12/31/2019

Anexo A Ley 30879 Presupuesto Sector DS 018-2019-MINEDU Educacion

Poder Ejecutivo, Educacion Decreto Supremo que modifica el Anexo " A" de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019 DS 018-2019-MINEDU EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 7 de la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, modificado por la Ley Nº 29544, el Instituto Peruano del Deporte (IPD), en coordinación con los organismos
Poder Ejecutivo, Educacion
Decreto Supremo que modifica el Anexo " A" de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019
DS 018-2019-MINEDU
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, de acuerdo a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 7 de la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, modificado por la Ley Nº 29544, el Instituto Peruano del Deporte (IPD), en coordinación con los organismos del Sistema Deportivo Nacional (SISDEN), formula e imparte la política del deporte en general y, por ende, de cada uno de sus componentes.

Asimismo, organiza, planifica, promueve, coordina, evalúa y fiscaliza en el ámbito nacional el desarrollo del deporte, la recreación y la educación física en todas sus disciplinas, modalidades, niveles y categorías, como componentes del deporte en general;

Que, el artículo 71 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que las subvenciones que se otorguen a personas jurídicas, no pertenecientes al Sector Público en los años fiscales correspondientes, deben estar consideradas en el anexo de la Ley de Presupuesto del Sector Público, debiendo contar con el financiamiento respectivo y el informe técnico sustentatorio de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad subsidiaria correspondiente;


Que, de conformidad con el numeral 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, las subvenciones a ser otorgadas durante el Año Fiscal por los pliegos presupuestarios están contenidas en el Anexo A: Subvenciones para Personas Jurídicas de la referida ley;

Que, dentro del rol promotor del desarrollo del deporte y en el marco de lo dispuesto en el artículo 71 del Decreto Legislativo Nº 1440, el IPD anualmente otorga recursos destinados al apoyo del deporte afiliado, los cuales son entregados mediante subvenciones a las Federaciones Deportivas Nacionales, a la Asociación Nacional Paralímpica del Perú y otras entidades, con el objeto de financiar las actividades referidas a la contratación de entrenadores, capacitación, participación de delegaciones deportivas y organización de eventos nacionales e internacionales, entre otros rubros;


Que, el artículo 42 de la Ley Nº 30879, autoriza en el Año Fiscal 2019, al IPD, previa evaluación de los resultados alcanzados en los indicadores de desempeño establecidos en los Planes Anuales de las Federaciones Deportivas Nacionales y la Asociación Nacional Paralímpica del Perú, para modificar el Anexo A de la citada Ley en cuanto a las subvenciones otorgadas a favor de Federaciones Deportivas Nacionales y la Asociación Nacional Paralímpica del Perú señaladas en dicho Anexo, mediante decreto supremo refrendado por el Ministerio de Educación, el cual se publica en los portales electrónicos institucionales del IPD y del Ministerio de Educación, dentro de los tres (03) días hábiles contados a partir de la publicación del citado decreto supremo en el diario oficial el Peruano;

Que, mediante Oficio Nº 742-2019-P/IPD el Presidente del IPD remite al Ministerio de Educación, los Informes Nºs. 0002381-2019-CMT/DINADAF/IPD, 001672-2019-RPH-DINADAF/IPD, 1867-2019-UPTO/ IPD y 1134-2019-OAJ/IPD, a través de los cuales solicita y sustenta la redistribución de las subvenciones económicas de las Federaciones Deportivas Nacionales y de la Asociación Nacional Paralímpica del Perú señaladas en el Anexo A: Subvenciones para Personas Jurídicas de la Ley Nº 30879, entre las cuales se encuentra la Federación Deportiva Nacional de Voleibol, lo cual permitirá financiar la preparación y participación de las delegaciones deportivas nacionales de voleibol en cinco (05) nuevos eventos internacionales, de los cuales tres (03) corresponden a la modalidad de Voleibol Piso y dos (02) a la modalidad de Voleibol Playa, sin que la redistribución de las subvenciones irroguen mayores gastos al Estado;

Que, en ese contexto, el IPD ha estimado conveniente solicitar la modificación del Anexo A: Subvenciones para Personas Jurídicas de la Ley Nº 30879, a fin de atender el monto solicitado por la Federación Deportiva Nacional de Voleibol, con las subvenciones asignadas y no ejecutadas por las Federaciones Deportivas Nacionales de Jiu Jitsu, Kendo y Remo;

Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 01273-2019-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, señala que en virtud a la sustentación efectuada por el IPD, resulta factible atender la propuesta de modificación del Anexo A: Subvenciones para Personas Jurídicas de la Ley Nº 30879, formulada por el IPD, para los fines solicitados por la Federación Deportiva Nacional de Voleibol;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;

DECRETA:



Artículo 1.- Modificación de Anexo Modifícase el Anexo A: Subvenciones para Personas Jurídicas de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en cuanto a las subvenciones otorgadas a favor de las Federaciones Deportivas Nacionales y de la Asociación Nacional Paralímpica del Perú por parte del Instituto Peruano del Deporte, a fin de priorizar y redistribuir las subvenciones contenidas en el citado Anexo y sus modificaciones, las cuales están orientadas a financiar los gastos de preparación y participación de las delegaciones deportivas peruanas de Voleibol en los eventos deportivos internacionales mencionados en la parte considerativa del presente Decreto Supremo; conforme al detalle contenido en el Anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente norma.

Artículo 2.- Financiamiento La modificación del Anexo A al que se hace referencia en el artículo precedente, se financia con cargo al presupuesto institucional del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, sin demandar recursos adicionales al T esoro Público.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos autorizados en atención a la priorización y redistribución a las que se hace referencia en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados.

