6/25/2019

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 193-2019-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de los Pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y diversos Gobiernos Regionales DS 193-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal b) del párrafo 25.1 del artículo 25 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de los Pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y diversos Gobiernos Regionales
DS 193-2019-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, el literal b) del párrafo 25.1 del artículo 25 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que se asigne recursos en el pliego Ministerio de Salud hasta por la suma de S/ 387 000
000,00 (TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES
Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para el financiamiento y continuidad de las acciones de implementación en el marco del Decreto Legislativo Nº 1153, que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado;

Que, el párrafo 25.2 del citado artículo 25 dispone que para la aplicación de lo establecido en el considerando anterior, es requisito que las plazas se encuentren registradas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, y que cuenten con el respectivo financiamiento;


Que, de acuerdo a los párrafos 25.3 y 25.4 del mismo artículo 25, se autoriza al Ministerio de Salud para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de sus organismos públicos y los Gobiernos Regionales con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para ello dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Salud, a propuesta de esta última, quedando exonerados de lo establecido en el artículo 6 de la Ley
Nº 30879;

Que, a través del Informe Nº 314-2019-OP-OGPPM/ MINSA, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud sustenta que cuenta con los recursos necesarios para efectuar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor de los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para financiar las valorizaciones ajustadas y priorizadas del personal de la salud, en el marco de la continuidad de las acciones de implementación del Decreto Legislativo Nº 1153; en virtud de lo cual, con Oficio Nº 887-2019-SG/MINSA, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos;


Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Salud y la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Memorando Nº 717-2019-EF/53.04, remite el costo de las valorizaciones ajustadas y priorizadas del personal de la salud, en el marco de la continuidad de las acciones de implementación del Decreto Legislativo Nº 1153, de los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de veinticinco (25)
Gobiernos Regionales;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de
S/ 127 598 916,00 (CIENTO VEINTISIETE MILLONES
QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS
DIECISEIS Y 00/100 SOLES), para financiar las valorizaciones ajustadas y priorizadas del personal de la salud, en el marco de la continuidad de las acciones de implementación del Decreto Legislativo Nº 1153;

De conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;

DECRETA:



Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 127 598 916,00 (CIENTO
VEINTISIETE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA
Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIECISEIS Y 00/100
SOLES) del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor de los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de
Enfermedades Neoplásicas y veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para financiar valorizaciones ajustadas y priorizadas del personal de la salud, en el marco de la continuidad de las acciones de implementación del Decreto Legislativo Nº 1153, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central -
MINSA
CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y Presupuesto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 127 598 916,00
--------------------- TOTAL EGRESOS 127 598 916,00
============
A LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 131 : Instituto Nacional de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Salud CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 114 318,00
PLIEGO 136 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas -
INEN
UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 664 200,00
SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 126 820 398,00
--------------------- TOTAL EGRESOS 127 598 916,00
============
1.2 Los pliegos habilitados en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia por unidad ejecutora y genérica de gasto, se detallan en el Anexo "Costo de las valorizaciones ajustadas y priorizadas del personal de la salud en el marco de la continuidad de las acciones de implementación del Decreto Legislativo Nº 1153", que forma parte del Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueban
mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1 de esta norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 de esta norma no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Registro en el Aplicativo Informático Para el otorgamiento de las valorizaciones a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 de este Decreto Supremo, se debe tener en cuenta que esta se encuentre registrada previamente en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos.

Artículo 5. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de junio del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES
Ministra de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 193-2019-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de los Pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y diversos Gobiernos Regionales
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 193-2019-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-06-25
  • Fecha de aplicacion : 2019-06-26

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