8/17/2019

Jefatura Zonal Huancayo RS 250-2019-MIGRACIONES Superintendencia Nacional de Migraciones

Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de Migraciones Crean la Jefatura Zonal de Huancayo RS 250-2019-MIGRACIONES Lima, 14 de agosto de 2019 VISTOS: El Informe Nº 000120-2019-GU/MIGRACIONES, de fecha 11 de junio de 2019, de la Gerencia de Usuarios; el Memorando Nº 001207-2019-RM/MIGRACIONES, de fecha 21 de junio de 2019, de la Gerencia de Registro Migratorio; el Informe Nº 000492-2019-RM-RN/MIGRACIONES, de fecha 19 de junio
Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia Nacional de Migraciones
Crean la Jefatura Zonal de Huancayo
RS 250-2019-MIGRACIONES
Lima, 14 de agosto de 2019
VISTOS:

El Informe Nº 000120-2019-GU/MIGRACIONES, de fecha 11 de junio de 2019, de la Gerencia de Usuarios;
el Memorando Nº 001207-2019-RM/MIGRACIONES, de fecha 21 de junio de 2019, de la Gerencia de Registro Migratorio; el Informe Nº 000492-2019-RM-RN/MIGRACIONES, de fecha 19 de junio de 2019, de la Subgerencia de Registro de Nacionales de la Gerencia de Registro Migratorio; el Memorando Nº 001596-2019-TICE/MIGRACIONES, de fecha 01 de julio de 2019, de la Oficina General de Tecnologías de Información, Comunicación y Estadística; el Informe Nº 000170-2019-RH/MIGRACIONES, de fecha 09 de julio de 2019, de la Oficina General de Recursos Humanos;
el Memorando Nº 001443-2019-PP/MIGRACIONES, de fecha 12 de junio de 2019, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000171-2019-PM/MIGRACIONES, de fecha 11 de julio de 2019, de la Gerencia de Política Migratoria; el Memorando Nº 002871-2019-SM/MIGRACIONES, de fecha 16 de julio de 2019, de la Gerencia de Servicios Migratorios; el Informe Nº 001580-2019-SM-MM/MIGRACIONES, de fecha 27 de junio de 2019, de la Subgerencia de Movimiento Migratorio de la Gerencia de Servicios Migratorios; el Memorando Nº 002365-2019-AF/MIGRACIONES, de fecha 16 de julio de 2019, de la Oficina General de Administración y Finanzas;

el Informe Nº 000227-2019-AF-CP/MIGRACIONES, de fecha 15 de julio de 2019, emitido por la Responsable de Control Patrimonial y Seguros de la Oficina General de Administración y Finanzas; y el Informe Nº 000500-2019-AJ/MIGRACIONES, de fecha 19 de julio de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Mediante Decreto Legislativo Nº 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio del Interior; señalando en su artículo 2º que, MIGRACIONES tiene competencia de alcance nacional en materia de política migratoria interna y participa en la política de seguridad interna y fronteriza,

coordina el control migratorio con las diversas entidades del Estado que tengan presencia en los puestos de control migratorio o fronterizo del país, para su adecuado funcionamiento;

Asimismo, el artículo 3º del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-IN, señala que son funciones de esta Entidad, entre otras: (i) administrar, supervisar, fiscalizar, normar y sancionar las actividades en materia de su competencia; (ii) aprobar y autorizar, dentro del ámbito de su competencia: visas, prórrogas de permanencia y residencia, así como el cambio de clase de visa y calidad migratoria; (iii) regularizar la condición migratoria de extranjeros de acuerdo a los requisitos establecidos en la normatividad vigente y convenios; (iv) otorgar y renovar los documentos que acrediten la permanencia o residencia legal de personas extranjeras, así como de las personas cuya condición de apátridas, asilados o refugiados sea determinada por el Ministerio de Relaciones Exteriores; (v) desarrollar las acciones de seguridad y control migratorio en zonas de Frontera y en todo el territorio nacional, en el marco de sus competencias; y, (vi) expedir pasaportes, salvoconductos o documentos de viaje análogos;

