11/19/2019

Publicación Proyecto Reglamento Agencias Viajes RM 404-2019-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo

Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Disponen la publicación del proyecto de Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo en el Portal Institucional RM 404-2019-MINCETUR Lima, 14 de noviembre de 2019 Visto, el Memorándum Nº 1249-2019-MINCETUR/ VMT del Viceministerio de Turismo; y CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, señala que dicha entidad es el ente rector
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo
Disponen la publicación del proyecto de Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo en el Portal Institucional
RM 404-2019-MINCETUR
Lima, 14 de noviembre de 2019
Visto, el Memorándum Nº 1249-2019-MINCETUR/ VMT del Viceministerio de Turismo; y

CONSIDERANDO:



Que, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, señala que dicha entidad es el ente rector en materia de comercio exterior y turismo, y tiene entre sus funciones, establecer el marco normativo para el desarrollo de las actividades turísticas, fiscalizando el cumplimiento de la normatividad emitida en el ámbito de su competencia;

Que, la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, establece el marco general para el desarrollo y regulación de la actividad turística, precisando en su artículo 27
que son prestadores de servicios turísticos las personas naturales o jurídicas que participan en la actividad turística, con el objeto principal de proporcionar servicios turísticos directos de utilidad básica e indispensable para el desarrollo de la actividad de los turistas, estableciendo en su Anexo Nº 1, una lista de prestadores de servicios turísticos;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2016-MINCETUR, modificado por los Decretos Supremos Nº 011-2017-MINCETUR y Nº 006-2018-MINCETUR, se aprobó el Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo, con el objeto de establecer las disposiciones administrativas para la adecuada prestación del servicio de la agencia de viajes y turismo que opera en el país; asimismo, establece el procedimiento para su inscripción en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados y las funciones de los órganos competentes en dicha materia;


Que, mediante Resolución Ministerial Nº 233-2019-MINCETUR, se aprobó el "Plan para la Formalización del Sector Turismo 2019-2021", cuyo objetivo general es fomentar la formalización y mejora de la competitividad en la prestación de los servicios turísticos;

Que, para alcanzar el citado objetivo general, el Plan propone el desarrollo de diversas actividades, entre las cuales se encuentra: "Identificar y promover las mejoras aplicables al marco normativo que obstaculicen la aplicación de las normas sectoriales";


Que, en dicho contexto, el MINCETUR considera necesario elaborar y aprobar un nuevo reglamento que
permita adecuar el ordenamiento aplicable en materia de agencias de viajes y turismo;

Que, siendo el proyecto de nuevo Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo una norma de carácter general, resulta pertinente disponer su publicación conforme lo establecido en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y, De conformidad con la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR (www.gob.pe/mincetur), durante el plazo de treinta (30) días calendario, para conocimiento y sugerencias por parte de las entidades públicas e instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales interesadas.

Las propuestas y opiniones serán remitidas al correo electrónico: imendoza@mincetur.gob.pe Artículo 2.- La Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico queda encargada de recibir, procesar, evaluar y consolidar las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del proyecto de Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo publicado, para posteriormente elaborar el texto definitivo del mismo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGAR M. VASQUEZ VELA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 404-2019-MINCETUR Disponen la publicación del proyecto de Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo en el Portal Institucional
  • Tipo de norma : RESOLUCION MINISTERIAL
  • Numero : 404-2019-MINCETUR
  • Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-11-19
  • Fecha de aplicacion : 2019-11-20

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