10/24/2019

Transferencia Financiera Ministerio Favor RM 321-2019-MINEM/DM Energia y Minas

Poder Ejecutivo, Energia y Minas Autorizan transferencia financiera del Ministerio a favor del Ministerio de Defensa, por acciones de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas RM 321-2019-MINEM/DM Lima, 21 de octubre de 2019 VISTOS: El Informe Nº 069-2019-MEM-OGPP-OPRE, y el Memorando Nº 1012-2019/MINEM-OGPP, ambos de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; los Informes Nº 242 y 258-2019-MINEM-OGA/OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General
Poder Ejecutivo, Energia y Minas
Autorizan transferencia financiera del Ministerio a favor del Ministerio de Defensa, por acciones de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas
RM 321-2019-MINEM/DM
Lima, 21 de octubre de 2019
VISTOS: El Informe Nº 069-2019-MEM-OGPP-OPRE, y el Memorando Nº 1012-2019/MINEM-OGPP, ambos de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
los Informes Nº 242 y 258-2019-MINEM-OGA/OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; y, el Informe Nº 978-2019-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:



Que, el primer párrafo de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas y/o de la Policía Nacional del Perú para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados, a realizar transferencias financieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, sólo si el gasto efectuado por el apoyo que brinden las FFAA o la PNP supera el monto máximo que debe ser financiado con cargo al presupuesto institucional aprobado de los pliegos Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, respectivamente. Dicho monto máximo anual se establece mediante decreto supremo;


Que, el segundo párrafo de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879
señala que las transferencias financieras a las que se refiere el considerando precedente, se financian con cargo al presupuesto institucional del pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;

Que, según el tercer párrafo de la misma norma, dichas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe de la Presidencia del Consejo de Ministros en el que se debe indicar si el pliego Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, según corresponda, ha excedido el monto máximo destinado a las acciones de apoyo fijado por la PCM, y de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en el pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, bajo responsabilidad de su titular, publicándose la mencionada resolución en el diario oficial El Peruano;


Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2019-PCM, se estableció el monto máximo de S/ 54,438.00 (Cincuenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Treinta y Ocho con 00/100 Soles) con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa, para atender las operaciones de apoyo a los Pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en el año fiscal 2019;

Que, mediante el Oficio Nº D001522-2019-PCM-SG, la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros remite el Informe Nº D000080-2019-PCM-OGPP, en el cual se señala que el Ministerio de Defensa ha excedido el monto máximo establecido en el Decreto Supremo Nº 047-2019-PCM, con cargo a su presupuesto, para atender las operaciones de apoyo a los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional;

Que, mediante Oficio Nº07346-2019-MINDEF/SG de la Secretaría General del Ministerio de Defensa, se solicita la transferencia financiera por las acciones de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas a favor del
Ministerio de Energía y Minas, determinando el monto a transferir en el importe de S/ 99,808.65 (Noventa y Nueve Mil Ochocientos Ocho con 65/100 Soles);

Que, mediante el Informe Nº 069-2019-MEM-OGPP-OPRE la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, señala que se ha previsto recursos presupuestales hasta la suma de S/ 100
000,00 (Cien Mil con 00/100 Soles) en el Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas - Central del Pliego 016, Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4, Donaciones y Transferencias, para atender futuros pagos que debe realizar la entidad en el marco de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019.

Que, asimismo mediante Memorando Nº 1012-2019/ MINEM-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas refiere que se cuenta con recursos suficientes para atender el pedido solicitado por el Ministerio de Defensa, conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario Nº SIAF
0000002685 de fecha 27 de setiembre de 2019;

Que, en virtud de lo expuesto, y en el marco de las normas descritas, resulta pertinente aprobar la transferencia financiera, por la suma de S/ 99,808.65 (Noventa y Nueve Mil Ochocientos Ocho con 65/100
Soles), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, para el pago de los gastos efectuados por las acciones de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas al Ministerio de Energía y Minas;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Decreto Supremo Nº 031-2017, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora Nº 001 - Ministerio de Energía y Minas -
Central, por la suma de S/ 99,808.65 (Noventa y Nueve Mil Ochocientos Ocho con 65/100 Soles), a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, por las acciones de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas al Ministerio de Energía y Minas, distribuido de la siguiente manera:

Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano S/ 51,685.61
Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú S/ 48,123.04
Artículo 2.- La transferencia financiera señalada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 016:

Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora 001:

Ministerio de Energía y Minas - Central, de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, según el siguiente detalle:

Fuente de Financiamiento : 1. Recursos Ordinarios Unidad Ejecutora : 001 Ministerio de Energía y Minas -
Central Gastos Corrientes 2.4 Donaciones y Transferencias : S/ 99,808.65
---------------------- Total S/ 99,808.65
Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas, en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Director de la Oficina de Tecnologías de la Información.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS LIU YONSEN
Ministro de Energía y Minas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 321-2019-MINEM/DM Autorizan transferencia financiera del Ministerio a favor del Ministerio de Defensa, por acciones de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 321-2019-MINEM/DM
  • Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-10-24
  • Fecha de aplicacion : 2019-10-25

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