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Oficializan Acuerdo Otorga Acreditación Programa RPCD Consejo Nacional de Ciencia Tecnologia e

Organismos Tecnicos Especializados, Consejo Nacional de Ciencia Tecnologia e Innovacion Tecnologica Oficializan Acuerdo que otorga la acreditación al programa de estudios de Administración de Empresas del Instituto de Educación Superior Privado "De Emprendedores", en sus locales de Independencia y Magdalena del Mar RPCD 086-2019-SINEACE/CDAH-P Lima, 23 de julio de 2019 VISTOS: Los Informes Nº 000054-2018-SINEACE/P-DEA-IEES y Nº 000056-2019-SINEACE/P-DEA-IEES,
Organismos Tecnicos Especializados, Consejo Nacional de Ciencia Tecnologia e Innovacion Tecnologica
Oficializan Acuerdo que otorga la acreditación al programa de estudios de Administración de Empresas del Instituto de Educación Superior Privado "De Emprendedores", en sus locales de Independencia y Magdalena del Mar
RPCD 086-2019-SINEACE/CDAH-P
Lima, 23 de julio de 2019
VISTOS:

Los Informes Nº 000054-2018-SINEACE/P-DEA-IEES
y Nº 000056-2019-SINEACE/P-DEA-IEES, emitidos por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del Sineace; y,

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 5 de la Ley Nº 28740, Ley del Sineace, establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desempeño laboral;

Que, el artículo 11 de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa;


Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del Sineace;

Que, los sub numerales 6.2.2.11 y 6.2.2.12 del numeral 6.2 de la "Directiva que regula el proceso de acreditación, la participación de los evaluadores externos y a las entidades evaluadoras externas", aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Ad Hoc Nº106-2017-SINEACE/CDAH-P, de fecha 22 de marzo 2017, modificada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº393-2017-SINEACE/ CDAH-P, de fecha 25 de setiembre 2017, que regula el Procedimiento de Evaluación Externa y Acreditación, establece aspectos a ser tomados en cuenta por las instituciones educativas con programas de estudio acreditados, tales como las visitas de seguimiento que efectuará el Sineace; así como, la presentación de informes anuales por parte de la entidad educativa dando cuenta de las acciones implementadas relacionadas con la mejora continua y los cambios que afecten las condiciones con las que se obtuvo la acreditación;


Que, la Directiva Nº005-2017-SINEACE/P, "Directiva que Regula el Uso del Imagotipo Institucional y Referencias a la Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa", aprobada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 507-2017-SINEACE/ CDAH-P del 29 de diciembre 2017 regula, entre otros, el uso del imagotipo institucional, menciones del Sineace en material de difusión; así como, referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa, disposiciones a ser tomadas en cuenta por las instituciones educativas con programas acreditados;

Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del T exto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº004-2019-JUS, establece que un acto administrativo "puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición que se les identifique de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. (...)";

Que, con el Expediente Nº001089-2018 el Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado de Emprendedores, solicita el inicio del proceso de evaluación externa con la finalidad de alcanzar la acreditación del programa de estudios de Administración de Empresas en las sedes de Independencia y Magdalena del Mar;

Que, mediante Informe Nº000054-2018-SINEACE/P-DEA-IEES, la Directora de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas Educación Superior, recomienda, con base en el Informe Técnico de la Comisión de Consistencia, la acreditación al programa de estudios de Administración de Empresas del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado de Emprendedores en las sedes de Independencia y Magdalena del Mar, con una vigencia de seis (6) años, al haber alcanzado el logro pleno de los treinta y cuatro (34) estándares evaluados del modelo de acreditación;

Que, con Informe Nº000004-2019-SINEACE/P-ST-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que tomando como sustento lo expresado en el Informe antes mencionado y en aplicación de lo establecido por la Directiva, corresponde otorgar la acreditación solicitada por un periodo de seis (06)
años, dado que cuenta con la calificación de logrado pleno en los 34 estándares de calidad establecidos para el modelo de acreditación para Programas de Estudios de Institutos y Escuelas de Educación Superior;

Que, asimismo, mediante Informe Nº 000056-2019-SINEACE/P-DEA-IEES, de fecha 3 de julio de 2019, la Directora de la precitada Dirección, recomienda que, con base en el artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 295-2019-MINEDU, de 21 de junio 2019, emitida por el Ministerio de Educación, la denominación del instituto solicitante debe ser Instituto de Educación Superior Privado "De Emprendedores.";

Que, con Informe Nº 0000118-2019-SINEACE/P-ST-OAJ, de fecha 3 de julio 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que debe acogerse la recomendación de la mencionada Dirección, en tanto, según se desprende del artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 295-2019-MINEDU, de 21 de junio 2019, el Ministerio de Educación dispuso que a partir del día siguiente de emitida la citada Resolución Ministerial no se oferten servicios educativos bajo la denominación Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado de Emprendedores, sino como Instituto de Educación Superior Privado "De Emprendedores";

Que, los miembros del Consejo Directivo Ad Hoc en ejercicio de sus facultades, en sesión de 17 de julio de 2019, arribaron al Acuerdo Nº083-2019-CDAH, que otorga la acreditación al programa de estudios de Administración de Empresas del Instituto de Educación Superior Privado "De Emprendedores", en sus locales de Independencia y Magdalena del Mar;

Con el visto bueno de Secretaría Técnica, Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas Educación Superior, Oficina de Asesoría Jurídica, de conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace; su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº018-2007-ED; Ley Nº30220, Ley Universitaria; Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 04-2019-JUS; Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias; y Resolución Ministerial Nº 331-2017-MINEDU.

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- Oficializar el Acuerdo Nº 083-2019-CDAH, de sesión de fecha 17 de julio del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se otorga la acreditación al programa de estudios de Administración de Empresas del Instituto de Educación Superior Privado "De Emprendedores", en sus locales de Independencia y Magdalena del Mar, por el periodo de seis (06) años, a partir de la publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Artículo 2º.- Precisar que durante el periodo de vigencia de la acreditación de los programas de estudios, la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior, realizará al menos una visita anual de seguimiento a las acciones implementadas, relacionadas con la institucionalización de la mejora continua. Asimismo, los programas de estudios acreditados, deberán remitir un informe anual al Sineace, dando cuenta de las acciones implementadas relacionadas con la mejora continua.

Artículo 3º.- Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con las acreditaciones reconocidas, deberán realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva Nº005-2017-SINEACE/P
"Directiva que Regula el Uso del Imagotipo Institucional y Referencias a la Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa", aprobada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 507-2017-SINEACE/
CDAH-P.

Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web de la Institución (www.sineace.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAROLINA BARRIOS VALDIVIA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RPCD 086-2019-SINEACE/CDAH-P Oficializan Acuerdo que otorga la acreditación al programa de estudios de Administración de Empresas del Instituto de Educación Superior Privado "De Emprendedores", en sus locales de Independencia y Magdalena del Mar
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC
  • Numero : 086-2019-SINEACE/CDAH-P
  • Emitida por : Consejo Nacional de Ciencia Tecnologia e Innovacion Tecnologica - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2019-07-25
  • Fecha de aplicacion : 2019-07-26

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