11/20/2019
Transferencia Financiera Favor Contraloría RE 165-2019-P/JNE JNE
Poder Judicial, Jurado Nacional de Elecciones Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República destinada a la contratación de sociedad de auditoría a fin de auditar al JNE para el periodo 2019 RE 165-2019-P/JNE Lima, 13 de noviembre de 2019 VISTOS, el Informe Presupuestal Nº 116-2019-DGPID/ JNE, de la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, y el Informe Nº 266-2019-DGNAJ/JNE, de la Dirección General de Normatividad
Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República destinada a la contratación de sociedad de auditoría a fin de auditar al JNE para el periodo 2019
RE 165-2019-P/JNE
Lima, 13 de noviembre de 2019
VISTOS, el Informe Presupuestal Nº 116-2019-DGPID/ JNE, de la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, y el Informe Nº 266-2019-DGNAJ/JNE, de la Dirección General de Normatividad y Asuntos Jurídicos.
CONSIDERANDO:
Que, para efectos de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785, artículo 20 - dispositivo modificado por la Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, Ley Nº 30742 - las sociedades de auditoría son personas jurídicas contratadas por la Contraloría General de la República, para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a estas.
El artículo 20 de la Ley Nº 27785, prevé la autorización para que el Jurado Nacional de Elecciones, mediante resolución aprobatoria del titular del pliego, que se publicará en el diario oficial El Peruano - y previo informe favorable de la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo - realice la transferencia financiera, con cargo a su presupuesto institucional, a favor de la Contraloría General de la República, previa solicitud, para cubrir los gastos derivados de la contratación de las sociedades de auditoría.
TAMBIEN PUEDES VER: Tarifario Servicios Tecnológicos Centro RE 296-2019-ITP/DE Produce
En la Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG, del 22 de octubre de 2019, se aprueba el Tarifario, cuya entrada en vigencia es a partir del día hábil siguiente a la publicación en el diario oficial, que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que se debe transferir a la Contraloría General de la República.
En el Oficio Nº 002230-2019-CG/DC, del 30 de octubre de 2019, de la Contraloría General de la República, se indica el monto a ser transferido por el Jurado Nacional de Elecciones, para el periodo auditado 2019, esto es el importe a transferirse en el año 2019, y en el año 2020, para lo cual debe adjuntarse una previsión presupuestal, con cargo al presupuesto institucional 2020.
MAS NORMAS LEGALES: Transferencia Financiera Favor Gobierno Regional RM 348-2019-MINEM/DM Energia y Minas
En el Informe Presupuestal Nº 116-2019-DGPID/ JNE, del 11 de noviembre de 2019, conforme al detalle contenido en el análisis, se concluye en la existencia de la disponibilidad presupuestal para la transferencia financiera, para los años y 2020, con motivo de la auditoría al Jurado Nacional de Elecciones, para el periodo 2019, según los importes precisados; incluso el monto de la previsión presupuestal, suscrita por la Dirección General de Recursos y Servicios y por la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo.
En virtud del Informe Presupuestal Nº 116-2019-DGPID/JNE, elaborado por la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, y el Informe Nº 266-2019-DGNAJ/JNE, de la Dirección General de Normatividad y Asuntos Jurídicos, existe el debido sustento para que la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones apruebe la respectiva transferencia financiera.
En uso de las facultades de la que está investida esta Presidencia,
RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la transferencia financiera de S/ 32,352.00 (treinta y dos mil trescientos cincuenta y dos con 00/100 soles), equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica (incluido IGV), a favor de la Contraloría General de la República, para financiar la contratación de la sociedad de auditoría, con motivo de la auditoría al Jurado Nacional de Elecciones, para el periodo 2019.
Artículo Segundo.- Autorizar el abono de S/ 6,580.07 (seis mil quinientos ochenta con 07/100 soles), equivalente al seis por ciento (6%) de derecho de designación o supervisión de sociedades de auditoría, en favor de la Contraloría General de la República.
Artículo Tercero.- Precisar que para atender la transferencia financiera del año 2020, existe la previsión
presupuestal por la suma de S/ 32,352.00 (treinta y dos mil trescientos cincuenta y dos con 00/100 soles).
Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.
Regístrese y comuníquese.
VICTOR TICONA POSTIGO
Presidente
NORMA LEGAL:
- Titulo: RE 165-2019-P/JNE Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República destinada a la contratación de sociedad de auditoría a fin de auditar al JNE para el periodo 2019
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN
- Numero : 165-2019-P/JNE
- Emitida por : Jurado Nacional de Elecciones - Poder Judicial
- Fecha de emision : 2019-11-20
- Fecha de aplicacion : 2019-11-21
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- enero 2025 (55)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)