7/10/2019
Redimensionamiento Zona 2a Bosque Producción RDE Agricultura y Riego
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Aprueban el redimensionamiento de la Zona 2A del Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco RDE 137-2019-MINAGRI-SERFOR-DE Lima, 9 de julio de 2019 VISTOS: El Informe Técnico Nº 218-2019-MINAGRI-SERFOR-DGIOFF/DCZO de fecha 19 de junio del 2019, emitido por la Dirección de Catastro, Zonificación y Ordenamiento de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre; el Memorándum
Aprueban el redimensionamiento de la Zona 2A del Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco
RDE 137-2019-MINAGRI-SERFOR-DE
Lima, 9 de julio de 2019
VISTOS:
El Informe Técnico Nº 218-2019-MINAGRI-SERFOR-DGIOFF/DCZO de fecha 19 de junio del 2019, emitido por la Dirección de Catastro, Zonificación y Ordenamiento de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre; el Memorándum Nº 180-2019-MINAGRI-SERFOR-DGIOFF/DCZO de fecha 04 de julio de 2019, emitido por Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre;
el Informe Legal Nº 236-2019-MINAGRI-SERFOR-GG/ OGAJ de fecha 05 de julio de 2019, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI;
Que, en el marco de lo dispuesto en la derogada Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, mediante Resolución Ministerial Nº 0549-2002-AG, se estableció, entre otros, el Bosque de Producción Permanente en el departamento de Huánuco (en adelante, BPP Huánuco), con una superficie de 880 846 hectáreas (ochocientos ochenta mil ochocientos cuarenta y seis hectáreas), el cual comprende las siguientes zonas: Zona 1 (262 307
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ha) y Zona 2 (618 639 ha);
Que, el artículo 3 de la mencionada resolución establece lo siguiente: "Exceptúese de los ámbitos geográficos que definen los Bosques de Producción Permanente creados por la presente Resolución Ministerial, las superficies de las áreas naturales protegidas, de las comunidades nativas y campesinas, las áreas de propiedad privada y superficies con otras formas de uso reconocidas por las autoridades competentes";
Que, el artículo 28 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, señala que las unidades de ordenamiento forestal, entre ellos, los bosques de producción permanente se establecen mediante resolución ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego;
MAS NORMAS LEGALES: Nombran Ministro Cultura RS 117-2019-PCM PCM
Que, de otro lado, la Novena Disposición Complementaria Final del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, señala que los Bosques de Producción Permanentes establecidos en el marco de la derogada Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, continúan vigentes, conforme a las normas de su creación;
Que, al respecto, cabe precisar que conforme al literal a) del numeral 1 del artículo 8 de la derogada Ley Nº 27308 - Ley Forestal y de Fauna Silvestre, los Bosques de Producción Permanente son áreas con bosques naturales primarios que mediante resolución ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego se ponen a disposición de los particulares para el aprovechamiento preferentemente de la madera y de otros recursos forestales, razón por la cual, al haberse creado el BPP Huánuco mediante Resolución Ministerial Nº 0549-2002-AG, resulta de competencia del Ministerio de Agricultura y Riego aprobar su redimensionamiento, conforme a la Novena Disposición Complementaria Final del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 018-2015-MINAGRI;
Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 368-2018-MINAGRI de fecha 11 de setiembre de 2018, el Ministerio de Agricultura y Riego aprueba los "Lineamientos para la ejecución del procedimiento de redimensionamiento de bosques de producción permanente"; y, en su artículo 3, delega en el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR la competencia para aprobar el redimensionamiento de los Bosques de Producción Permanente, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva;
Que, a su vez, el artículo 4 de los citados Lineamientos estipula las causales para la excepción de áreas de Bosques de Producción Permanente, estableciéndose en el numeral 4.1, literal c), la causal denominada "Derechos otorgados por la autoridad competente, con anterioridad a la creación de los BPP, para los casos de áreas de propiedad privada";
Que, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 368-2018-MINAGRI, el SERFOR, a través de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre (en adelante, DGIOFFS), ha evaluado el pedido de exclusión del BPP Huánuco por superposición con el predio privado denominado "La Divisoria", con una superficie de 55.22 ha (cincuenta y cinco hectáreas con veintidós mil metros cuadrados), presentado por el señor Edgar Raúl Sánchez Atavillos, en su condición de Alcalde de la Municipalidad Distrital Hermilio Valdizán, mediante los Oficios Nº 082-2019-MDHV/A y Nº 083-2019-MDHV/A;
Que, la Dirección de Catastro, Zonificación y Ordenamiento de la DGIOFFS, en atención a la función establecida en el literal c) del artículo 44 del Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI, mediante Informe Nº 218-2019-MINAGRI-SERFOR/DGIOFFS-DCZO, ha efectuado la evaluación de la solicitud de redimensionamiento presentada por el señor Edgar Raúl Sánchez Atavillos;
y, concluye que esta se encuentra enmarcada en la causal c) del numeral 4.1 del artículo 4 de los citados Lineamientos, aprobados mediante Resolución Ministerial Nº 0368-2018-MINAGRI, y que además, se ha cumplido con presentar los documentos previstos en su artículo 7;
