6/01/2019

Transferencia Financiera Universidad Nacional RR 0727-R-2019 Instituciones Educativas

Poder Judicial, Instituciones Educativas Aprueban Transferencia Financiera de la Universidad Nacional de Piura a favor de la Contraloría General de la República para financiar el pago de la contratación de sociedad de auditoría para las labores de control posterior externo por el periodo auditado 2018 UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA RR 0727-R-2019 Piura, 16 de abril de 2019 VISTO El expediente Nº 0040-5402-19-7, presentado por la CPC Karina Galecio Angeldonis, Contadora
Poder Judicial, Instituciones Educativas
Aprueban Transferencia Financiera de la Universidad Nacional de Piura a favor de la Contraloría General de la República para financiar el pago de la contratación de sociedad de auditoría para las labores de control posterior externo por el periodo auditado 2018 UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA
RR 0727-R-2019
Piura, 16 de abril de 2019
VISTO
El expediente Nº 0040-5402-19-7, presentado por la CPC Karina Galecio Angeldonis, Contadora General de la Universidad Nacional de Piura; y,
CONSIDERANDO
Que, mediante el artículo 20º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3º de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, publicada el 28 de marzo de 2018 en el Diario Oficial El Peruano, se establece que las sociedades de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República. Asimismo, se señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República;


Que, de acuerdo con lo dispuesto por la citada Ley, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad;

Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 432-2018-CG, se aprueba el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;


Que, mediante el Oficio Nº 0118-2019-CG/VCSC de fecha 25 de febrero de 2019, el Vicecontralor de Gestión Estratégica e Integridad Pública de la Contraloría General de la República, solicita al Titular del Pliego realice una transferencia financiera a su favor, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 30742 y en la Resolución de Contraloría Nº 432-2018-CG;

Que, con Informe Nº 0689-2019-UNP-OCP-OPPTO del 09 de abril de 2019, el Jefe de la Oficina Central de Planificación y Jefe de Presupuesto, informan que el pago de la transferencia financiera a la Contraloría General de la República relacionado con la contratación de los servicios de la Sociedad de Auditoría para el año 2018, se encuentra aprobado con Resolución Rectoral Nª 0663-R-2019, para lo cual asignan la siguiente cobertura:

Meta : 0023
Fuente de financiamiento : 09 RDR
Certificado : 1108
Secuencia : 01
Partida : 2.4.1.3.1.1
Monto anual : S/ 91,074.11
Que, a través del Oficio Nº 0374-DGADM-UNP-del 15 de abril de 2019, el Director General de Administración en atención a la cobertura presupuestal para la transferencia financiera a la Contraloría General, relacionada al 100% de retribución económica incluido IGV, por el monto de S/ 91,074.11 en el clasificador 2.4.1.3.1.1, solicita la emisión de la Resolución que autorice la transferencia financiera por dicho monto;

Que, la Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal - Ley Nº 30879, establece en su Art.

4.2º: "Todo acto administrativo, acto de administración o las resoluciones administrativas que autoricen gastos no son eficaces si no cuentan con el crédito presupuestario correspondiente en el presupuesto institucional o condicionan la misma a la asignación de mayores créditos presupuestarios, bajo exclusiva responsabilidad del titular de la entidad, así como del jefe de la Oficina de Presupuesto y del Jefe de la Oficina de Administración, o los que hagan sus veces, en el marco de los establecido en la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto";

Que, el artículo 175º, inciso 3) El Rector es el representante legal de la Universidad y ejerce el gobierno de la misma siendo sus funciones las siguientes: Dirigir la actividad académica de la Universidad y gestión administrativa, económica y financiera;

Estando a lo dispuesto por el señor Rector en uso de las atribuciones legales que le confiere el cargo.

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- APROBAR la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2019, del Pliego 521 Universidad Nacional de Piura, el monto ascendente noventa y un mil setenta y cuatro con 11/100 soles (S/.91,074.11), por la Fuente de Financiamiento 2 Rubro 09: Recursos Directamente Recaudados; a favor de la Contraloría General de la República a ser depositado en la Cta. Nº 00000282758 del Bco. de la Nación; para financiar el pago para la contratación de la sociedad de auditoría que, previo concurso público de méritos sean designadas para realizar labores de control posterior externo por el periodo auditado 2018.

Artículo 2º.- DISPONER que la transferencia financiera autorizada en el artículo primero de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 521: Universidad Nacional de Piura; por la Fuente de Financiamiento 2 Rubro 09: Recursos Directamente Recaudados, meta 23, certificado 1108, secuencia 1, partida 2.4.1.3.1.1
Artículo 3º.- DETERMINAR que los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo primero de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 5º.- CARGAR el egreso que ocasione la presente resolución a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia.

Regístrese, comuníquese y ejecútese.

CÉSAR AUGUSTO REYES PEÑA
Rector

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RR 0727-R-2019 Aprueban Transferencia Financiera de la Universidad Nacional de Piura a favor de la Contraloría General de la República para financiar el pago de la contratación de sociedad de auditoría para las labores de control posterior externo por el periodo auditado 2018 UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN RECTORAL
  • Numero : 0727-R-2019
  • Emitida por : Instituciones Educativas - Poder Judicial
  • Fecha de emision : 2019-06-01
  • Fecha de aplicacion : 2019-06-02

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.