12/13/2019

Dos Fichas Técnicas Una Ficha Técnica Rubro RJ 134-2019-PERU COMPRAS Transportes y Comunicaciones

Organismos Ejecutores, Transportes y Comunicaciones Aprueban dos Fichas Técnicas y modifican una Ficha Técnica del rubro Materiales de minerales, tejidos, plantas y animales no comestibles en el LBSC; asimismo, modifican el Documento de Información Complementaria RJ 134-2019-PERU COMPRAS Lima, 11 de diciembre de 2019 VISTO: Los Informes Nºs. 000111-2019-PERU COMPRAS-DES y 000112-2019-PERU COMPRAS-DES, ambos de fecha 3 de diciembre de 2019, emitidos por la Dirección
Organismos Ejecutores, Transportes y Comunicaciones
Aprueban dos Fichas Técnicas y modifican una Ficha Técnica del rubro Materiales de minerales, tejidos, plantas y animales no comestibles en el LBSC; asimismo, modifican el Documento de Información Complementaria
RJ 134-2019-PERU COMPRAS
Lima, 11 de diciembre de 2019
VISTO:

Los Informes Nºs. 000111-2019-PERU COMPRAS-DES y 000112-2019-PERU COMPRAS-DES, ambos de fecha 3 de diciembre de 2019, emitidos por la Dirección de Estandarización y Sistematización; y, el Informe Nº 000257-2019-PERU COMPRAS-OAJ, de fecha 5 de diciembre de 2019, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERU
COMPRAS; y,

CONSIDERANDO:



Que, la Central de Compras Públicas - PERU
COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;
tiene como funciones, entre otras, realizar las compras corporativas obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente, realizar las compras corporativas facultativas que le encarguen otras entidades del Estado, realizar las adquisiciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente, promover y conducir los procesos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes, y promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1018, modificado por Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado;


Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-2019-EF se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS;

Que, por Resolución Jefatural Nº 012-2019- PERU
COMPRAS, se aprobó el Cuadro de Equivalencias de los órganos de la Central de Compras Públicas - PERU
COMPRAS con la estructura orgánica aprobada en el nuevo ROF, donde la Dirección de Subasta Inversa, ahora se denomina Dirección de Estandarización y Sistematización;


Que, el numeral 110.2 del artículo 110, del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS
genera y aprueba las fichas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, así como, información complementaria de los rubros a los que corresponden, a los que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modificación o exclusión, previo sustento técnico;

Que, los numerales 8.1 y 8.2 de la Directiva Nº 006-2016-PERU COMPRAS, denominada "Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la Obligatoriedad de su Uso", aprobada por Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERU COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERU COMPRAS, en adelante "la Directiva", señalan que la Ficha Técnica contiene las características técnicas y/o prestaciones específicas que debe tener determinado bien o servicio al momento de su entrega o prestación de la Entidad, y la estructura de la misma se encuentra conformada por: i) características generales del bien o servicio común, y ii) características específicas del bien o servicio común;

Que, el numeral 8.5 de la Directiva dispone que, para los efectos de la generación y aprobación de una Ficha Técnica, PERU COMPRAS, a través de la Dirección de Estandarización y Sistematización, podrá solicitar información u opinión técnica a entidades del Estado, las mismas que deberán responder a lo solicitado de manera idónea, bajo responsabilidad; asimismo, indica que PERU
COMPRAS comprobará la existencia de organismos evaluadores de la conformidad que permitan verificar la calidad del bien o servicio;

Que, los numerales 8.6 y 8.7 de la Directiva establecen que, la Dirección de Estandarización y Sistematización, pre publicará en el Portal Institucional de PERU COMPRAS, los proyectos de Fichas Técnicas de los bienes y servicios transables, por un plazo no menor de ocho (8) días hábiles; sin perjuicio de lo señalado, los citados proyectos de Fichas Técnicas se pre publicarán, durante el mismo periodo, a través del SEACE, donde estará habilitado un formulario electrónico para recibir sugerencias y recomendaciones, alternativamente a otras vías; y, una vez transcurrido el mencionado plazo, la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERU COMPRAS
evaluará las sugerencias y/o recomendaciones recibidas, para lo cual podrá solicitar una opinión técnica o información complementaria a las entidades competentes, las que deberán responder a lo solicitado de manera idónea y oportuna, bajo responsabilidad;

Que, el numeral 8.8 de la Directiva dispone que PERU COMPRAS, contando o no con sugerencias y/o recomendaciones, aprobará, mediante Resolución Jefatural, el contenido definitivo de la Ficha Técnica de un bien o servicio, disponiendo su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes y su publicación en el Portal de PERU COMPRAS;

