9/20/2019

Artículo Rm 002 2019 mimp Delegación Facultades 229-2019-MIMP Mujer y Poblaciones Vulnerables

Poder Ejecutivo, Mujer y Poblaciones Vulnerables Modifican artículo de la R.M. Nº 002-2019-MIMP, sobre delegación de facultades y atribuciones a la Secretaría General del Ministerio en materia administrativa y de gestión RM 229-2019-MIMP Lima, 18 de setiembre de 2019 Vistos, el Memorándum Nº D000266-2019-MIMP-SG de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº
Poder Ejecutivo, Mujer y Poblaciones Vulnerables
Modifican artículo de la R.M. Nº 002-2019-MIMP, sobre delegación de facultades y atribuciones a la Secretaría General del Ministerio en materia administrativa y de gestión
RM 229-2019-MIMP
Lima, 18 de setiembre de 2019
Vistos, el Memorándum Nº D000266-2019-MIMP-SG de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

CONSIDERANDO:



Que, mediante Resolución Ministerial Nº 002-2019-MIMP, modificada por Resoluciones Ministeriales Nº 040-2019-MIMP, Nº 143-2019-MIMP y Nº 208-2019-MIMP, se delegaron diversas facultades y atribuciones, entre otros, al/a la Secretario/a General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP;

Que, mediante Ley Nº 29806 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2012-EF y modificatorias, se regula la contratación de profesionales altamente calificados para ocupar puestos en las entidades públicas del Poder Ejecutivo, bajo los principios de mérito y transparencia;

Que, a través de las Resoluciones Ministeriales Nº 283-2012-EF-43 y Nº 062-2014-EF-43, se aprueba y modifica, respectivamente, los "Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público en el marco de la Ley Nº 29806", en cuyo numeral 6.2 se prevé la posibilidad de la delegación de facultades al Secretario General del Sector para suscribir y remitir la solicitud de pago de honorarios del personal altamente calificado;


Que, en el marco de lo señalado de manera precedente y considerando lo enunciado en el documento de vistos, corresponde modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 002-2019-MIMP con el propósito de ampliar la delegación de facultades y atribuciones otorgadas a favor del/de la Secretario/a General del MIMP, a fin que pueda suscribir y remitir la solicitud de pago de honorarios del personal altamente calificado contratado en el marco de la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente calificado en el Sector Público y dicta otras disposiciones, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2012-EF y modificatorias, y los "Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público en el marco de la Ley Nº 29806" aprobados por Resolución Ministerial Nº 283-2012-EF-43 y modificatoria;


Que, mediante Informe Nº D000119-2019-MIMP-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable sobre la modificación de la Resolución Ministerial Nº 002-2019-MIMP, modificada por Resoluciones Ministeriales Nº 040-2019-MIMP, Nº 143-2019-MIMP y Nº 208-2019-MIMP;

Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente calificado en el Sector Público y dicta otras disposiciones;
su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2012-EF y modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modificatorias; y, los "Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público en el marco de la Ley Nº 29806" aprobados por Resolución Ministerial Nº 283-2012-EF-43 y modificatoria;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 002-2019-MIMP, modificada por Resoluciones Ministeriales Nº 040-2019-MIMP, Nº 143-2019-MIMP y Nº 208-2019-MIMP, en los siguientes términos:
"Artículo 1.- Delegación de facultades y atribuciones a la Secretaría General Delegar al/a la Secretario/a General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, las siguientes facultades y atribuciones: (...)
En materia administrativa y de gestión: (...)
e) Suscribir y remitir la solicitud de pago de honorarios del personal altamente calificado contratado en el marco de la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente calificado en el Sector Público y dicta otras disposiciones, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2012-EF y modificatorias, y los "Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público en el marco de la Ley Nº 29806" aprobados por Resolución Ministerial Nº 283-2012-EF-43 y modificatoria. (...)"
Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución al/a la Secretario/a General, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 229-2019-MIMP Modifican artículo de la R.M. Nº 002-2019-MIMP, sobre delegación de facultades y atribuciones a la Secretaría General del Ministerio en materia administrativa y de gestión
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 229-2019-MIMP
  • Emitida por : Mujer y Poblaciones Vulnerables - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-09-20
  • Fecha de aplicacion : 2019-09-21

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