11/14/2019

Suspenden Temporal Parcialmente Aplicación DS 334-2019-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Suspenden temporal y parcialmente la aplicación del Decreto Supremo Nº 268-2019-EF, que aprueba las listas de insumos químicos, productos y sus subproductos o derivados que son objeto de control, y definen los bienes fiscalizados considerados de uso doméstico y artesanal, conforme lo establecido en los artículos 5 y 16 del Decreto Legislativo Nº 1126 DS 334-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Suspenden temporal y parcialmente la aplicación del Decreto Supremo Nº 268-2019-EF, que aprueba las listas de insumos químicos, productos y sus subproductos o derivados que son objeto de control, y definen los bienes fiscalizados considerados de uso doméstico y artesanal, conforme lo establecido en los artículos 5 y 16 del Decreto Legislativo Nº 1126
DS 334-2019-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1126 se establecen medidas de control en los insumos químicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas;

Que, en mérito de los artículos 5 y 16 del citado decreto, se emitió el Decreto Supremo Nº 268-2019-EF, que aprueba las listas de insumos químicos, productos y sus subproductos o derivados que son objeto de control, y definen los bienes fiscalizados considerados de uso doméstico y artesanal;

Que, conforme a su única disposición complementaria final, la referida norma entra en vigencia a los sesenta días calendarios contados a partir del día siguiente de su publicación;

Que, de acuerdo con el artículo 7 del mencionado decreto legislativo, los usuarios, para desarrollar cualquier actividad fiscalizada con los insumos químicos fiscalizados requieren contar con su inscripción vigente en el Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados;


Que, considerando que un gran número de usuarios que realizan actividades con los nuevos insumos químicos, productos y sus subproductos o derivados incluidos en el Decreto Supremo Nº 268-2019-EF, requieren inscribirse y/o actualizar su información en el Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados, resulta necesario suspender temporal y parcialmente la aplicación del Decreto Supremo Nº 268-2019-EF, a fin que se cumpla lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1126;

De conformidad con el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el inciso 3) del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y los artículos 5 y 16 del Decreto Legislativo Nº 1126, Decreto Legislativo que establece medidas de control en los insumos químicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas;


DECRETA:



Artículo 1. Suspenden temporal y parcialmente la aplicación del Decreto Supremo Nº 268-2019-EF
Suspéndase hasta el 31 de diciembre de la aplicación del Decreto Supremo Nº 268-2019-EF, en el extremo que corresponde a la incorporación al registro, control y fiscalización en el territorio nacional, inclusive en las zonas geográficas sujetas al Régimen Especial para el Control de Bienes Fiscalizados, de los insumos químicos ácido sulfámico, cloruro de calcio, hidróxido de sodio y metabisulfito de sodio; así como de las mezclas que contengan en su composición ácido nítrico y ácido fórmico en concentraciones superiores al 10% en cada caso, y las mezclas que contengan en su composición hidróxido de calcio y óxido de calcio en concentraciones que sumadas superen el 40%, a fin que los usuarios de los mencionados insumos químicos cumplan con inscribirse y/o actualizar su información en el Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados, según lo previsto en el artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1126.

Artículo 2. Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro del Interior.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI
Ministra de Economía y Finanzas
CARLOS MORÁN SOTO
Ministro del Interior

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 334-2019-EF Suspenden temporal y parcialmente la aplicación del Nº 268-2019-EF, que aprueba las listas de insumos químicos, productos y sus subproductos o derivados que son objeto de control, y definen los bienes fiscalizados considerados de uso doméstico y artesanal, conforme lo establecido en los artículos 5 y 16 del Decreto Legislativo Nº 1126
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 334-2019-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-11-14
  • Fecha de aplicacion : 2019-11-15

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