10/16/2019

T Exto Único Procedimientos Administrativos DS 010-2019-DE Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED DS 010-2019-DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo; con la finalidad de identificar
Poder Ejecutivo, Defensa
Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED
DS 010-2019-DE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, mediante Ley Nº 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo; con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y la preparación y atención ante situaciones de desastre, a través del establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;

Que, el artículo 12 de la citada Ley, define al Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED), como un organismo público ejecutor con calidad de pliego presupuestal;
adscrito al Ministerio de Defensa;

Que, el artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que el Texto único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del Sector, por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo;


Que, el artículo 9 de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobados mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, señala que la conducción del proceso de elaboración, actualización y formulación del TUPA de las entidades se encuentra a cargo del órgano responsable de la elaboración de los instrumentos de gestión o el que haga sus veces; asimismo, el artículo 11 de los citados lineamientos precisa que el titular de la Oficina de Asesoría Jurídica de la entidad o quien haga sus veces, es el responsable de garantizar que en el TUPA se consigne la base legal de los procedimientos administrativos, así como de verificar que estén ratificados o validados en el marco del proceso de análisis de calidad regulatoria.


Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2016-PCM, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED);

Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 018-2017- PCM, que aprueba medidas para fortalecer la planificación y operatividad del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres mediante la adscripción y transferencia de funciones al Ministerio de Defensa a través del INDECI
y otras disposiciones; dispuso, entre otras medidas, la transferencia de las funciones del CENEPRED relativas a Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones a que se refieren los literales k) y l) del artículo 12 de la Ley Nº 29664, al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 110-2018-PCM ratificó el procedimiento administrativo "Acceso a la información pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre o posee bajo su control" establecido en los artículos 10 y 11 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobada por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM;

Que, en ese contexto, el CENEPRED ha propuesto ante el Ministerio de Defensa la modificación de su TUPA, a fin de actualizar la denominación del procedimiento "Acceso a la Información Pública que posea o produzca el CENEPRED"
y reajustar el costo de su derecho de tramitación; eliminar el procedimiento denominado "Recurso de Apelación para Actos citados en procedimientos de selección cuyo valor estimado o referencial sea igual o menor a 65 UIT", así como la eliminación del servicio exclusivo denominado "Duplicado de Credencial de Inspector Técnico de Seguridad en Edificaciones";

Que, de acuerdo a lo manifestado por la Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Defensa, corresponde modificar el TUPA del CENEPRED de acuerdo a lo propuesto por el referido organismo público, por cuanto se encuentra conforme a las disposiciones aplicables en materia de simplificación administrativa y transparencia y acceso a la información pública;

Que, asimismo, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa, ha emitido opinión
legal favorable por cuanto la propuesta de modificación cuenta con el sustento técnico y legal correspondiente;

Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; y, la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM, que aprobó los Lineamientos y formatos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativo (TUPA);

DECRETA:



Artículo 1.- Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres Modificar el T exto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED y el Formulario FO-01-CENEPRED "Solicitud de Acceso a la Información Pública", aprobados por Decreto Supremo Nº 027-2016-PCM, conforme a los Anexos Nº 01 y Nº 02, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Publicación Dispóngase la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial "El Peruano", así como su publicación de manera conjunta con sus Anexos en el Portal del Diario Oficial "El Peruano" (www.elperuano.
pe), en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el portal institucional del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (www. cenepred.gob.pe).

Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Defensa.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
WALTER MARTOS RUIZ
Ministro de Defensa * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 010-2019-DE Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 010-2019-DE
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-10-16
  • Fecha de aplicacion : 2019-10-17

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