Que, el numeral 8.9 de la Directiva establece que, el Documento de Orientación contiene los requisitos mínimos obligatorios relacionados al proveedor del bien o servicio, y los aspectos relacionados a la certificación de su calidad, obligatorios o facultativos, según sea el caso, los cuales pueden incluir aspectos de muestreo y ensayos, así como las referencias normativas y/o regulatorias del mismo;

Que, el numeral 8.10 de la Directiva señala que mediante Resolución Jefatural se aprueban o modifican los Documentos de Orientación de cada uno de los rubros de las Fichas Técnicas del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; cabe señalar que, conforme el artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, el Documento de Orientación, ahora es denominado "Documento de Información Complementaria";

Que, el numeral 8.15 de las Disposiciones Específicas de la Directiva, establece que a través de Resolución Jefatural se aprobará la modificación o la exclusión de la Ficha Técnica del LBSC;

Que, mediante Informe Nº 000111-2019-PERU
COMPRAS-DES, la Dirección de Estandarización y Sistematización señala que, respecto de los bienes objeto de análisis: i) se verificó la existencia de demanda en función de los montos contratados por la entidades durante los periodos 2016 y 2017; así como, una demanda potencial de los productos químicos para tratamiento de agua potable para consumo humano, por parte del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL) y las Empresas Prestadoras de Servicios Municipales (EPS); ii)
se verificó la existencia de más de un proveedor en el mercado de los bienes a incluirse en el LBSC; y, iii) se verificó la existencia de oferta de organismos capaces de comprobar la calidad de los bienes materia de evaluación;
en tal sentido, recomienda la aprobación de la inclusión de dos (2) Fichas Técnicas del rubro Materiales de minerales, tejidos, plantas y animales no comestibles en el LBSC;

Que, de otro lado, mediante Informe Nº 000112-2019-PERU COMPRAS-DES, la Dirección de Estandarización y Sistematización fundamenta la modificación de una (1) Ficha Técnica del rubro Materiales de minerales, tejidos, plantas y animales no comestibles en el LBSC, a fin de actualizar la normatividad contenida en la misma;
asimismo, considera que, en atención a la modificación e inclusión de Fichas Técnicas al LBSC, corresponde modificar el Documento de Información Complementaria del rubro en mención;

Que, mediante el Informe Nº 000257-2019-PERU
COMPRAS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, de conformidad con el numeral 110.2 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, así como, lo dispuesto en la Directiva Nº 006-2016-PERU COMPRAS, resulta viable la aprobación de la inclusión de dos (2) Fichas Técnicas y la modificación de una (1) Ficha Técnica rubro Materiales de minerales, tejidos, plantas y animales no comestibles en el LBSC;
así como, la modificación del Documento de Información Complementaria;

Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización y Sistematización, y la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1018; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018 -EF; la Directiva Nº 006-2016-PERU COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERU COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERU COMPRAS; y, en ejercicio de la atribución conferida por el artículo 8 y el literal d) del artículo 9, del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2019-EF;

SE RESUELVE:



Artículo Primero.- Aprobar dos (2) Fichas Técnicas del rubro Materiales de minerales, tejidos, plantas y animales no comestibles, y disponer su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo Nº 1, que forma parte integrante de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle:

Nº DENOMINACIÓN DEL BIEN
1 ARENA SILÍCEA
2 CARBÓN ACTIVADO GRANULAR
* Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web:
www.perucompras.gob.pe/lbsc.

Artículo Segundo.- Modificar una (1) Ficha Técnica del rubro Materiales de minerales, tejidos, plantas y animales no comestibles en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo Nº 2, que forma parte integrante de la presente Resolución, según el siguiente detalle:

Nº DENOMINACIÓN DEL BIEN VERSIÓN
1 ARENA FINA 02
* La Ficha Técnica podrá ser visualizada en el siguiente enlace web: www. perucompras.gob.pe/lbsc Artículo Tercero.- Modificar el Documento de Información Complementaria del rubro Materiales de minerales, tejidos, plantas y animales no comestibles en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, conforme al Anexo Nº 3, que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización así como a la Oficina de Tecnologías de la Información, realicen la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE
y en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS (www.perucompras.gob. pe), respectivamente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERNANDO MASUMURA TANAKA
Jefe de la Central de Compras Públicas -
PERU COMPRAS

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 134-2019-PERU COMPRAS Aprueban dos Fichas Técnicas y modifican una Ficha Técnica del rubro Materiales de minerales, tejidos, plantas y animales no comestibles en el LBSC; asimismo, modifican el Documento de Información Complementaria
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 134-2019-PERU COMPRAS
  • Emitida por : Transportes y Comunicaciones - Organismos Ejecutores
  • Fecha de emision : 2019-12-13
  • Fecha de aplicacion : 2019-12-14

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