Que, el citado informe señala que, para efectos del redimensionamiento del BPP Huánuco, el Cuadro Nº 05: Superficie actual del BPP de Huánuco, inserto en el Informe Nº 218-2019-MINAGRI-SERFOR/DGIOFFS-DCZO, describe que la superficie actual del Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco es 616 665.76 ha (Seiscientos dieciséis mil seiscientos sesenta y cinco hectáreas con setenta y seis mil metros cuadrados), conforme se muestra a continuación:
Superficie actual del BPP Huánuco
ZONA
AREA OFICIAL (ha)
DOCUMENTO LEGAL
ZONA 1A 117219.49 RM Nº 0179-2014-MINAGRI
ZONA 1B 70251.36 RM Nº 0806-2010-AG
ZONA
AREA OFICIAL (ha)
DOCUMENTO LEGAL
ZONA 1C 69805.00
RJ Nº 096-2008-INRENA
ZONA 2A 156525.00
ZONA 2B 34794.91 RM Nº 0339-2018-MINAGRI
ZONA 2C-1 6040.00
RJ Nº 096-2008-INRENA
ZONA 2C-2a 22128.00
ZONA 2C-2b1 2086.00
ZONA 2C-2b2 33521.00
ZONA 2C-2c 1781.00
ZONA 2C-3a 4633.00
ZONA 2C-3b 5431.00
ZONA 2C-3c 39366.00
ZONA 2C-4 53084.00
TOTAL 616665.76 ------Datum WGS 84 y Zona UTM 18 Sur Fuente: Resolución Ministerial Nº 0339-2018-MINAGRI
Que, asimismo, la mencionada Dirección de Catastro, Zonificación y Ordenamiento, señala en su Informe Nº 218-2019-MINAGRI-SERFOR/DGIOFFS-DCZO, que el resultado del análisis de redimensionamiento por exclusión del predio privado denominado "La Divisoria", sería el siguiente:
Redimensionamiento de la Zona 2A del BPP Huánuco Zona 2A del BPP Huánuco Área total del predio en el BPP (ha)
Área (ha) Final Resultante de la Zona 2A del BPP de Huánuco Superficie (ha)
oficial RJ Nº 096-2008-INRENA
Superficie SIG (ha) (1) (2) 1-2
156525.00
156524.5559 55.22 156469.3359
Que, a su vez, en el anexo del Memorándum Nº 180-2019-MINAGRI-SERFOR-DGIOFFS/DCZO, la Dirección de Catastro, Zonificación y Ordenamiento indica que, como consecuencia del redimensionamiento propuesto, la superficie total del BPP Huánuco (616665.76
ha) se modificará a una superficie de (616610.0959 ha), lo que incluye todas las zonas, conforme se aprecia en el siguiente cuadro resumen:
Resumen del redimensionamiento de la Zona 2A del BPP Huánuco BPP Huánuco Superficie Total (ha) oficial R.M Nº 0339-2018-MINAGRI
Zona 2A del BPP Huánuco Área total (ha)
del predio en el
BPP
Área Final (ha)
Resultante de la Zona 2A del BPP de Huánuco
BPP
Huánuco Superficie Total Final (ha)
Superficie (ha)
oficial RJ Nº 096-2008-INRENA
Superficie SIG (ha) (1) (2) 1-2
616665.76 156525.00 156524.5559 55.22 156469.3359 616610.0959
Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 10 de los Lineamientos, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través de su Informe Legal Nº 236-2019-MINAGRI-SERFOR-GG/OGAJ, remite a la Dirección Ejecutiva el expediente administrativo para la emisión de la resolución que apruebe el redimensionamiento del BPP Huánuco, el cual contiene los documentos previstos en el mencionado artículo;
Que, asimismo, se debe precisar que, la titularidad sobre el predio rural no otorga derechos sobre los recursos forestales existentes, ya que éstos constituyen Patrimonio de la Nación, debiendo solicitar a la autoridad competente, las autorizaciones y permisos correspondientes, para el aprovechamiento de los recursos, conforme a lo dispuesto en la legislación forestal y de fauna silvestre vigente;
Que, en consecuencia, corresponde aprobar mediante Resolución Dirección Ejecutiva el redimensionamiento del BPP Huánuco de conformidad con el artículo 28 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 368-2018-MINAGRI; y, Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre y de la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, que aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal; y, la Resolución Ministerial Nº 368-2018-MINAGRI, que aprueba los "Lineamientos para la ejecución del procedimiento de redimensionamiento de bosques de producción permanente" y la delegación de competencia al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre para aprobar el redimensionamiento del bosque de producción permanente;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el redimensionamiento de la Zona 2A del Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco, de una superficie de 156 525.00 ha (Ciento cincuenta y seis mil quinientos veinticinco hectáreas) a una superficie de 156 469.3359
ha (Ciento cincuenta y seis mil cuatrocientas sesenta y nueve hectáreas con tres mil trescientos cincuenta y nueve metros cuadrados), de acuerdo al Mapa y Cuadro Descriptivo que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución, quedando el Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco con una superficie final total de 616 610.0959 (Seiscientos dieciséis mil seiscientos diez hectáreas con novecientos cincuenta y nueve metros cuadrados), conforme se detalla en el siguiente cuadro:
BPP Huánuco Superficie Total (ha) oficial R.M Nº 0339-2018-MINAGRI
Zona 2A del BPP Huánuco Área total (ha)
del predio en el
BPP
Área Final (ha)
Resultante de la Zona 2A del BPP de Huánuco
BPP
Huánuco Superficie Total Final (ha)
Superficie (ha)
oficial RJ Nº 096-2008-INRENA
Superficie SIG (ha) (1) (2) 1-2
616665.76 156525.00 156524.5559 55.22 156469.3359 616610.0959
Artículo 2.- Disponer que la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR proceda a inscribir ante la Zona Registral competente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP la información referente al redimensionamiento dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; así también, se publica la presente Resolución y sus Anexos en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALBERTO GONZÁLES-ZÚÑIGA G.
Director Ejecutivo Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre
NORMA LEGAL:
- Titulo: RDE 137-2019-MINAGRI-SERFOR-DE Aprueban el redimensionamiento de la Zona 2A del Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
- Numero : 137-2019-MINAGRI-SERFOR-DE
- Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-07-10
- Fecha de aplicacion : 2019-07-11
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