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Publicación Proyecto Decreto Supremo Reglamento RM 237-2019-PRODUCE Produce
6/01/2019
Publicación Proyecto Decreto Supremo Reglamento RM 237-2019-PRODUCE Produce
Poder Ejecutivo, Produce Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Gestión Ambiental de los Subsectores Pesca y Acuicultura RM 237-2019-PRODUCE Lima, 31 de mayo de 2019 VISTOS: el Memorando Nº 490-2019-PRODUCE/ DGAAMPA-Digam de la Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas, los Informes Técnico Legal Nº 033-2019-PRODUCE/DIGAM y 031-2019-PRODUCE/DIGAM de la Dirección de Gestión Ambiental de la Dirección
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Gestión Ambiental de los Subsectores Pesca y Acuicultura
RM 237-2019-PRODUCE
Lima, 31 de mayo de 2019
VISTOS: el Memorando Nº 490-2019-PRODUCE/ DGAAMPA-Digam de la Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas, los Informes Técnico Legal Nº 033-2019-PRODUCE/DIGAM y 031-2019-PRODUCE/DIGAM de la Dirección de Gestión Ambiental de la Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas; el Informe Nº 124-2019-PRODUCE/DPO de la Dirección de Políticas y Ordenamiento de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; el Informe Nº472-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción establece que el Ministerio es competente en pesquería y acuicultura;
Que, el numeral 5.2 del artículo 5 del citado Decreto Legislativo dispone que el Ministerio de la Producción tiene como función rectora el de dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento, reconocimiento de derechos, la sanción, fiscalización y ejecución coactiva;
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Que, de acuerdo al inciso d) del artículo 8 y el artículo 33 del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, las Autoridades Competentes tienen la función de emitir normas para regular y orientar el proceso de evaluación de impacto ambiental de los proyectos de inversión a su cargo, y deben determinar los requisitos para el procedimiento administrativo a su cargo en materia de evaluación de impacto ambiental, observando lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General y dicho Reglamento;
Que, con el Informe de vistos la Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas ha sustentado la necesidad de aprobar el Reglamento de Gestión Ambiental de los Subsectores Pesca y Acuicultura, el cual tiene como objeto establecer disposiciones con relación a los instrumentos de gestión ambiental vinculados a los proyectos de inversión de los subsectores pesca y acuicultura, los procedimientos administrativos respecto a los mismos; así como respecto a la gestión ambiental de los referidos subsectores;
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Que, atendiendo a la naturaleza del proyecto normativo y conforme a lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, corresponde que disponer el aviso de publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Gestión Ambiental de los Subsectores Pesca y Acuicultura y el cuerpo completo del proyecto; así como su Exposición de Motivos en el portal institucional del Ministerio de la Producción, por un plazo de diez (10) días hábiles, a fin que las entidades públicas y privadas y la ciudadanía en general alcancen sus comentarios y/o aportes por vía electrónica o por escrito a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE modificado por Decreto Supremo Nº 009-2017-PRODUCE; la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente; Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1078 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM;
y el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.-Publicacion del Proyecto Dispóngase la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Gestión Ambiental de los Subsectores Pesca y acuicultura; asi como su Exposición de Motivos, en el portal institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, a efectos de recibir los aportes y comentarios de la ciudadanía por el plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente resolución.
Artículo 2.- Mecanismo de Participación Las opiniones comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas a la sede del Ministerio de la Producción, con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura ubicada en calle Uno Oeste Nº 060, Urbanización Córpac, San Isidro o a la dirección electrónica: DGPARPA@produce.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROCIO BARRIOS ALVARADO
Ministra de la Producción
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 237-2019-PRODUCE Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Gestión Ambiental de los Subsectores Pesca y Acuicultura
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 237-2019-PRODUCE
- Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-06-01
- Fecha de aplicacion : 2019-06-02
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