7/19/2019

Normativa Gráfica Uso Aplicación Advertencias RM 654-2019/MINSA Salud

Poder Ejecutivo, Salud Aprueban la "Normativa gráfica para el uso y aplicación de las advertencias sanitarias en envases, publicidad de cigarrillos y de otros productos hechos con tabaco" RM 654-2019/MINSA Lima, 17 de julio del 2019 Visto, el Expediente Nº 18-124369-002 que contiene el Informe Nº 008-2019-RCCH-OCE-OGC/MINSA, el Informe Nº 037-2019-ABE-OCE-OGC/MINSA y la Nota Informativa Nº 276-2019-OGC/MINSA de la Oficina General de Comunicaciones; CONSIDERANDO: Que,
Poder Ejecutivo, Salud
Aprueban la "Normativa gráfica para el uso y aplicación de las advertencias sanitarias en envases, publicidad de cigarrillos y de otros productos hechos con tabaco"
RM 654-2019/MINSA
Lima, 17 de julio del 2019
Visto, el Expediente Nº 18-124369-002 que contiene el Informe Nº 008-2019-RCCH-OCE-OGC/MINSA, el Informe Nº 037-2019-ABE-OCE-OGC/MINSA y la Nota Informativa Nº 276-2019-OGC/MINSA de la Oficina General de Comunicaciones;

CONSIDERANDO:



Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas;

Que, el artículo 4 de la precitada Ley dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;


Que, los literales a) y b) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, modificado por la Ley Nº 30895, Ley que Fortalece la Función Rectora del Ministerio de Salud, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud:
formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de
la salud, prevención de enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;
y, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, la gestión de los recursos del sector; así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fiscalización, sanción y ejecución coactiva en las materias de su competencia;


Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 28705, Ley General para la prevención y control de los riegos del Consumo de Tabaco, modificado por la Ley Nº 29517, dispone que las cajetillas de cigarros y en general toda clase de empaques o envoltura de productos de tabaco deben llevar impresas, en un cincuenta por ciento (50%) de cada una de sus caras principales, frases e imágenes de advertencia sobre el daño a la salud que produce el fumar;

Que, el numeral 18.3 del artículo 18 del Reglamento de la Ley Nº 28705, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2008-SA, modificado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-SA, dispone que mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Salud se establecerán las características de las advertencias sanitarias. Asimismo, el artículo 32 del precitado Reglamento refiere que las advertencias sanitarias para efectos de publicidad de los productos del tabaco, conforme lo disponga el Ministerio de Salud a través de una Resolución Ministerial, tendrán una vigencia de doce (12)
meses. Dichas disposiciones serán publicadas en el Diario Oficial "El Peruano" con seis meses de anticipación;

Que, con Resolución Ministerial Nº 469-2011/MINSA
se aprueba la "Normativa Gráfica para el uso y aplicación de las advertencias sanitarias en envases, publicidad de cigarrillos y de otros productos hechos con tabaco" con doce (12) advertencias sanitarias con sus respectivos textos en relación a los daños ocasionados por el tabaco, frases preventivas, textos en las cajetillas, envolturas o empaques, información de colores y fotografías, y carteles identificatorios; correspondiendo aprobar nuevas advertencias sanitarias y brindar mayor información de los daños a la salud por consumo de tabaco;

Que, el artículo 58 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, establece que la Oficina General de Comunicaciones, es el órgano de apoyo del Ministerio de Salud, dependiente de la Secretaría General, responsable de gestionar los procesos relacionados a la comunicación estratégica y la información pública en el Ministerio de Salud y articularla en el Sector Salud;

Que, mediante los documentos del visto, y en el marco de sus competencias funcionales, la Oficina General de Comunicaciones ha elaborado la propuesta de la "Normativa Gráfica para el uso y aplicación de las advertencias sanitarias en envases, publicidad de cigarrillos y de otros productos hechos de tabaco", al ser herramientas necesarias para el cumplimiento de la Ley Nº 29517, Ley que modifica la Ley Nº 28705, Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo de Tabaco, para adecuarse al Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para el Control de T abaco;

Que, mediante el Informe Nº 369-2019-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal;

Estando a lo propuesto por la Oficina General de Comunicaciones;

Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Comunicaciones, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la Función Rectora del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA y Decreto Supremo Nº 032-2017-SA;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la "Normativa gráfica para el uso y aplicación de las advertencias sanitarias en envases, publicidad de cigarrillos y de otros productos hechos con tabaco", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Establecer como advertencias sanitarias iniciales los gráficos de las páginas veinte (20) y veintiuno (21) de la "Normativa gráfica para el uso y aplicación de las advertencias sanitarias en envases, publicidad de cigarrillos y de otros productos hechos con tabaco"
aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, las cuales deberán consignarse en los envases, publicidad de cigarrillos y de otros productos hechos con tabaco, a los 6 (seis) meses de publicada de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano".

Artículo 3.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 469-2011/MINSA una vez cumplido el plazo establecido en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES
Ministra de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 654-2019/MINSA Aprueban la "Normativa gráfica para el uso y aplicación de las advertencias sanitarias en envases, publicidad de cigarrillos y de otros productos hechos con tabaco"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 654-2019/MINSA
  • Emitida por : Salud - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-07-19
  • Fecha de aplicacion : 2019-07-20

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