Por otro lado, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

En tanto que, con Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, la cual tiene como objetivo general orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país;
estableciéndose entre sus objetivos específicos, promover la descentralización de las funciones, responsabilidades, capacidades y recursos de las entidades públicas en los tres niveles de gobierno a fin de prestar de manera eficaz, eficiente y transparente los bienes y servicios públicos que los ciudadanos demandan;

En el marco de la citada Política de Modernización de la Gestión Pública, la Superintendencia Nacional de Migraciones, a través de la Resolución de Superintendencia Nº 0000134-2017-MIGRACIONES, de fecha 04 de julio de 2017, aprobó el Plan Estratégico Institucional PEI 2017-Actualizado de MIGRACIONES, concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional - PEDN y el Plan Estratégico del Sector Interior - PESEM 2016-2021.

Entre los objetivos estratégicos institucionales previstos en el referido documento de gestión se encuentran: (i)
elevar la calidad de los servicios migratorios brindados a las personas nacionales y extranjeras; y, (ii) fortalecer el control migratorio del país en beneficio de las personas nacionales y extranjeras; habiéndose previsto como parte de las acciones estratégicas para cumplir los referidos objetivos, entre otras, (i) incrementar la presencia de MIGRACIONES a nivel nacional; y, (ii) realizar el control migratorio efectivo para las personas nacionales y extranjeras;

De conformidad con el artículo 14º de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, los órganos desconcentrados de una entidad pública desarrollan funciones sustantivas de uno o varios de los órganos de línea del tipo prestadores de bienes o servicios, y se crean para atender necesidades no atendidas o para aumentar su cobertura;

En ese sentido, el literal f) del artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 1130, dispone que son funciones de la Superintendente Nacional de Migraciones, entre otras, "promover la prestación de servicios de calidad a través de una gestión administrativa eficiente, priorizando el buen trato a los usuarios y la buena imagen del país". En ejercicio de la citada función, la Superintendente Nacional, se encuentra facultada para adoptar las medidas que resulten necesarias a fin de elevar la calidad de los servicios migratorios brindados a las personas nacionales y extranjeras, así como incrementar la presencia de MIGRACIONES a nivel nacional;

Al respecto, cabe mencionar que, de acuerdo al Decreto Legislativo antes descrito y al Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, las Jefaturas Zonales son órganos que forman parte de la estructura de MIGRACIONES, y responsables de ejecutar las acciones que les sean encargadas dentro de su ámbito geográfico, teniendo entres sus funciones las actividades de control migratorio, las acciones de control y fiscalización respecto al cumplimiento de las normas migratorias de pasaportes, inmigración y nacionalización, entre otras;

Dentro de ese contexto, mediante Informe Nº 000120-2019-GU/MIGRACIONES, la Gerencia de Usuarios propone la creación de la Jefatura Zonal de Huancayo, manifestando que, además de estar programada en el Plan Operativo Institucional - POI de la Superintendencia Nacional de Migraciones, se encuentra enmarcada dentro de las acciones estratégicas para elevar la calidad de los servicios migratorios brindados por la institución, lo que coadyuvará al cumplimiento de los objetivos estratégicos sectoriales referidos al mejoramiento de la atención de los servicios que la ciudadanía demanda; agrega que, dicha Jefatura Zonal permitirá la presencia estratégica de MIGRACIONES
a nivel nacional, permitiendo la tramitación de los procedimientos administrativos y prestando los servicios requeridos por la población, respondiendo de manera oportuna y adecuada a las necesidades de los usuarios, abarcando cinco (5) regiones del centro del país;

Asimismo, la Gerencia de Registro Migratorio, a través del Memorando Nº 001207-2019-RM/MIGRACIONES, sobre la base de lo señalado por su Subgerencia de Registro de Nacionales, mediante el Informe Nº 000492-2019-RM-RN/MIGRACIONES, respalda la propuesta de creación de la Jefatura Zonal de Huancayo;

