8/24/2019
Publicación Proyecto Procedimiento Pago RM 359-2019-PRODUCE Produce
Poder Ejecutivo, Produce Disponen la publicación del proyecto de "Resolución Ministerial que aprueba el procedimiento de pago del decomiso de los residuos, descartes y productos hidrobiológicos descritos en los numerales 49.9 y 49.10 del artículo 49 del Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2017-PRODUCE" RM 359-2019-PRODUCE Lima, 23 de agosto de 2019 VISTOS: El Informe Nº 00005-2019-PRODUCE/
Disponen la publicación del proyecto de "Resolución Ministerial que aprueba el procedimiento de pago del decomiso de los residuos, descartes y productos hidrobiológicos descritos en los numerales 49.9 y 49.10 del artículo 49 del Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2017-PRODUCE"
RM 359-2019-PRODUCE
Lima, 23 de agosto de 2019
VISTOS: El Informe Nº 00005-2019-PRODUCE/ DSF-PA-hdiazd de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción; el Informe Nº 004-2019-PRODUCE/SG/OGEIEE-pmacharec y el Memorando Nº 297-2019-PRODUCE/SG/OGEIEE de la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos; el Informe Nº 125-2019-PRODUCE/DPO de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, y el Informe Nº 590-2019-PRODUCE/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 66 de la Constitución Política del Perú y el artículo 6 de la Ley Nº 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación.
El Estado es soberano en su aprovechamiento y su soberanía se traduce en la competencia que tiene para legislar y ejercer funciones ejecutivas y jurisdiccionales sobre ellos;
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Que, el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción en su artículo 3 establece que este Ministerio es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, acuicultura de mediana y gran empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados;
Que, el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2017-PRODUCE y modificado por Decreto Supremo Nº 006-2018-PRODUCE, regula la actividad administrativa de fiscalización, así como el procedimiento administrativo sancionador en materia pesquera y acuícola;
Que, el artículo 49 del citado Reglamento regula el procedimiento para el decomiso de recursos o productos hidrobiológicos destinados al consumo humano indirecto;
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Que, el numeral 49.11 del artículo 49 del Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2017-PRODUCE y modificado por Decreto Supremo Nº 006-2018-PRODUCE, establece que en los supuestos establecidos en los numerales 49.9 y 49.10 del artículo 49 del citado Reglamento, el titular de la licencia de operación de la planta de harina debe depositar provisionalmente el valor del producto decomisado según el procedimiento establecido mediante resolución ministerial;
Que, asimismo, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 017-2017-PRODUCE, faculta al Ministerio de la Producción para que, mediante Resolución Ministerial, apruebe las disposiciones para el cumplimiento de las sanciones en las actividades pesqueras y acuícolas y otras que resulten necesarias para su aplicación;
Que, a fin de implementar lo dispuesto en el artículo 49 del Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, resulta necesario establecer mediante Resolución Ministerial el procedimiento de pago del decomiso de los residuos, descartes y productos hidrobiológicos descritos en los numerales 49.9 y 49.10 del citado artículo;
Que, atendiendo a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, corresponde disponer la publicación del proyecto de "Resolución Ministerial que aprueba el procedimiento de pago del decomiso de los residuos, descartes y productos hidrobiológicos descritos en los numerales 49.9 y 49.10 del artículo 49 del Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2017-PRODUCE", en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, por un plazo de treinta (30) días calendario, a fin que las entidades públicas, privadas y la ciudadanía en general alcancen sus opiniones, comentarios y/o sugerencias;
Con las visaciones de la Viceministra de Pesca y Acuicultura y de los Directores Generales de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE
y modificatoria; el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícola aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2017-PRODUCE y modificado por Decreto Supremo Nº 006-2018-PRODUCE; y, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; y,
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo Dispóngase la publicación del proyecto de "Resolución Ministerial que aprueba el procedimiento de pago del decomiso de los residuos, descartes y productos hidrobiológicos descritos en los numerales 49.9 y 49.10 del artículo 49 del Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2017-PRODUCE", en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción www.gob.pe/produce, el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios y/o aportes de la ciudadanía por el plazo de treinta (30) días calendario, contados desde la publicación de la presente Resolución.
Artículo 2.- Mecanismo de participación Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas a la sede del Ministerio de la Producción, con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, ubicada en la Calle Uno Oeste Nº 060, Urbanización Corpac, San Isidro, o a la dirección electrónica dgparpa@produce.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese
ROCIO BARRIOS ALVARADO
Ministra de la Producción
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 359-2019-PRODUCE Disponen la publicación del proyecto de " que aprueba el procedimiento de pago del decomiso de los residuos, descartes y productos hidrobiológicos descritos en los numerales 49.9 y 49.10 del artículo 49 del Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2017-PRODUCE"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 359-2019-PRODUCE
- Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-08-24
- Fecha de aplicacion : 2019-08-25
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