Inicio
Últimas normas legales
Lineamientos Generales Determinar Caudales RJ 267-2019-ANA Agricultura y Riego
12/06/2019
Lineamientos Generales Determinar Caudales RJ 267-2019-ANA Agricultura y Riego
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Aprueban los "Lineamientos generales para determinar caudales ecológicos" RJ 267-2019-ANA Lima, 5 de diciembre de 2019 VISTOS: Los Informes Nº 311-2019-ANA-DCERH y 285-2019-ANA-DCERH de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos, y el Informe Legal Nº 1015-2019-ANA-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el artículo 15 numeral 3 de la Ley Nº
Aprueban los "Lineamientos generales para determinar caudales ecológicos"
RJ 267-2019-ANA
Lima, 5 de diciembre de 2019
VISTOS:
Los Informes Nº 311-2019-ANA-DCERH y 285-2019-ANA-DCERH de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos, y el Informe Legal Nº 1015-2019-ANA-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo previsto en el artículo 15 numeral 3 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, es función de la Autoridad Nacional del Agua, dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos;
Que, el Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, en el artículo 153 establece que Caudal Ecológico es el volumen de agua que debe mantenerse en la fuente natural de agua, para la protección o conservación de los ecosistemas involucrados, la estética del paisaje u otros aspectos de interés científico;
Que, asimismo en el artículo 155 del Reglamento en mención dispone que, la Autoridad Nacional del Agua en coordinación con el Ministerio del Ambiente, establece las metodologías para determinar los caudales ecológicos, con participación de las autoridades competentes, en función a las particularidades de cada curso y cuerpo de agua y los objetivos específicos a ser alcanzados;
TAMBIEN PUEDES VER: Publicar Proyecto Resolución Consejo Directivo RCDOSIEMO OSINERGMIN
Que, en ese sentido, se aprueba la Metodología para determinar Caudales Ecológicos, mediante Resolución Jefatural Nº 154-2016-ANA rectificada con Resolución Jefatural Nº 206-2016-ANA;
Que, la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos propone sustituir la Metodología vigente, en ese sentido, con Resolución Jefatural Nº 118-2019-ANA se dispuso la publicación de la propuesta "Lineamientos generales para determinar caudales ecológicos" por el plazo de diez (10) días, a fin de recibir los aportes y comentarios respectivos;
Que, la propuesta "Lineamientos generales para determinar caudales ecológicos" cuenta con la opinión favorable del Ministerio del Ambiente la que mediante Oficio Nº 00211-2019-MINAM/VMGA/DGPIGA remite el Informe Nº 00283-2019-MINAM/VMGA/DGPIGA que concluye que la propuesta de Lineamientos es concordante con las disposiciones del Sistema Nacional de Evaluación e Impacto Ambiental (SEIA) y del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA), dando cumplimiento con ello a lo previsto en el artículo 155 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, según el cual la Autoridad Nacional del Agua establece las metodologías para determinar los caudales ecológicos, en coordinación con el Ministerio del Ambiente;
MAS NORMAS LEGALES: Prorroga Estado Emergencia Desastre Ante DS 186-2019-PCM PCM
Que, con Informes de vistos, la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos remite la propuesta "Lineamientos generales para determinar caudales ecológicos" que consolida los aportes y comentarios recibidos durante la etapa de publicación, indicando que la propuesta cuenta con la opinión favorable del MINAM, por lo que solicita su aprobación;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los "Lineamientos generales para determinar caudales ecológicos"
a efectos de contar con un instrumento que permita contar con criterios técnicos aplicables para determinar caudales ecológicos con fines de planificación hídrica, acreditación de disponibilidad hídrica para diferentes proyectos, así como la protección y conservación del ecosistema; y, Estando a lo opinado por la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos, con los vistos de la Gerencia General, la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, la Oficina Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas a este Despacho en el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación Apruébese los "Lineamientos generales para determinar caudales ecológicos" que consta de trece (13)
artículos, una (1) Disposición Complementaria Transitoria, y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Derogación Deróguese la "Metodología para determinar Caudales Ecológicos" aprobada por Resolución Jefatural Nº 154-2016-ANA y su rectificación dada por Resolución Jefatural
Nº 206-2016-ANA.
Artículo 3.- Publicación Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y la Metodología aprobada mediante la presente resolución en el portal web de la Autoridad Nacional del Agua: www.ana.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese,
AMARILDO FERNANDEZ ESTELA
Jefe Autoridad Nacional del Agua
NORMA LEGAL:
- Titulo: RJ 267-2019-ANA Aprueban los "Lineamientos generales para determinar caudales ecológicos"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
- Numero : 267-2019-ANA
- Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-12-06
- Fecha de aplicacion : 2019-12-07
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)