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Artículo 2 258 2019 ef/50 Índices Distribución RM 339-2019-EF/50 Economia y Finanzas
9/20/2019
Artículo 2 258 2019 ef/50 Índices Distribución RM 339-2019-EF/50 Economia y Finanzas
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Modifican el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 258-2019-EF/50 que aprueba los Índices de Distribución del Canon Hidroenergético proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2018 RM 339-2019-EF/50 Lima, 19 de setiembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 258-2019-EF/50, publicada el 30 de junio de 2019, se aprueban los índices de distribución del Canon
Modifican el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 258-2019-EF/50 que aprueba los Índices de Distribución del Canon Hidroenergético proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2018
RM 339-2019-EF/50
Lima, 19 de setiembre de 2019
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 258-2019-EF/50, publicada el 30 de junio de 2019, se aprueban los índices de distribución del Canon Hidroenergético proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2018, a ser aplicados a los Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales beneficiarios, distribuidos en doce (12) cuotas consecutivas mensuales, transfiriéndose, de manera excepcional, dos cuotas en el mes de julio de 2019;
Que, mediante el Informe Nº 038-2019-EF/60.05 la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal, advierte que la estacionalidad de las transferencias de Canon genera un descalce entre la disponibilidad y la necesidad de recursos para financiar la inversión de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, alertando la necesidad de adoptar medidas que contribuyan a revertir dicha situación;
Que, mediante Memorando Nº 271-2019-EF/52.03, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, considera conveniente realizar la transferencia de recursos por concepto de Canon Hidroenergético que corresponde a los meses de setiembre de a mayo de 2020, en dos (02) únicas cuotas a ser transferidas en los meses de setiembre de y enero de 2020, considerando que existe la disponibilidad de los fondos, según Programación de Caja de Tesoro Público;
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Que, en consecuencia resulta necesario modificar el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 258-2019-EF/50 respecto a las cuotas de distribución y transferencias del Canon Hidroenergético proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2018;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27506, Ley de Canon; y en el Decreto Supremo Nº 005-2002-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Canon;
SE RESUELVE:
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Artículo 1.- Modifícase el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 258-2019-EF/50, que aprueba los Índices de Distribución del Canon Hidroenergético proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2018, quedando redactado de la siguiente manera:
"Artículo 2. El Canon Hidroenergético proveniente del Impuesto a la Renta del Ejercicio Fiscal 2018 es distribuido en doce (12) cuotas mensuales, transfiriéndose, de manera excepcional, dos cuotas en el mes de julio de 2019, una cuota en el mes de agosto de 2019, el equivalente a cuatro cuotas en el mes de setiembre de y el monto restante, equivalente a cinco cuotas, en enero de 2020."
Artículo 2.- La Resolución Ministerial se publica en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 339-2019-EF/50 Modifican el artículo 2 de la Nº 258-2019-EF/50 que aprueba los Índices de Distribución del Canon Hidroenergético proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2018
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 339-2019-EF/50
- Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-09-20
- Fecha de aplicacion : 2019-09-21
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