En tanto que, con Memorando Nº 001596-2019-TICE/ MIGRACIONES, la Oficina General de Tecnologías de Información, Comunicación y Estadística emite opinión técnica favorable sobre la viabilidad de creación de la Jefatura Zonal de Huancayo; asimismo, la Oficina General de Recursos Humanos a través del Informe Nº 000170-2019-RH/MIGRACIONES, indica que es pertinente la creación de la citada Jefatura Zonal al encontrarse enmarcada dentro de las acciones estratégicas para elevar la calidad de los servicios migratorios brindados por la Entidad, lo que coadyuvará al cumplimiento del Objetivo Estratégico Sectorial referido al mejoramiento de la atención de los servicios que la ciudadanía demanda;

En esa misma línea, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, con Memorando Nº 001443-2019-PP/MIGRACIONES, manifiesta que presupuestalmente es viable la propuesta de creación de la Jefatura Zonal de Huancayo;

Por su parte, la Gerencia de Política Migratoria, a través del Informe Nº 000171-2019-PM/MIGRACIONES, emite opinión favorable respecto de la creación de la Jefatura Zonal de Huancayo, señalando que permitirá la prestación de servicios y procedimientos migratorios a los ciudadanos nacionales y extranjeros residentes en la zona centro del país que abarca cinco (5) regiones;
asimismo, indica que dicha Jefatura Zonal estará a cargo de acciones de control preventivo, de verificación y fiscalización migratoria en el Aeropuerto Francisco Carlé de Jauja, lo que supondrá el fortalecimiento de la política nacional relacionada con la seguridad y el orden interno, y la vigorización de las acciones contra la trata de personas y tráfico ilícito de migrantes;

Igualmente, la Gerencia de Servicios Migratorios, mediante Memorando Nº 002871-2019-SM/ MIGRACIONES, sobre la base del Informe Nº 001580-2019-SM-MM/MIGRACIONES, emitido por su Subgerencia de Movimiento Migratorio, considera viable la creación de la Jefatura Zonal de Huancayo en razón a que contribuirá a la desconcentración de los servicios brindados por MIGRACIONES y permitirá cumplir el objetivo estratégico del Sector Interior, relacionado con el mejoramiento de los servicios que la ciudadanía demanda para los ciudadanos nacionales y extranjeros en la Región Junín y provincias de infl uencia;

Adicionalmente, la Oficina General de Administración y Finanzas, mediante Memorando Nº 002365-2019-AF/MIGRACIONES, sobre la base del Informe Nº 000227-2019-AF-CP/MIGRACIONES, emitido por la Responsable de Control Patrimonial y Seguros, considera que es técnicamente factible la creación de la Jefatura Zonal de Huancayo;

Dentro del contexto desarrollado, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº 000500-2019-AJ/MIGRACIONES, señala que, a fin de fortalecer la presencia de la Superintendencia Nacional de Migraciones en la Región de Junín y las provincias de infl uencia que abarca a cinco departamentos, es necesario crear la Jefatura Zonal de Huancayo, cuyo funcionamiento permitirá la desconcentración de los servicios que brinda la Entidad en beneficio de la población nacional y extranjera que requiera sus servicios;

Estando a lo propuesto por la Gerencia de Usuarios y con la visación de la Gerencia General; de las Gerencias de Política Migratoria, de Registro Migratorio, de Servicios Migratorios y de Usuarios, así como de las Oficinas Generales de Administración y Finanzas, Planeamiento y Presupuesto, Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística, Recursos Humanos y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-IN;

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- Crear la Jefatura Zonal de Huancayo, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Usuarios la coordinación de las acciones destinadas a la implementación de la Jefatura Zonal Huancayo, con los diferentes órganos de la Entidad.

Artículo 3º.- La implementación de la Jefatura Zonal de Huancayo es financiada con cargo a los recursos establecidos en el presupuesto institucional.

Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como encargar a la Oficina General de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística su publicación en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (www.migraciones.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRIEDA ROXANA DEL AGUILA TUESTA
Superintendente Nacional

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RS 250-2019-MIGRACIONES Crean la Jefatura Zonal de Huancayo
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
  • Numero : 250-2019-MIGRACIONES
  • Emitida por : Superintendencia Nacional de Migraciones - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2019-08-17
  • Fecha de aplicacion : 2019-08-18

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