8/09/2019

Norma Técnica Denominada disposiciones Regulan RV 195-2019-MINEDU Educacion

Poder Ejecutivo, Educacion Aprueban la Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan el proceso de recolección de información confiable y oportuna para el Sistema Integrado de Información de la Educación Superior Universitaria" RV 195-2019-MINEDU Lima, 7 de agosto de 2019 VISTOS, el expediente Nº 77775-2019, los informes técnicos contenidos en el referido expediente, el Informe Nº 919-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que,
Poder Ejecutivo, Educacion
Aprueban la Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan el proceso de recolección de información confiable y oportuna para el Sistema Integrado de Información de la Educación Superior Universitaria"
RV 195-2019-MINEDU
Lima, 7 de agosto de 2019
VISTOS, el expediente Nº 77775-2019, los informes técnicos contenidos en el referido expediente, el Informe Nº 919-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:



Que, el último párrafo del artículo 11 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, incorporado por el artículo 33 del Decreto Legislativo Nº 1451, establece que las universidades públicas y privadas brindan información confiable y oportuna vinculada a los indicadores del Sistema Integrado de Información de la Educación Superior Universitaria, a cargo del Ministerio de Educación, de acuerdo a los parámetros que esta entidad establece;

Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;


Que, el literal e) del numeral 2.4 de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada por Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, contempla entre los principios orientadores de la gestión pública el principio de innovación y aprovechamiento de las tecnologías, conforme al cual, para alcanzar los resultados que la ciudadanía espera, se requiere que las entidades públicas avancen en un proceso constante de revisión y renovación de los procesos y procedimientos mediante los cuales implementan sus acciones. Ello las llevará seguramente, a implementar nuevas propuestas de servicios o procedimientos que innoven su gestión para responder mejor a las expectativas de los ciudadanos y empresas. Ese proceso constante de innovación debe incorporar el aprovechamiento intensivo de tecnologías apropiadas - no sólo a nivel de dependencias prestadoras de servicios, sino también de aquéllas responsables de sistemas administrativos-, de manera que dichas tecnologías contribuyan al cambio y mejora de la gestión pública;


Que, el literal o) del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, establece que es función del Ministerio de Educación conducir y supervisar la implementación e integración de los sistemas de información que permitan el adecuado seguimiento, análisis y evaluación de las intervenciones de la política educativa, para la toma de decisiones estratégicas del sector. Asimismo, conforme al literal d) del artículo 148 del citado Reglamento, la Dirección General de Educación Superior Universitaria tiene entre sus funciones la de participar y coordinar en el diseño e implementación del sistema de información para el aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria, supervisar su funcionamiento y elevar reportes periódicos al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica;

Que, mediante el Oficio Nº 504-2019-MINEDU/VMGP-DIGESU la Dirección General de Educación Superior Universitaria remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 058-2019-MINEDU/ VMGP-DIGESU-DIPODA, elaborado por la Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, dependiente de la referida Dirección General, el mismo que sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan el proceso de recolección de información confiable y oportuna para el Sistema Integrado de Información de la Educación Superior Universitaria", cuyo objetivo es regular las herramientas empleadas por el Sistema de Recolección de Información del Sistema Integrado de Información de la Educación Superior Universitaria, para el recojo de información confiable y oportuna relevante de las universidades, las instituciones que otorgan en nombre de la Nación el grado de bachiller y los títulos de licenciado respectivos, equivalentes a los otorgados por las universidades del país y las Escuelas de Posgrado, tanto en los niveles de pregrado y posgrado;
para la planificación, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas, a través de sus indicadores, para el aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria;

Con el visado de la Secretaría de Planificación Estratégica; de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada por Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan el proceso de recolección de información confiable y oportuna para el Sistema Integrado de Información de la Educación Superior Universitaria"; la misma que, como anexo, forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA PATRICIA ANDRADE PACORA
Viceministra de Gestión Pedagógica

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RV 195-2019-MINEDU Aprueban la Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan el proceso de recolección de información confiable y oportuna para el Sistema Integrado de Información de la Educación Superior Universitaria"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
  • Numero : 195-2019-MINEDU
  • Emitida por : Educacion - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-08-09
  • Fecha de aplicacion : 2019-08-10

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