11/09/2019

Como Barrera Burocrática Ilegal Procedimiento RE Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y

Organismos Tecnicos Especializados, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual Declaran como barrera burocrática ilegal procedimiento del TUPA de la Municipalidad Provincial de Huancayo, aprobado por Ordenanza Nº 470-MPH/CM INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL - INDECOPI RE 0363-2019/SEL-INDECOPI AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Sala Especializada en
Organismos Tecnicos Especializados, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual
Declaran como barrera burocrática ilegal procedimiento del TUPA de la Municipalidad Provincial de Huancayo, aprobado por Ordenanza Nº 470-MPH/CM INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL - INDECOPI
RE 0363-2019/SEL-INDECOPI
AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN:

Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas
FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN:

26 de septiembre de 2019
ENTIDAD QUE IMPUSO LAS BARRERAS
BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:

Municipalidad Provincial de Huancayo
NORMA QUE CONTIENE LAS BARRERAS
BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:

Procedimiento "Modificación de fl ota vehicular en sus diversas modalidades - Taxi Estación y Ejecutivo" del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Huancayo, aprobado por la Ordenanza Nº 470-MPH/CM, modificada por Ordenanza
Nº 528-MPH/CM.

PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA
CONFIRMADO:

Resolución Nº 562-2017/INDECOPI-JUN del 13 de octubre de 2017
BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL Y
SUSTENTO DE LA DECISIÓN:

La exigencia de presentar un estudio de factibilidad (análisis de mercado, gestión y financiero), firmado por profesional competente, y que sustente el incremento de la fl ota vehicular y frecuencia, materializada en el requisito 2 del Procedimiento "Modificación de fl ota vehicular en sus diversas modalidades - Taxi Estación y Ejecutivo" del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Huancayo, aprobado por la Ordenanza Nº 470-MPH/CM, modificada por Ordenanza

Nº 528-MPH/CM.

A través de la mencionada exigencia, el referido gobierno local creó un requisito adicional a los contemplados en el Reglamento Complementario de Administración de Transporte de la Municipalidad Provincial de Huancayo, aprobado por Ordenanza Nº 454-MPH/CM, el Reglamento del Servicio de Taxi de la Provincia de Huancayo, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 006-2014-MPH/A y el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC; lo cual vulnera lo dispuesto en los numerales 40.1 y 40.3 del artículo 40 del T exto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.


ANA ASUNCIÓN AMPUERO MIRANDA
Presidenta

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RE 0363-2019/SEL-INDECOPI Declaran como barrera burocrática ilegal procedimiento del TUPA de la Municipalidad Provincial de Huancayo, aprobado por Ordenanza Nº 470-MPH/CM INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL - INDECOPI
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN
  • Numero : 0363-2019/SEL-INDECOPI
  • Emitida por : Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2019-11-09
  • Fecha de aplicacion : 2019-11-10

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