decreto Supremo que crea y regula el procedimiento administrativo "Inscripción en el Registro Nacional de Empresas Promocionales de Personas con Discapacidad - RENEP"
RM 163-2019-TR
Lima, 25 de junio de 2019
VISTOS: El Informe Técnico Nº 06-2019-MTPE/3/17.4-MHOG y el Oficio Nº 168-2019-MTPE/3/17.4 de la Dirección de Promoción Laboral para Personas con Discapacidad, el Oficio Nº 537-2019-MTPE/3/17 de la Dirección General de Promoción del Empleo, el Oficio Nº 216-2019-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, y el Informe Nº 1365-2019-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 55 de la Ley Nº 29973 señala que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo acredita a la empresa promocional de personas con discapacidad y fiscaliza el cumplimiento efectivo de la proporción de su personal con discapacidad;

Que, el numeral 60.1 del artículo 60 del Reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP y modificatorias, establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo acredita a la empresa promocional de personas con discapacidad a través de su inscripción en el Registro Nacional de Empresas Promocionales; asimismo, regula el procedimiento, requisitos y efectos de la inscripción;


Que, se han introducido modificaciones al marco legal vigente referido a los procedimientos administrativos y a las medidas de simplificación administrativa, entre las que cabe resaltar el Decreto Legislativo Nº 1246,
Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa; el Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa; el Decreto Legislativo Nº 1272, Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo; y el Decreto Legislativo Nº 1452, Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; algunas de ellas incorporadas en su Texto Único Ordenado, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;


Que, el marco normativo señalado en el párrafo precedente ha hecho necesario la elaboración del "Proyecto de decreto supremo que crea y regula el procedimiento administrativo denominado "Inscripción en el Registro Nacional de Empresas Promocionales de Personas con Discapacidad - RENEP";

Que, el artículo 14 de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y sus modificatorias, establece que las autoridades de los distintos sectores y niveles de gobierno tienen la obligación de realizar consultas con las organizaciones que representan a las personas con discapacidad, previamente a la adopción de normas legislativas y administrativas, políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad, sobre la base de los principios de accesibilidad, buena fe, oportunidad y transparencia;

Que, el numeral 12.1 del artículo 12 del citado Reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP, estipula que en el marco del derecho a la consulta, previamente a la adopción de normas legislativas y administrativas, políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad, éstas deben ser difundidas por un plazo no menor a treinta (30) días; período en el cual las organizaciones de y para personas con discapacidad formulan las observaciones correspondientes;

Que, conforme a lo señalado en las normas anteriormente glosadas, resulta conveniente poner a disposición de la ciudadanía en general el documento denominado "Proyecto de decreto supremo que crea y regula el procedimiento administrativo denominado "Inscripción en el Registro Nacional de Empresas Promocionales de Personas con Discapacidad - RENEP"
con la finalidad de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones que pudieran contribuir al mejoramiento del mismo;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección General de Promoción del Empleo, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y sus modificatorias; la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y sus modificatorias; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y sus modificatorias; y el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Objeto Disponer que la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones efectúe la pre publicación del documento denominado "Proyecto de decreto supremo que crea y regula el procedimiento administrativo denominado "Inscripción en el Registro Nacional de Empresas Promocionales de Personas con Discapacidad - RENEP" en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob. pe/mtpe) a efectos de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de empleadores y trabajadores, o sus respectivas organizaciones; de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general, durante el plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Canal de recepción de sugerencias, comentarios o recomendaciones Disponer que, a efectos de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones, éstas se remitan al siguiente correo electrónico: hoscco@trabajo.gob.pe.

Artículo 3.- Sistematización Encargar a la Dirección General de Promoción del Empleo recibir, procesar y sistematizar las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten y la posterior elaboración del proyecto normativo que corresponda.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 163-2019-TR Disponen la prepublicación en el portal del Ministerio del Proyecto de Decreto Supremo que crea y regula el procedimiento administrativo "Inscripción en el Registro Nacional de Empresas Promocionales de Personas con Discapacidad - RENEP"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 163-2019-TR
  • Emitida por : Trabajo y Promocion del Empleo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-06-26
  • Fecha de aplicacion : 2019-06-27

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