11/20/2019
Estrategia Inteligencia Conjunta Lucha DS 179-2019-PCM PCM
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Decreto Supremo que aprueba la Estrategia de Inteligencia conjunta para la lucha contraterrorista en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) - 2021 DS 179-2019-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú establece que son deberes primordiales del Estado, defender la soberanía nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos,
Decreto Supremo que aprueba la Estrategia de Inteligencia conjunta para la lucha contraterrorista en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) - 2021
DS 179-2019-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú establece que son deberes primordiales del Estado, defender la soberanía nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad, y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;
Que, la Novena Política de Estado del Acuerdo Nacional aprobada en el año 2002 por las fuerzas políticas y sociales, refiere que la "Política de Seguridad Nacional"
es un compromiso del Estado para mantener una política que garantice la independencia, soberanía, integridad territorial y salvaguarda de los intereses nacionales;
Que, el Plan de Desarrollo Nacional denominado Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM, establece como parte del eje estratégico denominado: Estado y gobernabilidad, el aspecto de la Seguridad y Defensa Nacional, el cual considera como uno de sus objetivos específicos, la plena operatividad del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional orientado a la protección de nuestro territorio y para prevenir y/o enfrentar cualquier amenaza, preocupación y desafío que ponga en peligro la seguridad nacional;
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Que, el Consejo de Seguridad y Defensa Nacional - COSEDENA, en su calidad de ente rector del Sistema de Defensa Nacional, encargado de la coordinación estratégica en materia de Seguridad y Defensa Nacional, aprueba el Plan de Inteligencia Nacional - PIN en el que se determinan las amenazas que podrían afectar a la seguridad, defensa y desarrollo nacional, así como la Política de Seguridad y Defensa Nacional, en los cuales se establecen los lineamientos generales para estructurar, coordinar y armonizar los esfuerzos del Estado para hacer frente a las amenazas, preocupaciones y desafíos a la Seguridad Nacional;
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Que, mediante el Decreto Supremo Nº 012-2017-DE, se aprobó la Política de Seguridad y Defensa Nacional, en la cual se determinan los objetivos y lineamientos para garantizar la independencia, soberanía, integridad territorial y la salvaguarda de los intereses nacionales;
siendo uno de ellos, fortalecer la lucha contra el terrorismo;
Que, la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI, ente rector del Sistema de Inteligencia Nacional, forma parte del Sistema de Defensa Nacional y dentro de sus funciones se encuentra el proveer de Inteligencia Estratégica al Presidente de la República y al Consejo de Ministros para la formulación y ejecución de las acciones y políticas, con el objeto de garantizar la vigencia de los derechos humanos, defender la soberanía nacional, promover el bienestar general y el desarrollo integral de la Nación; y, proteger a la población de las amenazas internas y externas contra su seguridad, conforme lo establece el numeral 17.2. del artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 1141, Decreto Legislativo de Fortalecimiento y Modernización del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA y de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI, modificado por las Leyes Nº 30535 y Nº 30618;
Que, en este contexto, la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI en su calidad de ente rector del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA, ha elaborado la "Estrategia de Inteligencia conjunta para la lucha contraterrorista en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM)
- 2021", considerando criterios que orientan su implementación para la lucha contraterrorista en el VRAEM y que permitirá solucionar diversos aspectos que se presentan en la actualidad;
Que, considerando que la "Estrategia de Inteligencia conjunta para la lucha contraterrorista en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) - 2021", fortalece el liderazgo de la lucha contra el terrorismo en el VRAEM en el campo de la Inteligencia de acuerdo a competencias institucionales y dinamiza la actual estructura funcional de Inteligencia en el Comando Especial VRAEM - CE-VRAEM para optimizar los esfuerzos conjuntos en la lucha contra el terrorismo; en tal sentido, se hace necesario aprobar dicha estrategia;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1129 - Decreto Legislativo que regula el Sistema de Defensa Nacional; y, el Decreto Legislativo de Fortalecimiento y Modernización del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA y de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación de la Estrategia de Inteligencia conjunta para la lucha contraterrorista en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM)
- 2021
Apruébase la Estrategia de Inteligencia conjunta para la lucha contraterrorista en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) - 2021, la cual forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Supervisión del cumplimiento de la Estrategia de Inteligencia conjunta para la lucha contraterrorista en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) - 2021
La Dirección Nacional de Inteligencia - DINI, realiza la supervisión del cumplimiento de la Estrategia de Inteligencia conjunta para la lucha contraterrorista en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM)
- 2021.
Artículo 3.- Financiamiento La implementación de lo establecido en el presente Decreto Supremo, se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa; y, el Ministro del Interior.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Emisión de normas complementarias por parte de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI.
La Dirección Nacional de Inteligencia - DINI dicta las normas técnicas y establece los procedimientos necesarios para la mejor aplicación de la Estrategia de Inteligencia conjunta para la lucha contraterrorista en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM)
- 2021, aprobada mediante el presente Decreto Supremo.
Segunda: Clasificación de la Estrategia de Inteligencia conjunta para la lucha contraterrorista en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM)
- 2021
La Dirección Nacional de Inteligencia - DINI clasifica la "Estrategia de Inteligencia conjunta para la lucha contraterrorista en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) - 2021"; en el marco de lo establecido en el literal a) del numeral 2 del artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley
de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Presidente del Consejo de Ministros
WALTER MARTOS RUIZ
Ministro de Defensa
CARLOS MORÁN SOTO
Ministro del Interior
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 179-2019-PCM que aprueba la Estrategia de Inteligencia conjunta para la lucha contraterrorista en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) - 2021
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 179-2019-PCM
- Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-11-20
- Fecha de aplicacion : 2019-11-21
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