7/19/2019

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RC 206-2019-CG
Lima, 18 de julio de 2019
VISTOS:

El Memorando Nº 00112-2019-CG/AI del Órgano de Auditoría Interna; las Hojas Informativas Nº 000094-2019-CG/NORM y Nº 000118-2019-CG/NORM de la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental;
y, las Hojas Informativas Nº 000232-2019-CG/GJN y Nº 000277-2019-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:



Que, de conformidad con el artículo 14 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el ejercicio del control gubernamental por el Sistema Nacional de Control en las entidades, se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General de la República, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso, en función a la naturaleza y/o especialización de dichas entidades, las modalidades de control aplicables y los objetivos trazados para su ejecución;


Que, la Contraloría General de la República, conforme al literal n) del artículo 22 de la citada Ley Nº 27785, tiene por atribución recibir y atender denuncias de los ciudadanos, relacionados con las funciones de la administración pública, otorgándoles el trámite correspondiente sean en el ámbito interno, o derivándolas ante la autoridad competente; estando la identidad de los denunciantes y el contenido de la denuncia protegidos por el principio de reserva;


Que, el literal q) del artículo 9 de la misma Ley Nº 27785, señala que la participación ciudadana es el principio del control gubernamental que permite la contribución de la ciudadanía en el ejercicio del control gubernamental;

Que, el artículo 4 de la Ley Nº 29542, Ley de protección al denunciante en el ámbito administrativo y de colaboración eficaz en el ámbito penal, establece que la Contraloría General de la República es la autoridad competente que recibe y evalúa las denuncias presentadas, dando trámite a las que se encuentren dentro de su ámbito de competencia y derivando aquellas cuyo trámite corresponda ser efectuado por otras instancias administrativas que, por disposición legal expresa, tengan competencia sobre la materia objeto de la denuncia;

Que, por Resolución de Contraloría Nº 268-2015-CG, se aprobó la Directiva Nº 011-2015-CG/GPROD "Servicio de Atención de Denuncias", la cual estableció a través de su Tercera Disposición Final que las disposiciones establecidas en la referida Directiva, son de aplicación, en lo que corresponda, a la atención de denuncias y quejas presentadas contra el personal de la Contraloría General de la República y de los Órganos de Control Institucional, conforme a los procedimientos que se emita al respecto;

Que, con el propósito de optimizar el proceso de atención de denuncias contra el personal de la Contraloría General de la República y de los Órganos de Control Institucional, resulta necesario emitir un marco normativo específico que regule dicho proceso, cuya evaluación es competencia del Órgano de Auditoría Interna de la Contraloría General de la República, conforme lo prevé el literal h) del artículo 23 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 030-2019-CG;

En uso de las facultades previstas en el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 008-2019-CG/ AI "Atención de denuncias contra el personal de la Contraloría General de la República, jefes y personal de los Órganos de Control Institucional", la misma que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución entra en vigencia a partir del día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 3.- Publicar el texto de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y a su vez ésta con sus anexos en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob. pe), Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELSON SHACK YALTA
Contralor General de la República

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RC 206-2019-CG www.elperuano.pe Suscríbet e al Diario Oficial T eléfonos: (01) 315-0400 anexo 2207 Directo: (01) 433-4773 Email: suscripciones@editoraperu.com.pe www.segraf.com.pe Editora Perú AV. Alfonso Ugarte Nº 873 - Cercado de Lima www.editoraperu.com.pe www.andina.pe La más completa información con un solo clic T eléfonos: (01) 315-0400 anexo 2175 Email: ventapublicidad@editoraperu.com.pe T eléfono: 315-0400, anexo 2183 Email: ventasegraf@editoraperu.com.pe Somos lo que Ud. necesita y a todo COLOR... Libros Revistas Memorias Brochures Folletos, Dípticos Trípticos, Volantes Formatos especiales entre otros... Aprueban Directiva " Atención de denuncias contra el personal de la Contraloría General de la República, jefes y personal de los Órganos de Control Institucional"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE CONTRALORIA
  • Numero : 206-2019-CG
  • Emitida por : Organismos Autonomos - Poder Judicial
  • Fecha de emision : 2019-07-19
  • Fecha de aplicacion : 2019-07-20

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