Artículo 4.- Publicación Publíquese el presente Decreto Supremo en los portales electrónicos institucionales del Instituto Peruano del Deporte (www.ipd.gob.pe) y del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), dentro de los tres (03)
días hábiles contados a partir de la publicación del citado Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Educación.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
FLOR AIDEÉ PABLO MEDINA
Ministra de Educación
PLIEGO PRESUPUESTARIO MONTO PERSONA JURIDICA
342 INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE 65,205,867.00
2,113,337 ASOCIACION NACIONONAL PARALIMPICA
75,000 FDN ACTIVIDADES SUBACUATICAS
9,750 FDN AERODEPORTIVA
637,500 FDN AJEDREZ
3,589,922 FDN ATLETISMO
2,568,125 FDN BADMINTON
1,170,661 FDN BEISBOL
381,387 FDN BILLAR
269,656 FDN BOCHAS
1,101,300 FDN BOWLING
1,345,843 FDN BOXEO
561,112 FDN CANOTAJE
1,493,060 FDN CICLISMO
809,325 FDN DEPORTES ECUESTRES
262,048 FDN ESCALADA
1,228,485 FDN ESGRIMA
943,129 FDN ESQUI ACUATICO
637,096 FDN FISICOCULTURISMO
1,314,412 FDN GIMNASIA
1,137,115 FDN GOLF
605,225 FDN HANDBALL
1,290,775 FDN HOCKEY
2,426,097 FDN JUDO
2,273,687 FDN KARATE
213,815 FDN KICK BOXING
145,450 FDN KUNG FU
10,757,047 FDN LEVANTAMIENTO DE PESAS
37,500 FDN LEVANTAMIENTO DE PROTENCIA
2,027,620 FDN LUCHA AMATEUR
540,887 FDN MOTOCICLISMO
116,958 FDN MOTONAUTICA
470,572 FDN MUAY THAI
2,533,941 FDN NATACION
584,087 FDN PALETA FRONTON
109,096 FDN REMO
803,664 FDN RUGBY
1,506,198 FDN SOFTBOL
1,342,736 FDN SQUASH RACKET
1,525,456 FDN TABLA
1,650,323 FDN TAE KWON DO
1,607,924 FDN TENIS
492,299 FDN TENIS DE MESA
1,689,162 FDN TIRO
585,308 FDN TIRO CON ARCO
854,512 FDN TRIATHLON
1,424,537 FDN VELA
3,395,176 FDN VOLEIBOL
30,000 FDN KENDO
962,396 FDN PATINAJE
841,165 FDN PENTATLON MODERNO
601,241 FEDENADIF
112,750 FEDUP
MODIFICACIÓN DEL ANEXO A: SUBVENCIONES A PERSONAS JURIDICAS DE LA LEY 30879, LEY DE PRESUPUESTO DEL
SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2019
FUENTE DE FINANCIAMIENTO : RECURSOS ORDINARIOS (EN NUEVO SOLES)
PLIEGO PRESUPUESTARIO MONTO PERSONA JURIDICA
342 INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE 14,248,623.00
725,000 ASOCIACION NACIONONAL PARALIMPICA
44,250 FDN AERODEPORTIVA
1,201,138 FDN ATLETISMO
300,000 FDN AUTOMOVILISMO
76,700 FDN BADMINTON
178,596 FDN BEISBOL
86,083 FDN BILLAR
78,910 FDN BOCHAS
211,529 FDN BOWLING
20,000 FDN BOXEO
9,178 FDN CANOTAJE
17,958 FDN CICLISMO
261,150 FDN DEPORTES ECUESTRES
146,150 FDN ESCALADA
251,200 FDN ESGRIMA
234,397 FDN ESQUI ACUATICO
66,400 FDN FISICOCULTURISMO
669,750 FDN GIMNASIA
181,967 FDN GOLF
188,000 FDN HANDBALL
200,000 FDN HOCKEY
584,657 FDN JUDO
672,838 FDN KARATE
55,000 FDN KICK BOXING
124,050 FDN KUNG FU
678,044 FDN LEVANTAMIENTO DE PESAS
140,071 FDN LUCHA AMATEUR
168,015 FDN MOTOCICLISMO
87,730 FDN MOTONAUTICA
83,400 FDN MUAY THAI
467,637 FDN NATACION
429,337 FDN PALETA FRONTON
334,102 FDN RUGBY
194,989 FDN SOFTBOL
90,745 FDN SQUASH RACKET
743,000 FDN TABLA
586,087 FDN TAE KWON DO
534,625 FDN TENIS
335,676 FDN TENIS DE MESA
587,104 FDN TIRO
15,000 FDN TIRO CON ARCO
166,200 FDN TRIATHLON
704,504 FDN VELA
1,010,771 FDN VOLEIBOL
7,500 FDN KENDO
80,000 FDN PATINAJE
80,000 FDN PENTATLON MODERNO
126,685 FEDENADIF
12,500 FEDUP
MODIFICACIÓN DEL ANEXO A: SUBVENCIONES A PERSONAS JURIDICAS DE LA LEY 30879, LEY DE PRESUPUESTO DEL
SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2019
FUENTE DE FINANCIAMIENTO : RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS (EN NUEVO SOLES)

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 018-2019-MINEDU que modifica el Anexo " A" de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 018-2019-MINEDU
  • Emitida por : Educacion - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-12-31
  • Fecha de aplicacion : 2020-01-01

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