10/19/2019

Gastos Apci Concepto Pasajes Viáticos Servidores RM 0720/RE-2019 Relaciones Exteriores

Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores Autorizan gastos a la APCI por concepto de pasajes y viáticos de servidores de nacionalidad panameñas, para participar en actividad a realizarse en Perú RM 0720/RE-2019 Lima, 18 de octubre de 2019 VISTOS: El Memorándum (APC) Nº APC00353/2019, de 26 de setiembre de 2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI y el Memorándum (DCI) Nº DCI00653/2019, de 30 de setiembre de de la Dirección de Cooperación
Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores
Autorizan gastos a la APCI por concepto de pasajes y viáticos de servidores de nacionalidad panameñas, para participar en actividad a realizarse en Perú
RM 0720/RE-2019
Lima, 18 de octubre de 2019
VISTOS:

El Memorándum (APC) Nº APC00353/2019, de 26 de setiembre de 2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI y el Memorándum (DCI) Nº DCI00653/2019, de 30 de setiembre de de la Dirección de Cooperación Internacional;

CONSIDERANDO:



Que, de conformidad con la Ley Nº 27692 y sus normas modificatorias, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, la cual se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente, goza de los beneficios tributarios que la ley establece;

Que, el literal c) del artículo 2 de la Ley de Cooperación Técnica Internacional, aprobada por Decreto Legislativo Nº 719, y sus normas modificatorias, establece que la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, científica y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú;


Que, la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal prorroga la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, de la Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, que autoriza a la APCI
financiar con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, la adquisición de pasajes, viáticos y seguros personales que permita el desplazamiento de personal peruano hacia el exterior para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de extranjeros hacia el Perú para recibir asistencia técnica y capacitación, ambos de corta duración;


Que, asimismo, la citada Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693
establece que los gastos que se efectúen en el marco de lo establecido por dicha disposición deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, la cooperación entre la República de Perú y la República de Panamá se enmarca en el Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica suscrito en Lima el 6 de noviembre de 1966, a través del cual se estableció un mecanismo de seguimiento de las acciones de cooperación denominado "Comisión Mixta Peruano - Panameña", cuyas reuniones se realizan, cada dos (02)
años, alternadamente;

Que, en la I Reunión de la Comisión Mixta Peruano -
Panameña, llevada a cabo el 17 y 18 de octubre de 2018, se aprobó el Programa de Cooperación Bilateral 2018 - 2021, el cual está conformado, entre otros, por el Proyecto denominado "Intercambio de experiencias en políticas y planes para fortalecer las medidas para erradicar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) de las embarcaciones de bandera nacional y extranjera";

Que, en el marco del mencionado Proyecto, se ha programado la primera actividad denominada "Intercambio de experiencias sobre los avances para erradicar la pesca ilegal no declarada y no reglamentada (INDNR) de las embarcaciones de bandera nacional y extranjera", que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, República del Perú, del 20 al 25 de octubre de 2019, en la cual, el rol de oferente estará a cargo del Ministerio de la Producción (PRODUCE) de la República del Perú y el rol de receptor estará a cargo de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) de la República de Panamá;

Que, en la referida actividad la asistencia técnica y capacitación que brindará PRODUCE contribuirá al fortalecimiento de las capacidades técnicas de la República de Panamá en la aplicación de las medidas
necesarias para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal no declarada y no reglamentada en las embarcaciones con licencia de pesca y apoyo a la pesca, a partir de la experiencia de la referida entidad;

Que, en dicha actividad participarán, la señora Viviana Minerva Quirós Solís, profesional de la Autoridad de Recursos Acuáticos y Pesca (ARAP) de la República de Panamá, así como los señores Rita Eneida Jiménez de Gracia y Gonzalo Omar Cortéz Velásquez, profesionales de la AMP; servidores de nacionalidad panameña, a quienes se les brindará asistencia técnica y capacitación en la ciudad de Lima, República del Perú;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que irrogue el desplazamiento de los mencionados servidores civiles serán cubiertos con el presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI;

Que, mediante Memorándum Nº 0777-2019-APCI/ OGA y Memorándum Nº 0811-2019-APCI/OGA, de 13
y 24 de setiembre de 2019, respectivamente, la Oficina General de Administración de la APCI informó respecto del importe de los pasajes aéreos y viáticos a ser autorizados;

Que, mediante Memorándum Múltiple Nº 0038-2019-APCI/OPP y Memorándum Nº 0410-2019-APCI/OPP, de 6 y 12 de setiembre de 2019, respectivamente la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI, indicó que se cuenta con la disponibilidad presupuestal, emitiendo las respectivas certificaciones de crédito presupuestal;

Que, mediante Informe Nº 0120-2019-APCI/DGNI, de 18 de setiembre de 2019, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la APCI, emitió opinión técnica concluyendo que resulta necesario proceder con la autorización de gasto por concepto de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de los referidos servidores de la Autoridad de Recursos Acuáticos y de Pesca de Panamá (ARAP) y de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) de la República de Panamá; por lo que siendo así, la Oficina de Asesoría Jurídica de la APCI, mediante Informe Nº 0237-2019/APCI-OAJ, de 24 de setiembre de 2019, verificó el cumplimiento de los requisitos y disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directivas internas, opinando favorablemente por la gestión de la autorización de gasto;

Que, a través del Memorándum (DCI) Nº DCI00653/2019, la Dirección de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, indica que ha verificado que lo requerido por la APCI se encuentra en consonancia con el objetivo estratégico del sector relacionado con el fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur y del rol de nuestro país como oferente de cooperación;

De conformidad con la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; la Ley Nº 27692, Ley de creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- Autorizar a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de la señora Viviana Minerva Quirós Solís, servidora de nacionalidad panameña de la Autoridad de Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP), y de los señores Gonzalo Omar Cortéz Velásquez y Rita Eneida Jiménez de Gracia, servidores de nacionalidad panameña de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), de la República de Panamá, en el marco de la primera actividad del proyecto denominado "Intercambio de experiencias en políticas y planes para fortalecer las medidas para erradicar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) de las embarcaciones de bandera nacional y extranjera", a realizarse en la ciudad de Lima, República del Perú, del 20 al 25 de octubre de 2019, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Pasajes Aéreos Clase Económica
USD
Viáticos por día
USD
Número de días Total de viáticos
USD
Viviana Minerva Quirós Solís 673.39 94.04 6 564.24
Rita Eneida Jiménez de Gracia 673.39 94.04 6 564.24
Gonzalo Omar Cortéz Velásquez 673.39 94.04 6 564.24
Artículo 2º.- La Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI remitirá al Ministerio de Relaciones Exteriores un informe detallado con posterioridad al cierre de la actividad, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como el detalle de los gastos efectuados, en base a la presente autorización.

Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUSTAVO MEZA-CUADRA V.

Ministro de Relaciones Exteriores

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 0720/RE-2019 Autorizan gastos a la APCI por concepto de pasajes y viáticos de servidores de nacionalidad panameñas, para participar en actividad a realizarse en Perú
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 0720/RE-2019
  • Emitida por : Relaciones Exteriores - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-10-19
  • Fecha de aplicacion : 2019-10-20

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